Con el nuevo Código Penal Juvenil, los jueces ya no investigarán los hechos

Los fiscales llevarán las causas adelante. Habrá procesos penales para menores de 16 años, aunque no tendrán condena
1 de diciembre 2023 · 20:00hs

En 76 artículos que resultaron de la discusión de una comisión redactora conformada por representantes del Colegio de Magistrados, Servicio Público Provincial de Defensa, Poder Ejecutivo y Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, se sintetizó el nuevo Código Procesal Penal Juvenil, elaborado en el contexto del Programa “Santa Fe Más Justicia”. En su última sesión con la actual conformación, la Cámara de Diputados de Santa Fe sancionó el nuevo Código Procesal Penal Juvenil que establece un cambio en la forma de intervenir judicialmente en hechos delictivos donde intervienen adolescentes menores de 18 años. En la provincia dejarán de funcionar los juzgados de menores, las investigaciones de los delitos perpetrados por chicos serán realizadas por integrantes del Ministerio Público de la Acusación. La edad de imputabilidad no se modificó, ya que se trata de un atributo propio del Congreso de la Nación. En lo que sí se avanzó es en el tratamiento especial que tendrán ahora los casos de los menores que cometen delitos y que son menores de 16 años.

El Código Procesal Penal Juvenil consta de 76 artículos distribuidos en el Libro I (Código Procesal Penal Juvenil), el Libro II (Ley de Aplicación) y Libro III (Ley para el Menor no Punible). Los puntos que sostienen el cambio del Código son: El rol del juez, que deja de investigar el hecho y sólo resuelve condena; el lugar del fiscal que investiga y solicita pena y la participación de la querella y de la víctima durante el proceso.

La norma apunta a regular el proceso penal para personas que, al momento de la comisión de un delito, tengan menos de 18 años. Según la nueva ley esas personas podrán ser imputadas y eventualmente responsables penalmente por el delito cometido. Precisamente a menores de 16 años, actualmente inimputables, se los somete a un proceso penal con el fin de absolverlos, ya que por su edad no pueden quedar detenidos.

Luego de la media sanción lograda en el Senado la semana anterior, la iniciativa se aprobó en la Cámara por una votación dividida. Con la presidencia de Pablo Farías y ante 35 diputados presentes y 15 ausentes se logró la sanción fue por 29 votos afirmativos, 3 votos negativos y 2 abstenciones, Tomaron la palabra Oscar Martínez, Matilde Bruera, Leandro Busatto, Carlos Del Frade y otros diputados.

El diputado del Frente Renovador-PJ Oscar Martínez, sostuvo que el nuevo Código “es una deuda que tiene 27 años y que fue producto de un reclamo generalizado respecto de un cambio de sistema” y resaltó la importancia de la construcción de consensos en Diputados: “Creo que esta Cámara ha avanzado enormemente en lo que es el sistema de enjuiciamiento penal, que es un reclamo legítimo de la ciudadanía en función de una realidad social que nos supera”. El nuevo Código se aprobó con el acompañamiento del Pro, la UCR y los sectores evangelistas, mientras que en contra votaron el Socialismo, el PJ y el Frente Social y Popular.

>> Leer mas: Justicia de menores: Santa Fe promueve la creación del Código Procesal Penal Juvenil

En tanto el senador Lisandro Enrico, uno de los impulsores de la reforma, sostuvo que es un cambio “completo en materia de Justicia Penal de menores, partiendo de la base de que la edad de imputabilidad, no lo podemos modificar desde las provincias porque lo puede hacer únicamente el Congreso nacional” y agregó que “La Argentina tiene establecida una de las edades de inimputabilidad más altas del mundo, que es a partir de los 16 años”, remarcó y puntualizó que “los delitos cometidos por menores a partir de los 16 años pasan a ser investigados por los fiscales. Es decir, los jueces de menores van a seguir juzgando, pero ya no investigan. Esta ley establece un criterio de responsabilidad penal. Un joven de 16 años no puede tener un vale para delinquir sin que le pase nada. Eso tenía que terminarse. Teníamos una Justicia de menores que no escuchaba a las víctimas, ahora van a tener una mayor participación” y destacó que también se incorporó un capítulo sobre los menores de 16 años que cometen delitos graves para que puedan ser investigados ya que atravesarán un proceso penal. “Antes esto no pasaba y el Estado los mandaba de vuelta a su casa”

En tanto, los diputados Carlos del Frade y Matilde Bruera -ex defensora penal- votaron en contra del código y expresaron sendas críticas a la normativa. Bruera sostiene que “este código desarma la Justicia penal juvenil, no se atiende la especificidad -los actores judiciales especializados- y los defensores de menores ahora pasan a ser fiscales. Se los deja a los menores sin la defensa especializada y se destruye el proceso penal. Además, como no pueden bajar la edad de imputabilidad, a los menores de 16 los someten aun proceso penal sólo para absolverlos. Se podrían haber resuelto algunas acciones creando un Colegio de jueces de menores, pero no se hizo así”.

Carlos Del Frade tiene una posición similar: “Falta la especificidad y se promulgaron artículos en los que se empieza a correr el límite de lo punible. No se respeta ni se nombra el interés superior del niño. Nosotros hicimos un código de 147 artículos que trajimos a consideración, pero no se debatió”.

En lo que hace a la crítica desde sectores judiciales señalan la importancia de los cambios de rol de juez y fiscal y coinciden en que el actual sistema no daba respuestas, o las daba de hecho y dejaba grandes lagunas jurídicas. En la Justicia se toma un parámetro: "Si de acá a un año crecen la reincidencia y la prisión a menores y baja la resocialización, quiere decir que el Código no sirvió", comento un juez.

>> Leer más. Gabriel Somaglia: "Queremos un Código Penal Juvenil acorde a estándares internacionales"

Gabriel Somaglia, ex secretario de Justicia de la provincia e impulsor del programa “Santa Fe+Justicia”, implementado en el 2021, explicó en su momento que “se marca en un proceso que tiene más de 25 años de antigüedad y transita los parámetros de la Justicia penal que en Santa Fe era inquisitoria. Es decir un proceso escrito en expedientes en los cuales el juez investiga, acusa y resuelve sin que las víctimas tengan participación alguna. Lo que se hizo fue proyectar un Código acusatorio, con fiscales y jueces especializados, con participación de las víctimas en su rol de querellantes, con juicios abiertos, orales y públicos.“

El proceso penal en Santa Fe tuvo dos momentos más que relevantes: en 2009 se aprobó el nuevo Código de Justicia de Santa Fe y su vigencia plena comenzó el 10 de febrero de 2014. Menos de tres meses después, el 1º de mayo de aquel año y en el optimismo generado a partir de la reforma de la Justicia en Santa Fe, el por entonces gobernador Antonio Bonfatti exponía a los legisladores los primeros resultados y deslizaba que “nuestro próximo objetivo debe ser el establecimiento de un Código Procesal Penal Juvenil, el nuevo Código de mayores no sólo regula las garantías del imputado de una manera más eficaz que el anterior, sino también que el sistema de menores existente”, y así se abrió el camino de la reforma.

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