La salud de los trabajadores en el contexto de los conflictos y crisis actuales
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La salud de los trabajadores en el contexto de los conflictos y crisis actuales

Nuevos perfiles patológicos en los trabajadores. El médico laboralista Jorge Kohen reflexiona sobre las enfermedades en el pasaje del capitalismo productivo industrial al capitalismo financiero cognitivo y de plataformas
1 de mayo 2022 · 03:05hs

Estamos asistiendo a dos fenómenos simultáneos que se están desarrollando a una velocidad inusitada: La reconfiguración y reestructuración del Mundo del Trabajo en la etapa de consolidación del Capitalismo Financiero Globalizado en el Capitalismo Cognitivo y de Plataformas en formato neoliberal. Y la configuración de un modo de andar por la vida endémico/pandémico COVID19, que afectó y afecta la totalidad de la existencia de los trabajadores y sus familias.

Ambos determinan nuevos perfiles patológicos en los trabajadores, condicionan las prácticas de los Servicios de Medicina Laboral, el Sistema de Riesgos del Trabajo y la labor profesional de los médicos, psicólogos, enfermeros, ergónomos y demás integrantes de los equipos laboralistas.

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Marcado en la historia, qué demandaban los mártires de Chicago: “ocho horas para trabajar, ocho horas para dormir y ocho horas para la casa", ésta era la reivindicación que miles de obreros solicitaron el primero de mayo de 1886, cuando iniciaron una huelga en todas las fábricas de Chicago para exigir a los empresarios una jornada laboral de ocho horas. En aquel entonces reclamaban por menos horas de trabajo, seguro obligatorio contra los accidentes de trabajo, abolición del trabajo nocturno, prohibición del trabajo de menores y descanso dominical.

Transitando la segunda década del siglo XXI y a pesar de los importantes derechos que la clase obrera ha conquistado en sus heroicos combates, los reclamos de fines del siglo XIX siguen siendo bandera de lucha para una porción significativa de trabajadores y trabajadoras en la Argentina y en el mundo.

En esta nueva configuración del capitalismo actual y las consecuencias de la pandemia que hemos y estamos viviendo, es importante alertar que en muchos países de América Latina, África y Asia y, en una diversidad de formas de trabajo, persisten las formas convencionales de trabajo, con procesos deteriorantes y condiciones laborales que existen desde la Revolución Industrial, con sus respectivos problemas de salud y que, lamentablemente, no han sido abordados con la integralidad y eficiencia que se requieren.

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Tres fenómenos determinan el perfil patológico

Las características epidemiológicas de los accidentes de trabajo y la conformación de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) en el comienzo del año 2022:

Se intensificó el proceso del pasaje del capitalismo productivo industrial al capitalismo financiero cognitivo y de plataforma en modo neoliberal.

Se profundizó el conflicto entre los intentos de restablecer las bases del Estado de Bienestar en la Argentina y las fuerzas que pugnan por mantener y ampliar las transformaciones y reformas económico-jurídicas-neoliberales impuestas desde 1990 y profundizadas durante el período 2015-2019.

Las alteraciones en la producción y el trabajo que produjo la pandemia con el ASPO primero, la DISPO, los protocolos y las políticas de cuidado previo a la masificación de la vacunación.

En nuestro análisis partimos de la siguiente definición de Salud: “La salud se expresa correctamente cuando el hombre vive comprometido y luchando frente a los conflictos que la interacción con su mundo físico, mental y social le imponen, y cuando en esta lucha logra resolver tales conflictos, aunque para ello deba respetar la situación física, mental o social en la que vive o modificarla de acuerdo a sus necesidades y aspiraciones. De tal forma, que la salud corresponde al estado de optimismo, vitalidad, que surge de la actuación del hombre frente a sus conflictos y a la solución de los mismos...

El conflicto al que hace referencia la definición, en el caso concreto de la salud de los trabajadores, es al momento actual, de la irreconciliable relación capital-trabajo, la cual determina el perfil patológico de la fuerza laboral y las características cuantitativas y cualitativas de los accidentes de trabajo.

