Un mensaje enviado por el organizador de la fiesta electrónica en la que murieron dos jóvenes en el boliche Punta Stage de Arroyo Seco en 2016 fue, para el fiscal del caso, la prueba que desembocó en la condena a 4 años y medio de prisión dictada al empresario Alan David Van Brook. Fue el único condenado en el juicio oral que finalizó este miércoles en los Tribunales Federales de Oroño al 900. Los otros tres acusados, entre ellos un exintendente de esa localidad, fueron absueltos. “En ese mensaje invitaba a la fiesta a una mujer luego condenada por venta de estupefaciente de tipo sintético. Le decía que vaya y le pedía material. Esa conversación no la tenía el resto de los imputados”, comparó Federico Reynares Solari tras la lectura del fallo ante los imputados —todos en libertad—, sus defensores y algunos allegados que escucharon el veredicto al otro lado del blíndex.
Tras el consumo de drogas sintéticas en esa celebración de hace siete años fallecieron la rosarina Giuliana Maldovan, de 20 años, y el nicoleño Lucas Liveratore, de 34. El juicio iniciado el pasado 20 de marzo no abordó las muertes sino las responsabilidades penales ligadas a la logística de la fiesta. Es decir, se analizó si los organizadores facilitaron el uso de drogas químicas sin estrategias para atenuar los riesgos de su consumo. “Lo que pudimos probar es que la fiesta fue descontrolada. Había un tráfico de material estupefaciente ostensible y se cometieron delitos ligados a la ley de drogas”, planteó sobre ese punto el fiscal.
La única condena fue para Alan David Van Brook, uno de los responsables de la firma Live Art Producciones, creada en 2015 para actividades de música electrónica y a cargo del evento multitudinario que se realizó el 31 de diciembre de 2016 en Arroyo Seco con el nombre de “Sasha New Year Even Party”. En forma unánime, el Tribunal Oral Federal Nº 3 compuesto por los jueces Osvaldo Facciano, Eugenio Rodrígues da Cruz le impuso 4 años y medio de prisión, una multa, una inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena y otra especial para ejercer el comercio por el doble tiempo de la condena, por tratarse de un lugar de diversión. Es la pena que había requerido el fiscal.
Fue considerado autor del delito de facilitación de un establecimiento público para el consumo y venta de estupefacientes. Los jueces mantuvieron su libertad hasta que la Cámara de Casación revise el fallo, es decir que la prisión se haría efectiva y si se confirma la condena. La misma pena había requerido la acusación para Gino Piazzese Scaglia, también de Live Art Producciones, quien en cambio fue absuelto por el beneficio la duda.
Otro absuelto fue Germán Pablo Dalinger, dueño de la empresa Yameli SRL que alquiló el predio y participó de la organización, quien aceptó declarar en el debate y se desligó de la acusación. Por último fue absuelto Nizan Esper, quien era intendente de la localidad cuando ocurrió el hecho y llegó a juicio acusado de incumplimiento de los deberes de funcionario público. El fiscal había requerido para ambos 3 años de prisión condicional. Según adelantó a La Capital, no apelará las absoluciones.
Un quinto acusado por el facilitamiento del espacio es Esteban Gómez, encargado del mantenimiento y la logística del local, quien estuvo presente en la fiesta y “era responsable de los controles ante las autoridades municipales y de requerir servicios de policía adicional”. No llegó al juicio porque estaba en tratativas de acordar un procedimiento abreviado. Su situación está pendiente de resolución.
Irregularidades
Con las dificultades que supone probar delitos inmersos en una cadena de responsabilidades, según el fiscal, el juicio “demostró que hubo un descontrol en la entrada y condiciones que generaron un caldo de cultivo” para que ocurrieran las muertes. “Incluso asistentes a la fiesta que solían ir a fiestas electrónicas declararon en el juicio que fue un descontrol y nunca vieron algo así”.
Los testimonios dieron cuenta de que era imposible comprar agua mineral en las barras, había un único puesto de hidratación, el lugar no contaba con ventiladores, la cantidad de gente excedía el cupo —inicialmente de 1.860 personas, luego ampliado a 3.000— y tampoco había agua en los baños. Además de aludir a la venta de drogas químicas y de situaciones de hacinamiento, falta de bebidas y maltrato policial. Se constató que los organizadores obtuvieron un permiso especial para que pudieran ingresar 3.200 personas a la fiesta, aunque se estima que el número de asistentes superó los 4 mil. En el fallo, los jueces no hicieron lugar al pedido de inhabilitación de Punta Stage.
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El caso motivó una investigación paralela sobre la venta de drogas en la fiesta que finalizó en 2022 con doce personas condenadas como miembros de la banda liderada por Cristian “Negro” González. Un hombre ligado a Los Monos y sentenciado antes por el homicidio de Lorena Ojeda, una chica de 16 años baleada por atacantes que la confundieron con su hermana. La causa se inició a raíz de un anónimo que indicaba el nombre quien había ingresado pastillas de éxtasis a la fiesta. Según la pesquisa, que incluyó escuchas, González había montado su propio emprendimiento de narcotráfico en Villa Moreno.
Un mensaje clave
“Se pudo saber quiénes eran los que estaban en el comercio de estupefacientes de tipo químico que participaron de esta fiesta. Y nosotros estimamos que esto resultó determinante para el tribunal. Porque Van Brook tenía un mensaje con una persona que luego resultó condenada por venta de material estupefaciente de tipo sintético en el cual la invitaba a la fiesta. Le decía que vaya, le pedía material”, planteó Reynares, para quien esa conexión efectiva con una persona ligada a la actividad de venta pesó en la decisión del tribunal.
El exintendente de Arroyo Seco Nizar Esper, en tanto, llegó a juicio acusado de haber permitido la realización del evento incluso en violación a un decreto de su firma que poco antes había prohibido la realización de fiestas electrónicas. En su declaración previa al juicio había dicho que “no autorizó la fiesta ni habló con los organizadores”.
“Con respecto al intendente sabíamos que era un caso difícil. Con la Fiscalía vinimos a defender nuestra postura, pero el tribunal podía tener otra porque es difícil que los funcionarios puedan prever todas las consecuencias dañosas de sus decisiones”, dijo Reynares, para quien lo esencial fue que el juicio llegó a “demostrar que la fiesta fue un descontrol y esa fue una de las circunstancias que facilitaron el comercio de estupefacientes”. Los fundamentos del fallo se darán a conocer el próximo 3 de julio.