La intervención en el Museo Castagnino colocó a los rosarinos en un marco de discusión por el color, la artista se ha expresado libremente, quizás la imagen alcanzada es el arte de su autora, pero posiblemente no es el arte de todos, el arte de la ciudad. Se propone el hecho pictórico como principal eje de discusión mientras que el debate debería ser otro, no es la pintura o el color, sino el incumplimiento de los funcionarios municipales y fallas en la gestión pública. Se incumplió con las ordenanzas 8.245 Nº 6.171/96 Nº 6.868/99 Nº 7.156/2001 Nº 7.837/2005 y los decretos Nº 09.981/84 y Nº 2.8148 por los cuales se debió haber considerado el grado de protección del bien, su valoración según criterios de intervención científicos y el objeto de prolongar su permanencia en el tiempo; la cromaticidad del inmueble como un aspecto arquitectónico valioso recuperando el material original del edificio. Analógicamente, el propio municipio con el sensato criterio de preservar restringe el dominio privado en la ciudad como por ejemplo, en el Paseo Hilarión, inmuebles que pertenecen al conjunto arquitectónico proyectado por los arquitectos Hernández Larguía y Juan Manuel Newton que mediante la ordenanza 7.953/05 inviste una protección directa de preservación de fachadas protegiendo la superficie muraria original, Piedra París, textura y cromaticidad. Normativas estas que no fueron aplicadas al tratamiento del Museo siendo del mismo autor, y máxime tratándose de un bien público. El Municipio no puede obviar que el Castagnino, concebido de acuerdo a las pautas museológicas de la época, encierra forma y expresión con un marcado y contundente racionalismo que refleja un momento de la vida e historia de Rosario y del país, su autor dejó huellas tangibles de su labor e ideología, que deberían ser protegidas como símbolos de nuestra identidad y sentido de pertenencia. El arquitecto Hernández Larguia fue autor del Código Municipal para regir las construcciones en Rosario, paradójicamente el municipio es quien incumple. A fin de verificar y establecer técnicas de intervención para proteger el edificio, aplicando principios de autenticidad y máxima efectividad del tratamiento, he presentado un proyecto ante el Concejo Municipal mediante el cual propongo la conformación de una Comisión Especial de Seguimiento garantizando el cumplimiento de los trabajos de recuperación del revoque "símil piedra", citando a participar a los distintos estamentos públicos y privados de la ciudad. Los principios del Documento de Nara del año 1994 −cartas internacionales− instituyen la obligación de respetar las obras tanto en sus aspectos constructivos como estéticos, conservando el mensaje y su materialidad. El Castagnino es un hito, una postal tridimensional que registra una época y debe estar presente en la memoria colectiva de los rosarinos hoy y en la posteridad. "La responsabilidad del patrimonio cultural y su administración pertenece en primer lugar a la comunidad cultural que le dio origen y subsecuentemente a quienes cuidan de él".