Las transformaciones del modo de producción postfordista (producción flexible, alargamiento de la jornada de trabajo, difusión territorial del trabajo, tercerización de tareas, la informática, la robótica, la “uberización”, teletrabajo, home office, etc.) han puesto de relieve un aspecto esencial que modifica la tradición respecto a los estudios sobre el trabajo y la salud haciendo que las exigencias derivadas de los cambios productivos, en particular los factores de riesgos psicosociales, deban ser considerados como elementos fundamentales de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT).

El surgimiento de nuevas patologías que afectan cada vez a más trabajadores, como burnout, depresión, estrés, mobbing, karoshi, han llevado la temática de la salud mental, junto a los trastornos musculoesqueléticos y al cáncer ocupacional que completan el perfil patológico actual de los trabajadores en la Argentina por su importancia, a ser considerada una problemática relevante, prioritaria de analizar, reconocer y resolver.

Las características, evolución, magnitud, gravedad, letalidad, reconocimiento, tratamiento, rehabilitación y resarcimiento de los infortunios laborales, que muestran las estadísticas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), son la expresión exclusivamente de lo que el marco jurídico legal define como accidente y enfermedad laboral. Reflejan las acciones de la SRT, las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) en cuanto al reconocimiento o rechazo de las contingencias sufridas por los trabajadores en ocasión del trabajo y son las responsables del ocultamiento jurídico epidemiológico del sufrimiento y las enfermedades que afectan a los trabajadores.

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Contextualizando escenarios actuales

En el transcurrir de la pandemia se profundizó la transición del capitalismo productivo-financiero al capitalismo cognitivo y “de plataformas”, las empresas de la virtualidad lideran el mundo de las ganancias, dirigen los procesos productivos y dominan el mercado. Ponen como determinante central del desgaste de los trabajadores a los factores psicosociales, a los padecimientos psicológicos y del existir como expresión patológica dominante en la salud de los trabajadores.

Durante la pandemia se profundizó la desigualdad aumentando el desempleo, la precariedad laboral e incrementando el “riesgo laboral”.

El modelo económico-social dominante en cada país marcó efectos diferenciales en la infestación y la muerte a nivel global y continental.

El teletrabajo adquiere características particulares en la configuración de los procesos productivos y las relaciones laborales, con el dominante trabajo inmaterial en la etapa de capitalismo cognitivo y de plataforma. La denominación capitalismo de plataforma hace foco en la materia prima en torno a la que orbita el capitalismo del siglo XXI –los datos–, y en su aparato de extracción más eficiente: las plataformas. Concebido el teletrabajo como una de las formas de flexibilización y precarización laboral, encontró en la Argentina un límite a esta estrategia empresarial neoliberal en la resistencia y lucha de los trabajadores que lograron proponer y sancionar la Ley de Contrato Teletrabajo Nº 27.555 reglamentada el 14 agosto 2020.

El modelo de acumulación que encarnan Google y Facebook, Apple y Microsoft, Siemens y General Electric, Uber y AirBnb, en el contexto de la pandemia han permitido verificar que se ha generalizado, que datos y plataformas realizan una serie de funciones capitalistas claves, entre las que se destaca su capacidad para impulsar la deslocalización y la precarización de la fuerza de trabajo. La fortuna de los multimillonarios latinoamericanos creció un 70 por ciento durante 2020, en un año y cuatro meses de pandemia se registraron 106 con fortunas acumuladas de 483.200 millones de dólares. Más de la mitad de los multimillonarios (66) tienen nacionalidad brasileña, aunque también hay 14 mexicanos, 9 chilenos, 6 peruanos, 5 argentinos, 5 colombianos y 1 venezolano. Solo 12 son mujeres. La riqueza latinoamericana está concentrada en cuatro sectores: financiero, telecomunicaciones, medios digitales de pago y salud.

Viejas y nuevas formas de violencia laboral se desarrollaron durante la pandemia, afectando a una proporción importante de trabajadores y trabajadoras, desde el acoso laboral y la discriminación de género, la violencia física y psicológica hasta el incremento de los femicidios ocurridos durante la cuarentena y el DISPO, los abusos en obligar a concurrir a trabajar a pesar de no ser trabajadores ni trabajadoras esenciales.

¿En qué momento nos encontró en relación a la ratificación del Convenio 190 de la OIT contra la violencia y el acoso laboral en la Argentina?

