Vivir en un edificio bajo el régimen de propiedad horizontal requiere ciertos conocimientos previos y la aceptación de algunas condiciones que no se dan cuando se vive en una casa. Para asegurar determinadas líneas de conducta en beneficio de los residentes de la propiedad común y en resguardo del orden y bienestar colectivo es fundamental conocer y respetar las disposiciones de la ley nacional 13.512 de propiedad horizontal y del reglamento de copropiedad y administración del edificio (y del reglamento interno, si existe). El mantenimiento estructural de un edificio en propiedad horizontal es más complicado que el de una casa porque toda labor en tal sentido requiere decisiones consensuadas y puede ocurrir que cuando se propone un arreglo aparezcan consorcistas desconfiados, que sospechan una "mordida" o connivencia entre el administrador y miembros del consejo de administración (aunque se presenten varios presupuestos), poniendo trabas al proyecto y postergando su realización. En las asambleas del consorcio, algunas personas habitualmente mansas y tranquilas se transforman, vapulean al administrador, se oponen a todo, discuten acaloradamente con quienes no concuerdan con ellos y después no les hablan ni les saludan. O no concurren a las reuniones porque consideran que "es perder el tiempo" y luego son los primeros en quejarse por lo resuelto en su ausencia. Con vecinos participativos, solidarios, respetuosos de la normativa del caso, generadores de ideas positivas, y que no duden en jugarse por los intereses comunes se puede lograr buena calidad de vida "consorcial" y mantener cada uno el capital de su propiedad.






























