Un tribunal de alzada condenó por mala praxis una anestesista, un sanatorio, una mutual y una aseguradora de la ciudad santafesina de Venado Tuerto a pagar un resarcimiento a los padres y el hijo de un joven que murió durante una cirugía.
La justicia sentenció a una anestesista y también al sanatorio, la mutual y la aseguradora de un paciente que tuvo un paro en la cirugía y murió un año después
Un tribunal de alzada condenó por mala praxis una anestesista, un sanatorio, una mutual y una aseguradora de la ciudad santafesina de Venado Tuerto a pagar un resarcimiento a los padres y el hijo de un joven que murió durante una cirugía.
El deceso se produjo a raíz de un paro cardíaco provocado por la alergia a las drogas que le suministraron al paciente para sedarlo.
Uno de los aspectos novedosos del fallo es que los jueces determinaron el monto del resarcimiento económico en pesos equiparados al valor del denominado Dólar Mercado Electrónico de Pagos (dólar MEP). El argumento es que se trata de una moneda legal y a la vez estable.
La cifra establecida para el resarcimiento por mala praxis es de 50.000 dólares MEP, que equivalen a 64.100.000 pesos.
La condena es por la muerte de un joven de 24 años que sufrió un paro cardíaco durante una cirugía. Según el fallo, esto se debió a la anestesia, algo que la especialista no advirtió inmediatamente.
Como la respuesta médica se demoró, el flujo de oxígeno al cerebro del paciente fue menor y lo dejó en estado crítico y con graves problemas neurológicos. Murió un año después, tras una penosa agonía.
Uno de los elementos considerados por los jueces para establecer la responsabilidad de la anestesista y del sanatorio es que no se habían hecho los exámenes pre quirúrgicos al paciente y, por lo tanto, no se detectó que era alérgico a las drogas que le suministraron para sedarlo.
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El fallo condenatorio es de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, integrada por los jueces.
Junto a la anestesista, fueron condenados el Sanatorio Abel Beroiz, la Mutual de Camioneros de Venado Tuerto y la Aseguradora Noble SA.
La decisión judicial modifica drásticamente el resultado de la causa, ya que en primera instancia se habían desestimado dos demandas por daños y perjuicios.