La pandemia nos encontró en pleno proceso de ratificación del Convenio 190, el día 2 de marzo del 2020 en el discurso de apertura en la asamblea legislativa el presidente Alberto Fernández entre las medidas que anunciaba, comunicó el envío de un proyecto de ley para ratificar el Convenio 190. El Convenio 190 plantea una serie de cuestiones acerca de la violencia laboral que son fundamentales, en primer lugar, el reconocimiento de que la violencia y el acoso en el mundo laboral afecta la salud física, psicológica y sexual de las personas, su dignidad y su entorno familiar y social. Este planteo es sumamente importante porque reconoce a la violencia laboral como un factor de riesgo psicosocial, el cual no está incluido en nuestra legislación de riesgos del trabajo; también plantea que afectan la calidad de los servicios públicos y privados, y que puede impedir que las personas, en particular las mujeres, accedan al mercado de trabajo, permanezcan en él o progresen profesionalmente. Reconoce a la violencia laboral como un problema de género que afecta de manera desproporcionada a las mujeres y a las niñas, reconociendo también la necesidad de adoptar un enfoque inclusivo e integrado que tenga en cuenta las consideraciones de género y aborde las causas subyacentes y los factores de riesgo, entre ellos los estereotipos de género, las formas múltiples e interseccionales de discriminación y el abuso de las relaciones de poder por razón de género.

La Ley 27.580, sancionada por el Congreso Nacional el 15 de diciembre 2020, que ratifica el Convenio 190 de la OIT, tiene algunas cuestiones que son expresión de avance sobre el propio Convenio: contempla la extensión del lugar de trabajo, considerando los mensajes de WhatsApp, lo que sucede en la calle entre trabajadores y sus superiores jerárquicos o en un evento social vinculado al trabajo forman parte de la violencia laboral, a su vez establece como regla en los procesos de reclamo la inversión de la carga de la prueba. Las situaciones de violencia y acoso laboral suelen ocurrir a puertas cerradas, sin testigos y es muy difícil para la víctima probar lo que ocurrió, la inversión de carga de la prueba justamente hace que quien es denunciado deba demostrar su inocencia y no la propia víctima que queda en esa situación de indefensión y de estigmatización. Este principio, está expresado con clara perspectiva de género, importante porque una de las manifestaciones de la violencia laboral es el acoso sexual en el trabajo, basta con que la víctima aporte indicios de que sucedió lo que denuncia para que sea el denunciado quien deba probar lo contrario.

Otro aspecto novedoso es que reconoce el impacto en el ámbito laboral de la violencia doméstica, es decir, aquella que sufre la trabajadora en su hogar y esto es muy importante en un momento de teletrabajo, que se ha generalizado.

Esta ley es el producto de una lucha consecuente de las Intersindicales Provincial y Nacional contra la Violencia Laboral que desde antes del 2015 la impulsaron y sostuvieron con su militancia.

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Sean nuevos o viejos los problemas

La presencia de serios impactos en la salud y vida de los seres humanos es alarmante. Con el surgimiento de nuevas formas de trabajo, relacionados con los cambios tecnológicos y de la organización y división del trabajo, se ha observado en los últimos años un aumento de los problemas de la salud mental. La introducción de las nuevas tecnologías, dispositivos electrónicos, la automatización y la robotización de algunos procesos, están trayendo como consecuencia el aumento de los índices de desempleo, subempleo y del denominado trabajo informal. En correspondencia con las características de la vida extralaboral existe también un aumento de las enfermedades crónicas no transmisibles.

La pandemia generalizó el teletrabajo provocando la migración de una masa importante de trabajadores a la modalidad denominada home office haciendo insoportable la jornada de trabajo, del espacio familiar, de la recreación y el reposo, generando en los trabajadores importantes montantes de angustia, sufrimiento, fatiga crónica y estrés.

Simultáneamente, persiste como problema frecuente la diversidad de trastornos del aparato musculo esquelético, especialmente de la columna vertebral, muy ligados a las incontrolables condiciones ergonómicas que predominan en las variadas formas de trabajo, siendo una de ellas, los movimientos repetitivos y las posturas forzadas. Las alteraciones auditivas, especialmente la sordera de origen laboral sigue siendo un problema frecuente, de igual manera que las alteraciones toxicológicas por la exposición a sustancias químicas.

