La Comisión Nacional de Alimentos (Conal) aprobó la incorporación de la semilla del cannabis al Código Alimentario Argentino, con lo cual abrió las puertas a lo que en adelante muchos se atreven a señalar como un “superalimento”.
La Comisión Nacional de Alimentos (Conal) aprobó la incorporación de la semilla del cannabis al Código Alimentario Argentino, con lo cual abrió las puertas a lo que en adelante muchos se atreven a señalar como un “superalimento”.
La aprobación de la Conal implica que la semilla ya está legalmente habilitada para su comercialización en el país, y la forma en que deben producirse, trasladarse y venderse.
La Conal está integrada por representantes de todas las provincias y se reúne unas dos veces al año para analizar distintos temas. En los últimos meses, realizó una consulta pública respecto de la incorporación del cáñamo como alimento en la que se presentaron posiciones a favor y en contra de distintos sectores.
En la reunión de esta semana, se avanzó con la aprobación de esta moción, según anticipó el diario Clarín, agregando que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial.
La semilla del cáñamo, entonces, vuelve a ser alimento, además del aceite y la harina que se extraen de ella. El cannabis ya había sido legal en nuestro país hasta que las Naciones Unidas lo prohibió mundialmente en la Convención Única de Drogas de 1961.
“Con esto nace un nuevo sector en la agricultura y la industria alimentaria”, dijo Francisco Echarren, presidente de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Ariccame), a Clarín.
“Se habilitan las harinas, y con esto los panificados, las galletitas, un montón de subproductos”, agregó. Y reveló que una importante alimenticia ya está planeando incorporar la producción de alimentos derivados del cáñamo en la nueva planta que va a inaugurar en el norte del país.
La semilla de cannabis tiene muchas propiedades nutricionales. De su primera prensada se obtiene un aceite de gran calidad, que tiene una óptima relación de los ácidos grasos esenciales omega 6 y omega 3. Tiene una ligera nota a nuez, y se lo recomienda usar crudo.
De lo que queda de la prensada de la semilla, un 30% son proteínas de muy buena digestibilidad. La harina procesada cuenta con un 40% de fibras, de las cuales un 15% son digeribles, además de vitaminas y minerales.
Esta harina no tiene gluten, por lo cual está recomendada para personas celíacas o con intolerancia y es ideal para mezclarla con otras harinas, a las que les puede elevar hasta un 20% su valor nutricional.
Una vez que se publique la normativa en el Boletín Oficial, las empresas que quieran producir alguno de estos productos deberán pedir una autorización para el cultivo y la industrialización de cáñamo a la Agencia Regulatoria. “Hasta ahora no hemos expedido ninguna licencia porque todo el sector estaba a la espera de esta reglamentación”, apunta Echarren, quien agrega que comenzarán también los procesos burocráticos para que todos los organismos que lo requieran incorporen a sus protocolos esta nueva producción.
Pablo Fazio, presidente de la Cámara Argentina de Cannabis (ArgenCann), también celebró la inclusión de la semilla de cannabis en el Código Alimentario porque “abre una nueva etapa para la industria argentina”, pero planteó que quiere ver los fundamentos de la resolución para confirmar si no se habilitó (y si no de hizo, por qué) el uso de las hojas pegadas a la flor para elaborar tés herbales.
ArgenCann se lo propuso a la Conal en el marco de la consulta pública, y destacó entonces que, avaladas por la Comisión Europea, “este tipo de infusiones ya se encuentra disponible en diversos mercados de la Unión Europea”.
“La ley 27.669 habla de la utilización de todas las partes de la planta”, remarcó Fazio. En su artículo 2º, explicó, la norma define como “cáñamo” o “cáñamo industrial y/u hortícola” a la “planta de cannabis, sus partes, sus semillas y sus derivados, que contengan hasta el límite máximo de 1% de concentración del componente químico tetrahidrocannabinol (THC) y cuyo destino sean los fines industriales u hortícolas”.
“Cualquier incorporación del cáñamo debiera ser respetuosa del texto de la ley sancionada por el Congreso de la Nación y la reglamentación del Poder Ejecutivo respecto del uso de la planta completa y sus derivados, evitando criterios restrictivos”, plantea.
La Conal tampoco se expidió sobre lo que se llama novel foods: los alimentos que utilizan como aditivos propiedades psicoactivas del cannabis como el CBD para sumar beneficios funcionales, por ejemplo en bebidas isotónicas con propiedades desinflamatorias y calmantes.