La figura de Alexis Camino, hijo del asesinado jefe de la barra de Newell’s Roberto “Pimpi” Camino, estuvo ayer en el centro de un debate en el que su abogado cuestionó el fallo de una jueza de Menores que lo declaró autor penalmente responsable de un homicidio. Se trata del crimen de un familiar lejano de los Camino, Claudio Fernando Ruiz, acribillado con once tiros en abril de 2012 en un pasillo frente a su casa del barrio Municipal, en la zona sur. La pareja de la víctima fue la principal testigo y sindicó al joven, entonces de 16 años, como quien le gatilló tras increparlo junto a su tío, un hermano de Pimpi que aún espera sentencia por el caso.
Con ese testimonio como pilar entre las pruebas de la causa, el joven fue declarado autor penalmente responsable por la jueza de Menores Nº 3, Carolina Hernández. Contra esa decisión presentó una apelación su abogado, Marcos Cella, por lo que ayer se realizó una audiencia ante el tribunal que deberá revisar la sentencia, integrado por Guillermo Llaudet, Georgina Depetris y Alfredo Ivaldi Artacho.
El defensor insistió en la inocencia de su cliente, cuestionó la investigación y planteó nulidades. La fiscal Graciela Argüelles, en cambio, pidió que se confirme la declaración de autoría penal. En los próximos días se conocerá qué decide el tribunal.
Qué se resuelve. La medida que se discute se aplica en el régimen de menores al término de una investigación y consiste en atribuir responsabilidad a un joven por un delito determinado. Equivale a una sentencia de condena, sólo que en estos casos se difiere para más adelante la decisión de si imponer o no pena. Esto depende de cómo prospere el tratamiento tutelar y la reinserción social. Alexis Camino tenía 16 años cuando se presentó en Tribunales a declarar por el crimen de Ruiz. Entonces quedó preso, estuvo alojado en el Irar y más adelante recuperó la libertad. Ahora tiene 19 años y trabaja en un lavadero de autos.
El homicidio de Claudio Fernando Ruiz ocurrió frente a la puerta de su departamento del complejo Fonavi que se erige en Lamadrid 98 bis. La víctima vivía allí con su pareja, Mara A. La mujer es hermana de la esposa de Juan Ramón Caminos, el tío de Alexis implicado en el caso.
Los concuñados tenían serias diferencias. El 4 de abril de 2012 Alexis le mostró un arma a Ruiz luego de una discusión. Y al día siguiente, según denunció la mujer, en compañía de su tío Juan Ramón volvieron a la casa de la víctima y Ruiz terminó con 11 balazos frente a su pareja.
A partir de ese testimonio Alexis quedó acusado como autor en un juzgado de Menores. Su tío también fue detenido y absuelto en un juicio escrito, pero en febrero pasado la Cámara Penal de Venado Tuerto revocó esa sentencia y ordenó que se emita un nuevo veredicto, aunque limitando la situación procesal del acusado a una participación secundaria.
Los camaristas Tomás Orso y Juan Ignacio Prola, con la disidencia de Fernando Vidal, tuvieron en cuenta que la pareja de la víctima lo identificó desde un primer momento, incluso en el llamado al 911 cuando dijo: “Vino mi cuñado y le tiró tiros en las piernas y vino el sobrino (Alexis) y le pegó tres tiros, diez tiros, no sé cuantos le pegó”. En el lugar se secuestraron 11 vainas servidas calibre 9 milímetros. En cuanto a dos jóvenes que no reconocieron al acusado sostuvieron que hay que tener en cuenta “el profundo temor a sufrir represalias de parte de testigos, atento al contexto de violencia generalizada que existía en el barrio y la ausencia de un programa de protección a testigos”.
Acusación. Con argumentos similares la jueza Hernández declaró días atrás a Alexis autor de un homicidio agravado por el uso de arma de fuego, delito que para los adultos prevé una pena mínima de 10 años y 8 meses. En la audiencia de apelación de ayer el defensor Marcos Cella se opuso. Pidió la nulidad del acta de procedimiento y de la indagatoria. Señaló la falta de testigos en la causa, que a su entender se basó en un único testimonio falaz, y objetó que el joven no contó con un asesor hasta seis meses después de su presentación. También cuestionó la constitucionalidad de una acordada que dispone que, luego de la investigación, el caso pase a otro juzgado para la sentencia. Lo que señaló es que en este caso las cuatro juezas de Menores locales tuvieron algún contacto previo con el joven.
La fiscal Argüelles pidió la confirmación de la medida. Planteó que la testigo es la mujer de la víctima y que por lo tanto “no miente, habla espontáneamente”. La mujer —recordó la fiscal— declaró que se había mudado al bario un mes antes junto con su pareja, a vivir en la casa de los padres de ella. Dijo que la noche anterior al crimen estaban esperando un taxi en Alice y Lamadrid cuando pasó Alexis y le gritó a Ruiz: “Gordo gil, qué hacés acá. Andate del barrio que acá mando yo”. Y que al día siguiente llegó Juan preguntando por Ruiz, lo acusó de increpar a su sobrino y le efectuó un disparo en una pierna. Enseguida asomó detrás Alexis que efectuó unos diez tiros por la espalda.
Otro testigo que iba a un quiosco y no vio el crimen pero sí a dos hombres que salían del lugar, a quienes describió como uno mayor y otro menor de edad, dio que podría reconocerlos pero luego no señaló a los acusados en rueda de personas, algo que la jueza Hernández atribuyó al temor a represalias.