La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) resolvió quitarle al Correo Argentino la habilitación para operar como "acondicionador secundario de especialidades medicinales", lo que le impide realizar tareas de reempaque, etiquetado y preparación de lotes de medicamentos.
Sin embargo, el organismo mantuvo vigente la autorización para la distribución de productos medicinales en todo el país.
La decisión quedó formalizada a través de la Disposición 12/2026, publicada en el Boletín Oficial, y recae sobre la planta logística ubicada en Malvinas Argentinas, en Buenos Aires, donde la empresa realizaba tareas vinculadas al manejo y seguimiento de medicamentos.
El motivo de la sanción de Anmat al Correo Argentino
La Anmat fundamentó la decisión en la falta de dirección técnica, tal como lo determinó la Dirección de Gestión de Información Técnica durante el control del registro de inscripción de establecimientos.
"El Correo Oficial de la República Argentina no cuenta con dirección técnica", señaló el texto oficial. En ese marco, el artículo primero de la disposición dispuso la cancelación del Legajo N° 7512, correspondiente a la habilitación como acondicionador secundario.
La resolución citó el Decreto 150/92, que establece que los establecimientos dedicados a la elaboración, fraccionamiento o acondicionamiento de medicamentos deben operar bajo la dirección técnica de profesionales farmacéuticos, químicos u otros títulos habilitantes, según la naturaleza de los productos.
Además, el organismo recordó lo dispuesto por la Ley 16.463, que exige autorización previa y control sanitario para todas las actividades vinculadas a la producción, comercialización, almacenamiento y distribución de medicamentos destinados al comercio interprovincial.
La decisión contó con la conformidad del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) y la intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos del organismo sanitario.