En un contexto de feroz aumento de los medicamentos, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado el miércoles por la noche por el presidente Javier Milei modifica la forma de prescribir los fármacos. En primer lugar, modifica uno de los artículos de la ley de genéricos _aquella que prescindía del nombre comercial o de fantasía de las preparaciones_ y establece la receta electrónica, dejando atrás los formularios en papel desde mediados del año próximo.
Las medidas transformarán las prácticas que desde que se sancionó la ley de genéricos, hace 21 años, rigen entre los profesionales de la salud, sus pacientes y la industria farmacéutica. Desde la oposición en el Congreso Nacional cuestionan la necesidad de establecer estas modificaciones por decreto.
Este jueves por la mañana, los directivos del Colegio de Farmacéuticos analizaban los detalles del DNU de la presidencia. Si bien originalmente trascendió que el decreto derogaba la ley de especialidades medicinales (Nº 25.649) que indica la receta de medicamentos por sus principios activos o genérico. La norma nació para bajar el precio de los medicamentos y combatir los abusos de los laboratorios tradicionales.
En rigor, la ley sigue vigente sólo se modifica uno de sus artículos. En la norma original se indicaba que las recetas deberían efectuarse "expresando el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique", pero habilitaba a los profesionales de la salud "indicar además el nombre o marca comercial".
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El presidente Javier Milei junto a su equipo en la presentación oficial del DNU de desregulación de la economía argentina.
En estos casos, según la ley original, "el profesional farmacéutico, a pedido del consumidor, tendrá la obligación de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y similar cantidad de unidades".
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Con el decreto que entró en vigencia desde las 0 horas del jueves, las prescripciones de fármacos "deberán efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional", restando el párrafo que obliga a ofrecer el remedio más económico en los mostradores de las farmacias.
"Antes la prescripción obligaba a tener un nombre genérico y podía sugerir un nombre comercial. Es decir, el médico recetaba ibuprofeno y sugería Actron. Hoy no se podría poner la marca", analizaron los profesionales farmacéuticos.
Facilitar el acceso
La modificación de la ley de genéricos llega después de dos meses en que los precios de los medicamentos se fueron por las nubes. Un trabajo reciente del Centro de Profesionales Farmacéuticos Argentinos (Ceprofar) advirtió que, en medio de la fuerte suba del dólar para el comercio exterior, los medicamentos se anotaron entre los productos que más aumentaron, con alzas promedios del 300% en el año. De acuerdo a ese estudio, finalizados los acuerdos de precios, en el último mes y medio los medicamentos aumentaron en promedio un 85%.
La diputada nacional por el socialismo, Mónica Fein, recordó que la sanción de la ley de genéricos se logró después de un largo debate entre instituciones, profesionales, científicos y académicos. Mucho antes de la ley, sumó, el sector de la salud pública ya compraba por genérico, lo mismo las instituciones privadas. La única excepción seguía siendo el Pami, la obra social de los jubilados.
"No hay motivo para que esta ley se modifique mediante un DNU, no hay necesidad ni urgencia en cambiar esta ley porque realmente no hay nada que tenga urgencia en ser tratado. Es un tema que bien podría ser enviado al Congreso y analizado allí". sostuvo la diputada socialista, ex intendenta y ex secretaria de Salud del municipio, y advirtió que se trata de "un atropello a las instituciones democráticas".
Sobre todo, consideró, en un contexto en el cual se multiplicó el 300 por ciento el valor de los medicamentos y se torna una gran incógnita la accesibilidad de medicamentos para todas las personas.
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Se trata, concluyó, de un gran retroceso. "Todas las leyes que ha derogado o modificado Milei no son de necesidad y urgencia y deben ser tratadas por el Congreso, esto vulnera las instituciones democráticas".
Receta electrónica
La forma en que los médicos deberán recetar los fármacos no es el único cambio que propone el DNU presentado el miércoles por la noche. El paquete de medidas también incluye el "establecimiento de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos".
En el decreto publicado en el Boletín Oficial, se establece que las recetas solo podrán ser redactadas y firmadas “a través de plataformas habilitadas a tal fin” y que el Poder Ejecutivo será encargado de coordinar el accionar, mientras que se adelanta que la fecha límite para cumplir con este artículo es el 1º de julio de 2024.
Textualmente, la norma señala que "El Poder Ejecutivo Nacional establece los plazos necesarios para alcanzar la digitalización total en prescripción y dispensación de medicamentos y toda otra prescripción, el cual no podrá superar el 1º de julio de 2024 y regular el uso de plataformas de teleasistencia en salud".
Para esto, "el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados deberá ser convocado por la autoridad de aplicación a los fines de colaborar en la reglamentación que se dicte a tal efecto".