Siete años después de la muerte de Erica Natalí Moruzze, un taxista que era su pareja fue condenado a prisión perpetua como autor de un femicidio. El tribunal integrado por los jueces Pablo Pinto, Ismael Mafrín y María Isabel Mas Varela condenó a Fernando Javier More a esa pena por el crimen cometido el 30 de mayo de 2014 y que había sido presentado por él como un suicidio.
El hecho por el cual More fue condenado tuvo lugar el 30 de mayo del 2014 en la casa en la que compartía junto a su pareja, en Liniers al 3000. Érica Moruzze, de 28 años, cumplía prisión domiciliaria luego de haber sido condenada a 10 años de prisión por homicidio en ocasión de robo. Aquella noche, cerca de las 23.30, More la golpeó y estranguló hasta causarle la muerte por asfixia.
Así presentó el caso la fiscal Mariana Prunotto para luego pedir que More sea condenado a prisión perpetua en una causa que tardó 7 años en llegar a juicio debido a que al principio había comenzado a investigarse teniendo en cuenta la posibilidad que la víctima se hubiera suicidado.
Esa fue la versión de More desde un comienzo, quien alegó que Érica había tenido intentos de suicidio previamente. Por esta razón llegó a juicio en libertad, aunque al iniciar el debate quedó detenido por pedido de la fiscal debido a la magnitud de la pena que debería cumplir en caso de ser condenado.
Durante el juicio la defensa presentó una teoría del caso acorde a la versión que dio More desde el principio: dijo que aquella noche cuando llegó a su casa encontró a Érica colgando de una soga, la bajó, la acostó en la cama y recién a la mañana siguiente se dio cuenta que estaba muerta. La defensa solicitó al tribunal la absolución del acusado.
Sin embargo los magistrados no adhirieron a la teoría de la defensa sino a la de la fiscal Prunotto y resolvieron en forma unánime condenar a Fernando More a prisión perpetua por homicidio doblemente calificado por la relación de pareja y por ser la víctima una mujer habiendo mediado violencia de género.
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La fiscal había planteado que el homicidio estaba doblemente calificado por la relación de pareja y por ser la víctima una mujer habiendo mediado violencia de género. Por el tiempo que tardó el caso en llegar a juicio, durante el cual se avanzó en pericias médicas, More llegó al juicio en libertad. Pero en la primera jornada la fiscal solicitó que quede detenido ante la magnitud de la pena solicitada.
Entre las pruebas que ofreció Prunotto al tribunal se encuentra el informe de autopsia que señala como causa de la muerte un “mecanismo asfíctico compresivo del cuello”. Ese informe detalla que “se encontraron elementos de probable defensa en la región anterior del cuello que podrían corresponderse con el estrangulamiento manual, al intentar liberarse de la compresión”. Además el estudio detectó lesiones compatibles con arañazos en los antebrazos y el codo derecho de una antigüedad de 24 a 72 horas.
En la primera jornada de debate además la Fiscalía incorporó una pericia psicológica con un perfil de la víctima que intenta demostrar que la mujer vivía en un contexto de violencia de género. Se trata de un estudio que al momento del hecho no había podido realizarse pero luego fue elaborado por el equipo interdisciplinario del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Al momento del crimen Moruzze cumplía una condena a 10 años de prisión por un homicidio cometido en el año 2010. Cuando estaba tras las rejas quedó embarazada producto de su relación con More y luego obtuvo la prisión domiciliaria por tener a su cuidado a un bebé recién nacido.
La condena había sido dictada el 17 de noviembre de 2010. Entonces la mujer aceptó una pena impuesta en un juicio abreviado que la declaró autora del crimen de Luis Alberto Echevarría, quien murió el 9 de octubre de 2008 tras ser apuñalado en su casa de Viamonte al 800. Fue acusada de haber ingresado a la casa de la víctima “a fin de mantener relaciones sexuales con la misma y, una vez en el interior, con el empleo de un arma blanca, procedió a sustraerle dinero en efectivo, la billetera y otros efectos”. Echevarría fue herido con varios puntazos y trasladado al Sanatorio Julio Corso. La mujer se fue por la entrada principal llevándose las llaves de la casa.
La mujer admitió el hecho: dijo que tenía problemas previos en su vida privada, que había sido expulsada de la casa donde vivía y que su suegra se había quedado con sus hijas, a las que no podía visitar. Añadió que no tenía dinero ni trabajo hasta que se encontró con un hombre mayor que la invitó a su casa y le dijo que le iba a “dar plata y poner un negocio”.
Dijo que el hombre quiso tener relaciones sexuales con ella sin su consentimiento y por eso tomó un cuchillo para defenderse y forcejearon. Sostuvo que no recordaba cuántos puntazos le aplicó pero sí que se fue de la casa con las llaves y la billetera. En ese marco aceptó una condena a 10 años de prisión como autora del delito de robo seguido de homicidio, la cual cumplía en su casa la noche del hecho que se trató en este juicio.