La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe amplió las medidas de precaución ante la situación epidemiológica de alcance mundial provocada por la pandemia del coronavirus con el objetivo de preservar la salud de los integrantes del Poder Judicial y del público en general como también la más adecuada prestación del servicio de justicia.
La decisión se tomó por los requerimientos formulados por los distintos actores del servicio de justicia y el estado de excepcionalidad provocado por la emergencia sanitaria, y se enmarca en la nueva situación imperante ante la resolución 207-2020 del Ministerio de Trabajo de la Nación y el decreto 264 del Poder Ejecutivo provincial.
La resolución de la Presidencia de la Corte, con el consenso de las demás ministros que integran el Alto Cuerpo, dispuso la suspensión de todas las audiencias fijadas durante el período establecido entre el 17 y el 31 de marzo inclusive, con excepción de aquellas que, a criterio de la Magistratura, podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para alguna de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifique, por parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar una excepción.
Asimismo, se concede licencia con goce de haberes hasta el 31 de marzo al agente judicial progenitor, progenitora, o responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente. En referencia a la licencia concedida al personal judicial mayor de 65 años, se aclara que beneficiará a quienes hayan cumplido 60 años a la fecha o los cumplan durante la vigencia de esta decisión.
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En el mismo orden y ante las nuevas urgencias y disposiciones adoptadas por los distintos estamentos del Estado y en consonancia con las medidas sanitarias de emergencia, la Corte suspende hasta el 31 de marzo el servicio de certificaciones que presta el Poder Judicial, exceptuando aquellos casos de urgencia que resulten debidamente acreditados.
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Además, la Corte recomienda enérgicamente a profesionales y público en general la importancia de reducir la concurrencia a los distintos ámbitos de los Tribunales a fin de evitar aglomeración de personas. Se recuerda a tales efectos, la posibilidad de gestionar trámites, consultas o requerimientos de información mediante el uso de los sistemas informáticos, por vía telefónica o de forma electrónica.
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Cabe destacar que las decisiones adoptadas se producen en el marco de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, y se enmarcan en la continua búsqueda de la preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial, auxiliares de la justicia y público en general, y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.