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OIT y Salud de los Trabajadores, datos actuales

Dijo el Dr. Tedros Adhanom Ghebreyesus, Director General de la OMS. "Es chocante ver cómo tantas personas mueren literalmente a causa de su trabajo,". Casi 2 millones de personas mueren cada año por causas relacionadas con el trabajo. "Nuestro informe es una llamada de atención a los países y las empresas para que mejoren y protejan la salud y la seguridad de los trabajadores cumpliendo sus compromisos de proporcionar una cobertura universal de servicios de salud y seguridad en el trabajo."

El Informe de la OIT publicado en abril 2022 con motivo del Día Internacional de la Salud y Seguridad en el Trabajo, sostiene que “Alrededor de 2,9 millones de trabajadores mueren cada año debido a accidentes y enfermedades profesionales y al menos 402 millones de personas sufren lesiones profesionales no mortales.”

Continua el citado Informe: “Al examinar 41 factores de riesgo y resultados de salud específicos, las estimaciones conjuntas de la OMS y la OIT determinaron que las enfermedades profesionales causan el 81 por ciento de todas las muertes relacionadas con el trabajo, en comparación con las muertes debidas a accidentes del trabajo, que representan el 19 por ciento. El factor de riesgo profesional al que se atribuye un mayor número de muertes es la exposición a largas jornadas de trabajo (que provocaron 745000 muertes), seguido de la exposición a partículas, gases y humos, que provoco 450000 muertes.

Los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales no sólo causan un sufrimiento humano imposible de medir a las víctimas y sus familias, sino que también suponen importantes pérdidas económicas para las empresas y las economías en su conjunto, que pueden medirse en términos de costos de atención de salud, costos de indemnización, pérdidas de producción, reducción de la capacidad de trabajo y menor participación de la mano de obra. Además, se calcula que los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales determinan en parte la pérdida del 5,4 por ciento del producto interior bruto mundial anual. Los costos menos tangibles contribuyen a ampliar el impacto económico; entre ellos se encuentran las largas jornadas laborales (se trabaja con menos eficacia), las pérdidas de productividad asociadas a la discapacidad permanente y los costos de rotación de personal (es decir, la perdida de personal calificado).

Dice la OIT en su último Informe de abril 2022: “Más de 300 millones de trabajadores entrevistados en 142 países, consideran que no pueden informar de los problemas de seguridad a sus empleadores sin temor a sufrir represalias. Esta ausencia de debate supone un grave riesgo para la seguridad y salud en el lugar de trabajo. Por otro lado, los lugares de trabajo con mayor compromiso de los trabajadores reportaron un 64% menos de incidentes de seguridad y un 58% menos de hospitalizaciones.

Otorgar la debida prioridad a la prevención de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales y realizar las inversiones adecuadas en seguridad y salud en el trabajo (SST) ayuda a la sostenibilidad de las economías, garantizando así una mano de obra sana y apoyando a las empresas productivas.

Para ello, es esencial crear una cultura de prevención en materia de seguridad y salud, tal y como se define en el Convenio 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo del 2006.

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Accidentes y enfermedades de los Trabajadores

En el Informe provisorio de accidentabilidad laboral publicado en marzo de 2022 (sobre Argentina), se notificaron un total de 489.925 casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales durante el año 2021, determinando un descenso de la siniestralidad del orden del 12,2% respecto del año anterior donde la mayoría de las actividades productivas estuvieron detenidas por el ASPO, el DISPO o bien migraron al teletrabajo. En el 98,2% de los casos, se trata de trabajadoras y trabajadores de unidades productivas, mientras que el 1,8% restante involucra a trabajadoras y trabajadores de casas particulares. Durante ese período se registraron 106.672 accidentes in itinere, en tanto que aquellos accidentes y enfermedades profesionales que ocasionaron días de baja laboral, alcanzaron los 314.350 casos.

El total de casos mortales alcanzo los 564 fallecimientos durante el año 2021, de los cuales 314 ocurrieron en lugar y ocasión del trabajo, y 250 fueron accidentes de trayecto.

En relación a las enfermedades del trabajo reconocidas en el Sistema de Riesgos del Trabajo son 19.272 para el período enero-diciembre de 2021. Desde junio del 2021 no se informa y se excluyen de las estadísticas oficiales los casos de COVID19 denunciados por los trabajadores ante las ART y los reconocidos en Comisiones Médicas de la SRT.

