Circunvalación ya tiene control de velocidad con multas a los infractores. Desde el pasado 18 de julio los radares de la ruta A008 comenzaron a labrar multas por exceso de velocidad a través de cinemómetros fijos. De los datos procesados hasta el momento se desprende que los infractores que superan el máximo permitido de 100 kilómetros por hora lo hacen en su inmensa mayoría hasta unos 20 kilómetros por hora de este tope establecido por normativa para circular. Aquellos que transgredieron la norma hasta estos niveles, tienen acceso al pago voluntario de las actas y cuyos montos oscilan entre los 20 mil y 30 mil pesos.
Los cuatro puntos con radares fijos en avenida Circunvalación fueron colocados hacia mayo pasado pero no labraron multas sino hasta el 18 de julio pasado. Es que cada aparato calibrado debía contar con la certificación del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) . Fue así que operó un "periodo ventana" entre equipos ya están instalados, y su poder sancionatorio.
Desde comienzos de año, los cuatro dispositivos fijos visualizaron la velocidad en ambos sentidos. Todo ello con un antecedente que fue la "previa" en el control de velocidad por Circunvalación. En febrero pasado se constató que durante el primer mes de funcionamiento de los equipos móviles hubo 976 excesos de velocidad. Los puestos que se desplazaron a lo largo de gran parte de la traza, con conos, balizas y personal de policía de seguridad vial, tuvieron la detección u identificación de los infractores pero no se les labró el acta. De este número, el 70 por ciento de los infractores había cometido un exceso de hasta 10 kilómetros; el 20 por ciento lo hizo con valores entre 10 y 20 kilómetros; y el 10 por ciento fue detectado con excesos superiores a los 20 kilómetros por hora.
Un universo casi idéntico al que se refleja desde julio pasado y con los radares en plena fase sancionatoria. Sobre este primer lote de unas 3000 actas que se efectuaron , incluyen multas de cinemómetros, la Agencia Provincial de Seguridad Vial (Apsv), reportó los siguientes porcentajes de recurrencia de infracciones.
Los que superaron los 100 kilómetros por hora admitidos hasta 10 kilómetros de más representaron un 39 por ciento del total. Y quienes lo hicieron entre 10 a 20 kilómetros por arriba del máximo fueron el 43 por ciento. En cambios los que aceleraron superando los 20 kilómetros o más fueron un 18 por ciento. En estos dos segmentos, detallados las multas permiten el pago voluntario. A partir de allí se debe pagar lo estipulado por la Justicia de Faltas.
Se estima que más de 40 mil rodados recorren total o parcialmente los 30 kilómetros que rodean a Rosario (existen tramos que incluso superan los 70 mil coches diarios) en un gran anillo vial, entre el puerto rosarino y el puente Rosario-Victoria. En esta densidad de uso, se desprende otro dato: por vías multicarriles como la A008 está prohibida la circulación de ciclistas ni peatones. Hay una siniestralidad asociada al cruce irregular de peatones que preocupa a las autoridades de la Apsv.
Con esta fase sancionatoria, radares homologados y controles en marcha en forma sostenida, queda atrás una etapa de tironeos por la instalación de radares. En los años 2018 y 2019, Circunvalación tenía instalados radares cuyos contratos habían sido prorrogados y se había indicado que se iban a relicitar. Sin embargo en octubre del año pasado, la actual gestión provincial puso en marcha una primera etapa: cuatro radares móviles con la estimación que las actas que arrojaran estos controles iban a labrarse a partir de febrero pasado. Allí se presentaron más postergaciones en lo sancionatorio hasta llegar a la homologación a mitad de año. Son entonces, cuatro puntos fijos en Circunvalación en el marco de un plan que pretendía elevarlos a 39 el total en toda la provincia.
Su colocación se hizo en base a datos del Observatorio Vial había determinado los lugares con mayor índice de siniestralidad en la traza; y se trabajó en ese sentido.
La ley 13.899 llamada ley Enrico y que modificó una norma anterior a poco de asumir el actual gobernador Omar Perotti bajó los importes de las multas. Estableció que quien excede la velocidad establecida hasta 10 kilómetros por hora se le aplicará una sanción de 150 Unidades Fijas (UF). El nomenclador toma el equivalente al cincuenta por ciento (50 por ciento) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, cuya referencia se encuentra en las estaciones de servicios YPF. Antes era el valor total del listro de nafta y equivalía a una UF.
El que excede la velocidad establecida en más de 10 y hasta 20 kilómetros por hora será pasible de una multa que no supere las 220 UF; en ambos casos se puede acceder al pago voluntario. Pero quien excede la velocidad establecida en más de 20 kilómetros por hora se le impondrán 300 UF, y el infractor queda eximido del pago voluntario como beneficio.
Precio actualizado a Octubre
Se establece que el valor de la multa se determina en UF y se fijan como valor el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial. A octubre se estableció en 143,90 pesos. Incluso las penas de multa previstas no pueden superar un monto máximo de diez mi UF, ni siquiera en caso de reincidencia. Cabe aclarar que los montos de las actas si bien tienen un máximos y mínimo es la Justicia de Faltas que aplica de acuerdo también al historial que tenga ese conductor.