Motivado por la construcción de dos torres en Puerto Norte, un concejal presentó un proyecto para que la Secretaría de Medio Ambiente santafesina evalúe el posible impacto ambiental del emprendimiento. Hace pocos días en este mismo Concejo se aprobó un Régimen Diferencial de Proyectos sobre terrenos de hasta 5.000 metros cuadrados. Previamente, ese proyecto había determinado que presentáramos dos expedientes oponiéndonos al mismo y argumentando necesidad de modificaciones y amplitud de debate. Entre esas modificaciones estaban las que hacen al impacto ambiental y la afectación a vecinos que ahora se quiere presentar como novedad. Como miembros de la Comisión Asesora del Plan Director, además de no haber sido convocados en ninguna fase del tratamiento del proyecto, nuestra presentación ni siquiera despertó curiosidad entre los concejales para conocer los argumentos, dejando en claro el desapego a lo establecido en ley provincial 11.717 art. 2 1 y en la ley nacional 25.675 art. 2c – 10- 19- 20 y 21, a las que debe someterse el Municipio, y que tienen que ver con la “participación ciudadana” en los temas ambientales. Todo esto nos lleva a cuestionar la idoneidad y el asesoramiento sobre urbanismo e impacto ambiental del que se dispone, cuando se aprueban estas ordenanzas que terminan afectando la calidad de vida de los ciudadanos. Esta nueva presentación de un concejal, al pedir una evaluación, nuevamente desnuda desconocimiento. La magnitud del emprendimiento para la construcción de esas torres, para su aprobación, ya exige la “previa presentación de estudio de impacto ambiental” como determina la Ley 11.717 en los art. 18 y 19 del capítulo VII y en los puntos 452.1 y 452.10 del Decreto Reglamentario 101/2003, un tema que ya tuvo antecedentes con la construcción de la torre Aqualina.



