Desde el comienzo de la pandemia, se registraron en las ART 418.242 denuncias de trabajadores infectados y 3.472 por fallecimiento por COVID19, según informe de la UART. El 22,8% son trabajadores del sector salud, 5,2% de transporte público, 8% ventas minoristas y servicios, 13,4% fuerzas de seguridad, 5,8 limpieza y mantenimiento y el 44,8% son trabajadores de las actividades productivas que reiniciaron el trabajo presencial.

Sobre las estadísticas de la SRT afirma Adriana E. Seneca:” Resulta muy preocupante el retraso que presenta la información disponible en la S.R.T referidas a accidentabilidad. Asi mismo, el alcance de las estadísticas es limitado, por ejemplo, un dato que no se brinda es la cantidad de trabajadoras y trabajadores que habiendo padecido un siniestro no se les ha brindado cobertura, asi como las causas del rechazo.”

El estado de situación que revelan las estadísticas oficiales sobre Accidentes de Trabajo (AT) y Enfermedades Profesionales (EP) a diciembre de 2021 deben ser analizados en el contexto de aceleración de las transformaciones del capitalismo productivo-financiero al capitalismo cognitivo y de plataforma, la imposibilidad desde fines de 2019 hasta el momento de reconstruir el Estado de Bienestar, por las acciones y el discurso cada vez más dominante de las derechas ultraderechizadas, en un escenario atravesado y condicionado por el impacto totalizador de la pandemia de COVID19.

Al tiempo que pone sobre la mesa los temas pendientes de larga data: derogación de la Ley de Riesgos del Trabajo, modificación de la Ley de Higiene y Seguridad, aprobación de la Ley de Comités Mixtos de Salud y Seguridad en el Trabajo, discusión y sanción de una Ley de Prevención y Salud de los Trabajadores, e incorporación de la problemática de la salud de los Trabajadores a un Sistema Nacional Integrado de Salud (SNISA).

El 1º de mayo del 2022 encuentra a la clase trabajadora argentina en el centro de una aguda disputa entre las fuerzas dentro y fuera del gobierno que pugnan por restablecer el Estado de Bienestar y las Derechas ultraderechizadas que pretenden sostener y profundizar el modelo neoliberal, mantener sus privilegios y volver a ser gobierno como en el 2015.

Las bases doctrinarias sobre un abordaje integral de la salud de los trabajadores en la reconstrucción del Estado de Bienestar y para avanzar en la construcción de un Sistema Nacional Integrado de Salud las encontramos en el discurso de Ramón Carrillo en el Primer Congreso Argentino de Medicina del Trabajo que se realizó en el año 1948, allí sostiene entre los conceptos fundamentales lo siguiente:

“La industrialización de un país condiciona una serie de transformaciones que van más allá de los simples cambios de orden económico. La industrialización incide sobre la salud colectiva e individual de millones de hombres y mujeres por la naturaleza misma del trabajo, gravita sobre la formación espiritual del pueblo, sobre sus costumbres y su actividad social, sobre las normas de convivencia y el régimen de la vida de la familia.”

Continua Ramón Carrillo en su discurso: “El esfuerzo por industrializar el país debe estar bien encaminado desde el punto de vista sanitario, porque podría ocurrir que industrializáramos nuestro país a expensas de la armonía humana y de la salud de nuestros trabajadores.”

“Se trata nada menos que de organizar el reconocimiento periódico de tres millones de obreros y empleados en aparente estado de salud y de radiar a los portadores de síndromes mínimos, de síntomas inaparentes que nos ponen en camino de descubrir enfermedades larvadas que llevan inexorablemente a la invalidez.”

Finaliza diciendo: “En la patología de las masas la medicina preventiva tiene pues un fin esencial, descubrir al enfermo antes que la enfermedad lo descubra, detener el vehículo antes que precipite, levantar la bandera del peligro y no tener que curar las graves consecuencias del accidente.”

El sistema de Riesgos del Trabajo en la Argentina, producto de la reforma laboral y estructural que se realizó en la década de 1990, se sustenta en la Ley 24.557 (1995) y los Decretos 658 y 659 (1996) y las reformas que le introdujeron la Ley 26.773, denominada Régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los AT/EP (2012) y la Ley 27.348 Complementaria de la Ley de Riesgos del Trabajo (2016).

