Por Diego Veiga
La Fiscalía y la querella que representan a los familiares de Débora Gianángelo, una de las 22 víctimas que se cobró el estallido del edificio de calle Salta 2141 el 6 de agosto de 2013, lanzaron ayer duras críticas al fallo que el año pasado sólo condenó al gasista y absolvió a diez imputados, entre los que se cuentan empleados y personal jerárquico de Litoral Gas, otro gasista, un ayudante y los administradores del consorcio. Sin medias tintas, la fiscal Graciela Argüelles aseguró que el tribunal "no comprendió la complejidad del caso" y emitió una "sentencia arbitraria", por lo que pidió que se revise y condene al resto de los imputados. Tanto para la Fiscalía como para la querella, todos formaron parte de una cadena de responsabilidades que derivó en la peor tragedia desatada en la historia de Rosario.
Argüelles abrió así las exposiciones en el marco de las audiencias de apelaciones del fallo ante la Cámara Penal que integran los jueces Carina Lurati, Carlos Carbone y José Luis Mascali, y que hoy continuará con los argumentos de las defensas de los empleados de Litoral Gas y de los administradores del consorcio.
La primera audiencia de apelación comenzó ayer estrictamente puntual, a las 8.30, en el primer piso de los Tribunales Provinciales. Unos minutos antes había llegado hasta allí la familia Gianángelo, los únicos querellantes que tiene la causa.
El hermano y los padres de Débora repitieron el ritual que plasmaron el año pasado durante los más de veinte días que duró el juicio en el nuevo Centro de Justicia Penal. Sonia, la mamá, lució la remera con la foto de su hija y el pedido de justicia y Adrián, el hermano, volvió a besar las fotos de su hermana y las dejó en la puerta de la sala de audiencias. Se persignó e ingresó al recinto.
Adentro, otros familiares de víctimas escucharon con atención los argumentos que la Fiscalía y la querella expusieron ante los magistrados para explicar en qué basaron sus apelaciones al fallo que absolvió a todos los imputados menos al gasista Carlos García, el hombre que manipulaba el regulador de gas el fatídico 6 de agosto de 2013.
Solicitud de condena
La primera en hacer uso de la palabra fue la fiscal Argüelles, quien destacó que el fallo "adolece de vicios" ya que "omitió valorar elementos probatorios" y no "comprendió la complejidad del caso".
Cabe recordar que en julio del año pasado el tribunal integrado por los magistrados Marcela Canavesio, Carlos Leiva y Rodolfo Zvala, condenó por mayoría al gasista García a cuatro años de prisión por el delito de estrago culposo agravado por las muertes. Y absolvió por "insuficiencia probatoria" al ayudante de García, Pablo Miño; los administradores del consorcio, Mariela Calvillo, Norma Bauer y Carlos Repupilli; los reclamistas (empleados que concurren a los domicilios a solucionar reclamos) de Litoral Gas Luis Curaba, Guillermo Oller y Gerardo Bolaño; el jefe de Mantenimiento de Redes de la empresa, Claudio Tonucci; la gerenta técnica de la firma, Viviana Leegstra, y el gasista José Luis Allala.
Precisamente, la Fiscalía apeló el fallo por esas absoluciones, por lo que solicitó a la Cámara que las revea y los condene a la pena de cinco años de prisión. "El fallo se limitó a condenar al gasista, lo cual avalamos, pero no tuvo en cuenta las intervenciones anteriores a ese día", remarcó.
En tal sentido, dijo que "hubo personas que tuvieron conductas que implican responsabilidades penales en la tragedia" y allí citó el accionar de "dos reclamistas (Oller y Curaba) y dos empleados que aún ocupan cargos gerenciales (Tonucci y Leegstra)". Ya había dejado afuera de la acusación a otro reclamista, Bolaño, que fue el primero en ir al edificio el 25 de julio de 2013 tras el reclamo de una vecina por poca presión de gas, constatar una fuga en el gabinete y válvula de servicio y cortar el suministro. Pero a Bolaño igual lo siguió acusando la querella.
A Oller y Curaba, en tanto, les achacó haber coadyuvado a que se produjera la tragedia, ya que fueron quienes restablecieron el servicio en el edificio el 26 de julio "sin haber inspeccionado ningún departamento y sin advertir que el gas seguía sin tener presión". En ese punto fue taxativa. "Si ellos no hubiesen rehabilitado el gas ese día, la tragedia no hubiese ocurrido", aseguró. Y a los dos empleados jerárquicos les endilgó el hecho de "no haber controlado ni inspeccionado el trabajo de sus subalternos" y no haber evaluado la adecuación del edificio las nuevas normativas, ya que se trataba de una estructura vieja que debía readecuarse.
Sobre los administradores de consorcio, también dijo que son parte de una cadena de responsabilidades, ya que "faltaron al deber de cuidado" y "no podían desconocer que el gasista iba a actuar al margen de lo que estipulaba Litoral Gas".
Por la querella, el abogado Angelo Rosini compartió los argumentos de la Fiscalía y hasta recordó que el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargás) "sancionó a Litoral Gas por no controlar debidamente los departamentos antes de rehabilitar el servicio. Esta infracción genera una responsabilidad penal en los reclamistas", aseguró.
En ese orden, señaló que la sentencia "está plagada de arbitrariedades".