En una época donde cada vez se utiliza menos el efectivo, retirar dinero del cajero automático continúa siendo una de las principales operaciones bancarias. En ese sentido, Arca informó los límites de extracción de dinero a partir de octubre del 2025.
En el décimo mes del año, la Administración de Recaudación y Control llevó a cabo un conjunto de restricciones y medidas para garantizar un control más estricto sobre las operaciones financieras y las declaraciones de ingresos.
Los umbrales se ajustan cada seis meses según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Ahora bien, es necesario tener en cuenta estos cambios y nuevos límites de transacciones ya que sus superaciones pueden provocar sanciones que incluyen multas económicas, bloqueos de cuentas y reportes a la Unidad de Información Financiera (UIF).
En este sentido, el organismo dio a conocer nuevos topes para operaciones realizadas en entidades bancarias como para transferencias y otras operaciones en billeteras virtuales en el mes de octubre.
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Cuánto dinero se puede retirar en efectivo en los cajeros automáticos
Según determinó Arca, en el mes de octubre el tope de las extracciones en cajeros automáticos es de 10 millones de pesos.
En este sentido, quienes superen este umbral, podrán ser investigados por el organismo y podrán ver sus cuentas bancarias, tarjetas de crédito, de débito, sistema de prepagos, billeteras virtuales y pagos con QR suspendidos.
Límites de dinero en otras operaciones
- Transferencias y acreditaciones: para personas físicas, el tope será de 50 millones de pesos, mientras que para personas jurídicas, el límite se fijará en 30 millones de pesos.
- Saldos bancarios al cierre del mes: para particulares el tope máximo es de 50 millones de pesos, mientras que para empresas el tope es de 30 millones para empresas.
- Billeteras virtuales: se definió un límite de 50 millones de pesos para personas físicas y 30 millones de pesos para personas jurídicas.
- Plazos fijos: hasta 100 millones de pesos en personas físicas y 30 millones de pesos en jurídicas.
- Compras como consumidor final: tendrán un limite de 10 millones de pesos sin necesidad de justificar.
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Cuál es la documentación que exige Arca
En caso de de ser reportado ante Arca, al usuario se le podrá solicitar:
- Tickets de compra y venta.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Justificación de la venta de acciones o empresas.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Constancia del monotributo.
Cuáles son las cuentas que podrán ser suspendidas
Arca informó que restringirán los medios de pagos de los usuarios y comercios cuyos CUITs formen parte de la lista de "no confiables".
En esta lista se encuentran las cuentas que por algún motivo presentan irregularidades en sus operaciones. Entre los principales motivos se incluyen:
- Inconsistencias tributarias.
- Falta de documentación respaldatoria.
- Imposibilidad de verificar la legitimidad de las operaciones.
Quienes cumplan con alguno de aquellos motivos podrían ver sus cuentas bancarias, tarjetas de crédito, de debito, sistema de prepagos, billeteras virtuales y pagos con QR suspendidos.
Deben tener especial atención los comercios , ya que si se los considera “no confiables” pueden ser suspendidos en su acceso a terminales de cobro como los posnet, y no tendrán la posibilidad de recibir pagos.
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Qué hacer si mi cuenta fue suspendida?
Aquellos usuarios o comercios que por algún motivo estén incluidos en la lista de “no confiables”, podrán revertir esta situación siguiendo una serie de pasos:
- Ingresar a la página oficial de Arca.
- Dirigirse a "Estado administrativo de CUIT: Reactivación presencial".
- Realizar la presentación digital del descargo.
- El fisco analizará el caso.
Esperar la respuesta del Arca que se comunicará con el contribuyente a través del domicilio fiscal electrónico.