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Sistema de Riesgos del Trabajo

La legislación vigente ha configurado un Sistema cuyas características principales son:

  • Tener carácter obligatorio para todo empleador, desvinculado del resto de la seguridad social, se desenvuelve en el sector financiero a través de las ART, entidades con fines de lucro y garantizan una rentabilidad estudiada por las compañías de seguros.

Sobre una PEA de 13.590.421 de personas, las ART dan cobertura al 69% de los trabajadores ocupados y asalariados, quedando por fuera del Sistema de Riesgos del Trabajo los trabajadores cuentapropistas, precarizados, flexibilizados y el 7% de los desocupados de acuerdo al informe del INDEC del primer trimestre del 2022. El 27,3% de los trabajadores asegurados corresponden a la administración pública, defensa y seguridad social; un 12% a la industria manufacturera; 12,2% a comercio mayorista, minorista y reparación de automotores; 7% a la enseñanza; 5,6% al sector transporte, almacenamiento y servicios; 4,8% a actividades administrativas y servicios de apoyo; agricultura 3,9% y 27,2% al resto de las ramas de actividad.

Los últimos datos disponibles en relación a riesgos del trabajo y los trabajadores informales son del año 2018 y allí se puede ver que, a diferencia del trabajo asalariado, donde la registración en la seguridad social supone el acceso a jubilación, obra social, aguinaldo y licencias; en el trabajo independiente no es así, en ningún caso incluye el seguro de accidentes, que sí puede ser contratado en forma voluntaria por el propio trabajador/a.

Se observan diferencias en función de la situación de formalidad del cuentapropista, tanto en la cobertura de salud por la afiliación a una obra social, como en el caso del seguro de accidentes.

  • Es un sistema caro, ineficiente, que no previene lo suficiente los accidentes de trabajo, desconoce las enfermedades profesionales y descarga el peso del diagnóstico y la atención de estas últimas en el sector público y las obras sociales sindicales, el 63% de las enfermedades laborales se diagnostican fuera del Sistema de Riesgo del Trabajo.
  • Es fuente de alta conflictividad y no ha logrado, a pesar de las reformas sucesivas de la Ley 24.557, detener ni reducir la litigiosidad en relación a los infortunios de los trabajadores y su justa reparación, dado el altísimo nivel de incumplimientos de las ART y los empleadores.

Queda demostrado en el Informe trimestral de Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo de la SRT donde se reporta en el tercer trimestre del 2021 que se llevaban registrados 57.951 juicios, un 30,7% más que en el período anterior y quedaba un saldo de 271.347 trámites iniciados que esperaban sentencia, es decir, trabajadores privados de una justa reparación.

  • Las ART obtuvieron durante el año 2020 una ganancia de $9.843.230.747 lo cual significa una tasa de ganancia del 7,25%, sobre el volumen total de lo recaudado, sin contar los dividendos de $350.791.900.358 invertidos en Bonos Públicos y en Fondos de Inversiones Privados.

El mercado de las ART está concentrado en siete (7) aseguradoras que tienen al 84,7% de los empleadores asegurados y al 76,9% de los trabajadores.

A su vez se ha intensificado la penetración de las empresas prepagas médicas en el mercado del Aseguramiento de Riesgos del Trabajo: Galeno, Swiss Medical, Experta, OMINT, Grupo Sancor tienen asegurados al 48% de los trabajadores.

Lamentablemente durante los años 2003 al 2015, y desde el 2019 hasta la fecha, ya sea por la pandemia, por los compromisos asumidos con los factores de poder económico - mediático o por una política en el marco de las alianzas en particular con la UIA (Unión Industrial Argentina), no se logró derogar la Ley de Riesgos del Trabajo. Tampoco se pudo modificar la Ley de Higiene y Seguridad 19.587/74, reglamentada mediante el decreto 351/79, ni estatizar las ART como se hizo con las AFJP o intentar desarrollar las Mutuales Aseguradoras Sin Fines de Lucro (Decreto 1720 / 2012) o crear Institutos Nacionales y Provinciales de Seguros de Riesgos del Trabajo que incluyan la problemática de los accidentes y enfermedades laborales en el campo de la salud y la seguridad social.

