El Ministerio Público Fiscal (MPF) consideró que no deben considerarse prescritos los casos de dos jóvenes que denunciaron al músico Cristian Aldana, líder de la banda El Otro Yo, condenado a 22 años de prisión por corrupción de menores.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) consideró que no deben considerarse prescritos los casos de dos jóvenes que denunciaron al músico Cristian Aldana, líder de la banda El Otro Yo, condenado a 22 años de prisión por corrupción de menores.
Así lo consideró la titular de la Unidad Fiscal de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional, María Luisa Piqué, quien solicitó también que se rechacen los pedidos que hizo la defensa de Aldana sobre la prescripción de tres de los cuatro casos por los que fue condenado y que se ratifique la sentencia en contra del músico.
En julio de 2019, luego de más de un año de debate, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº25 condenó, por mayoría, a 22 años de prisión a Aldana por el delito de corrupción de menores en cuatro casos, al mismo tiempo que consideró prescritos los hechos denunciados por otras tres mujeres.
Frente a esta decisión, el fiscal general Guillermo Pérez de la Fuente presentó un recurso de casación por dos de las denunciantes.
Durante la audiencia en Casación, la fiscal Piqué sostuvo el recurso presentado por Pérez de la Fuente y consideró que, por aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Belém do Pará, no correspondía declarar la prescripción.
“Desde 1990 que la Argentina tiene la obligación de adecuarse a la Convención y asegurar el acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales”, resaltó.
En esa línea, la representante del MPF señaló que debía declararse la inconstitucionalidad del artículo 63 del Código Penal de la forma en que estaba redactado y recordó las dos modificaciones realizadas en la legislación argentina en 2011 y en 2015, que “modificaron la forma en que se establecen los plazos de prescripción en casos de abusos sexuales”.
Frente a los pedidos que hizo la defensa de Aldana sobre la prescripción de tres de los cuatro casos por los que fue condenado y sobre la nulidad del juicio, la Fiscalía consideró, entre otras argumentaciones, que era violatorio de la Constitución Nacional exigir a niñas, niños y adolescentes que hagan inmediatamente la denuncia.
Tras pedir la palabra a través de su abogado durante la audiencia, Aldana se dirigió a los jueces Jorge Rimondi, Gustavo Bruzzone y Mauro Divito y declaró: “Quiero tener la oportunidad de limpiar mi nombre por mis hijos y mi familia. No soy violador ni corruptor ni violento, no soy culpable de lo que se me acusa”.
Aldana fue denunciado en 2016 y detenido en diciembre de ese año, luego de que el fallo condenatorio lo encuentre culpable por corrupción de menores entre los años 2001 y 2008, cuando el cantante tenía entre 30 y 37 años, mientras que las víctimas tenían entre 13 y 18.
Según la investigación judicial, el cantante y guitarrista de El Otro Yo se “contactaba con las adolescentes a través de un chat que había en la página de la banda” y les hablaba a las que encontraba “más vulnerables”.
En el juicio, la Fiscalía había explicado que Aldana “buscaba con sus actos sexuales ejercer un dominio sobre sus víctimas y que consintieran todo”.
A lo largo del juicio declararon más de cien testigos y las primeras en hacerlo fueron las denunciantes y otras jóvenes que, si bien decidieron no iniciar la acción penal, relataron cómo había sido su vínculo con el músico.
Todas ellas “contaron cómo Aldana las manipulaba y cómo en muchas ocasiones se aprovechó de su inexperiencia sexual y de su edad”, como así también describieron “diversos episodios de violencia física y psicológica”, explicó el MPF en su portal informativo, Fiscales.gob.ar.