El diputado pampeano Mariano Fernández, del Partido Juticialista, propuso en un proyecto que cuando los padres y madres trabajen en la repartición pública provincial, sea la mujer la que cobre la asignación familiar.

El diputado pampeano Mariano Fernández, del Partido Juticialista, propuso en un proyecto que cuando los padres y madres trabajen en la repartición pública provincial, sea la mujer la que cobre la asignación familiar.
El legislador presentó un proyecto de ley en el que propone que se establezca que sean las madres -cuando ambos integrantes de la pareja trabajen bajo el régimen estatal de la 643- las que cobren las asignaciones familiares.
"La violencia económica es un flagelo que padecen muchas mujeres en la Argentina, realidad que alcanza a La Pampa y, según datos oficiales, el 31 por ciento de las denunciantes de violencia familiar radicadas son del tipo de violencia económica", argumentó en su iniciativa el diputado Fernández.
Destaca que este tipo de violencia, la económica, ha sido definida como acciones en las que "el agresor hace lo posible por controlar el acceso de la víctima al dinero, obligando a sus víctimas a entregarle sus ingresos, haciendo el agresor uso exclusivo de los mismos", dijo Fernández.
En su proyecto propone que la asignación por matrimonio se efectivizará a los dos cónyuges si fueran agentes del Estado provincial y que, cuando ambos progenitores estén comprendidos en este régimen las prestaciones de asignación por Nacimiento, por Hijo, por Adopción, por Familia numerosa, por Escolaridad y por Ayuda Escolar Primaria, sean percibidas por la madre.
Aclara que la excepción será en los casos en que la madre autorice al padre por escrito, al cobro del beneficio, que el padre detente la tenencia de hecho o legal del menor y en los casos de ausencia o fallecimiento de la madre, casos en los que el padre percibirá el beneficio acreditando dicha situación.
Fernández dice que "vemos a madres en juzgados o en tribunales de familia en nuestra jurisdicción provincial reclamando la tenencia legal de sus hijos o bien solicitando informaciones sumarias que acrediten la tenencia de hecho, a fin de probar que han quedado al cuidado de sus hijos para poder cobrar los beneficios aquí establecidos" y que "cuando se dirigen a la oficina de personal, que emplean al padre, se suele requerir una constancia judicial para dar de baja el beneficio a quien le venía percibiendo, lo que se traduce en meses de espera para que las madres. l (Télam)