Esto permite a las compañías de seguros acumular una ganancia fenomenal durante el período y mantener una cuota de poder a través de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), la cual hoy sin mayores inconvenientes puede manejar, como en la década de los 90, la totalidad del sistema.

Esta cuota de poder que detentan las ART hace que, en la SRT, organismo de control del sistema a cargo del Estado, todo termine en la nada, en cuanto a las sanciones por incumplimiento de la normativa vigente.

Esta afirmación se comprueba al leer los resultados en el Informe de la Gerencia de Prevención de la SRT del año 2020 de las acciones realizadas:

39.025 trámites dentro del Sistema de Gestión Documental de la SRT.

3.940 requerimientos de Prevención a la ART/EA

3.534 análisis de Respuesta de ART/EA

428 notas Correctivas enviadas.

639 incumplimientos, de los cuales el 39% superó el índice DAC

Finalización de 172 Dictámenes Acusatorios Circunstanciados que fueron girados al Departamento de Sumarios.

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El ocultamiento jurídico epidemiológico de la enfermedad profesional

Desde el comienzo del siglo hasta la fecha no se modificó sustancialmente el índice de enfermedades ocupacionales o profesionales reconocidos por el sistema, variando de 1,2 a 1,47% sobre el total de los eventos denunciados entre el 2006 y el 2015, como puede observarse en el gráfico que sigue a continuación:

La situación no ha variado, en el 2019 se reconocieron 24.604 enfermedades profesionales y 19.272 en el 2021, de acuerdo al último informe publicado por la SRT.

Un dato que ocultan tanto la SRT como las ART es el de los rechazos de las denuncias de enfermedades laborales que sufren los trabajadores. Durante el año 2018 las ART rechazaron el 74% de los reclamos que por enfermedades laborales realizaron los trabajadores. En la Provincia de Santa Fe desde el 2013 hasta el 2019, sobre 72.864 denuncias por enfermedades laborales que han realizado los trabajadores ante sus ART, 48.303 fueron rechazadas y no llegaron nunca a las Comisiones Médicas, solo en el 10% de los trabajadores que reclaman una enfermedad laboral e inician directamente un juicio sin pasar por las Comisiones Médicas de la SRT.

Han desaparecido de las estadísticas de la SRT los datos sobre trabajadores afectados por COVID19, a partir de junio del 2021, fecha en que se decretó el fin del Distanciamiento Social Preventivo Obligatorio. En el período enero-marzo de 2020 (1° trimestre) el total de enfermedades profesionales (EP) fue de 3.394, que representaban el 3,03% del total de siniestros notificados, no exponiéndose ningún caso de EP COVID19.

Recién en el período enero-septiembre de 2020 (3°trimestre) aparecen 150.794 casos de EP COVID19 que significan un 36,37% del total de siniestros notificados, pero los de EP restantes, si bien aumentan a 8.903, su participación disminuye al 2,15% respecto del total de siniestros.

Si se analizan por separado los casos de EP COVID19 y los de EP restantes, resulta que, de ese total de 701 casos a los que se les reconoció algún porcentaje de incapacidad, solamente 74 corresponden a EP COVID19 (0,049% del total de 150.794 por EP COVID19) y 697 a EP restantes (7,04% del total de 8.903 EP restantes).

El total de personas que perdieron la vida a causa de su trabajo, en el período enero-septiembre de 2020, fue de 945, de las cuales 594 (62,86%) fue a causa de EP COVID19 y 1 por EP restantes (0,11%).

La altísima distancia entre las enfermedades denunciadas de COVID19 y las escasas reconocidas por las Comisiones Médicas centrales de la SRT, se debe a que el COVID de acuerdo al DNU 367/2020 es considerada Enfermedad Profesional no listada y debe ser confirmada por dicha instancia administrativa.

La asistencia a los trabajadores que padecieron COVID19 fue financiada fundamentalmente por el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales y el monto a marzo del 2021 fue de $16.145.836.251,78; razón económica por la cual no se reconoce como enfermedad profesional.

