El gobierno nacional publicó este jueves por la tarde el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°235, que establece las nuevas restricciones que comenzarán a regir a partir de la medianoche. Por lo pronto, se suspenden para todo el país los viajes grupales de egresados, de estudio y turísticos, al igual que la actividad de casinos, bingos, discotecas o cualquier salón de fiestas.
A partir de estas medidas dispuestas por el gobierno nacional, habrá que emitir o renovar el certificado de circulación para quienes realizan actividades esenciales, actividades productivas autorizadas o asisten a un establecimiento educativo. También habrá una opción para quienes tengan que pedir un permiso especial para hacer un trámite urgente, un tratamiento, vacunación, trasladar sus hijos o hijas o asistir a un familiar.
El permiso se puede sacar y descargar desde el sitio web www.argentina.gob.ar/circular. Además se pueden consultar las actividades autorizadas en: https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas
¿Quiénes pueden utilizar el transporte público?
El transporte público está reservado exclusivamente para quienes cumplen tareas esenciales, se trasladen a establecimientos educativos o piden el permiso especial.
¿Los permisos de circulación continúan vigentes?
La Nación confirmó que todos los permisos de circulación emitidos continúan activos, incluyendo aquellos permisos vinculados a la actividad educativa (docentes, no docentes, alumnos/as y acompañantes) a través de las app Cuidar, Mi Argentina o descargándolo del sitio web www.argentina.gob.ar/circular.
También se suspende la asistencia al trabajo para personas de riesgo.
Los partidos y departamentos de más de 40 mil habitantes que alcancen los parámetros sanitarios establecidos serán considerados:
1) Zonas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario. Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
2) Zonas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario: medidas a adoptar
- Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
- Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas
- Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
- Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23
- Se prohíbe la circulación entre las 0 y las 6 de la mañana de cada día.
- Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
- Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
Disposiciones locales
Serán para limitar la circulación por horarios, zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.