El mecanismo por el cual siempre se reconoce el mismo índice de enfermedades profesionales esta en las limitaciones que imponen el restringido listado de enfermedades profesionales; el manual de procedimiento para reconocerlas de acuerdo a los Decretos 658 y 659 del año 1996, vigentes hasta la fecha de hoy; el haber considerado al COVID19 y las alteraciones de la salud mental que derivan de los factores de riesgos psicosociales como enfermedades NO Listadas y los rechazos que realizan las ART y las Comisiones Médicas dependientes de la SRT, provocando lo que hemos denominado el Ocultamiento Jurídico–Epidemiológico de las enfermedades laborales.

Propuestas para el debate

La fragmentación y atomización que presenta hoy el Sistema de Salud en la Argentina tiene su correlato en la fragmentación y desarticulación de las diversas instancias donde se atienden y realizan o debieran realizarse las acciones de prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

De acuerdo al contexto y la correlación de fuerzas políticas actuales, teniendo en cuenta además que aún estamos transitando la pandemia del COVID19 en su etapa endémica y estamos sufriendo los efectos, económicos-productivos, sanitarios, educativos y sociales resultado del aislamiento y distanciamiento social que fueron necesarios para enfrentarla antes de contar con las vacunas, se hace necesario establecer un programa con etapas y prioridades en el proceso de incorporar la salud de los trabajadores a un Sistema Nacional Integrado de Salud.

Un papel destacado en la incorporación de la problemática de la salud de los trabajadores a un SNISA lo está jugando el espacio Intersindical Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores que integran gremios de la CTA, la CGT y la Corriente Federal, el cual tuvo una importante participación en la lucha por declarar al COVID19 como Enfermedad Profesional , elaborar el proyecto de Ley de Comités Mixtos que está actualmente en el Congreso de la Nación, el proyecto de ley de Prevención presentado en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, entre muchísimas otras iniciativas que ha promovido.

En la propuesta, ya histórica

En primer lugar, la aprobación sin demoras de la Ley de Comités Mixtos en Salud y Seguridad en el Trabajo junto con una nueva Ley de Prevención y Promoción de la Salud de los Trabajadores.

En dicha Ley de Prevención, cuyo anteproyecto elaboró el espacio Intersindical Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores, un aspecto central -además de la efectiva incorporación y constitución de los Comités Mixtos- es el control de parte del Estado del cumplimiento efectivo de las normas que garanticen CyMAT saludables.

Otro aspecto importante para integrar la salud de los trabajadores a un SNISA es la jerarquización y re funcionalización de la actual Dirección de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud de la Nación transformándola en un organismo que coordine las acciones preventivas y asistenciales para los trabajadores del Estado y la incorporación en las políticas de APS que proporcione cobertura a los trabajadores cuentapropistas, cooperativistas, de la economía familiar y social, y a los desocupados, quienes hoy están fuera de la cobertura del Sistema de Riesgos del Trabajo.

Un segundo aspecto lo constituye el impulso de la conformación de los Institutos Autárquicos de Prevención y Asistencia a los Riesgos del Trabajo, como el que existe en la provincia de Entre Ríos (IASPER), junto a las ART Mutuales sin fines de lucro que estableció el Decreto 1720/2012 firmado por Cristina Fernández de Kirchner. Es necesario rediscutir los Auto seguros Provinciales y Municipales imprimiéndoles una lógica preventiva y asistencial junto al componente participativo de los actores involucrados.

En tercer lugar, la necesidad de reestructurar el actual Sistema de Riesgos del Trabajo que, dado la imposibilidad política de derogar la actual Ley de Riesgos del Trabajo y las sucesivas modificaciones que se le hicieron, permita incorporar los aspectos preventivos, asistenciales y evaluatorios a los organismos dependientes del Ministerio de Salud y/o del ANSES.

Para eso proponemos que la SRT y las ART queden exclusivamente dedicadas a la reparación económica del daño a la salud que padecieron los trabajadores y los aspectos indemnizatorios; y que las incumbencias de las actuales Gerencias de Prevención, Control de Prestaciones, Comisiones Médicas y demás vinculadas a las cuestiones asistenciales y de evaluación pasen a depender del Ministerio de Salud.

(*) Jorge Kohen es doctor en medicina. Especializado en salud laboral. Profesor e investigador de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNR. Conferencista de la OIT entre otros organismos internacionales.

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