El ex subdirector de la Agrupación Cuerpos de la Unidad Regional IX de Reconquista, Angel Eduardo Antonio Alem, fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional por agredir a dos mujeres y a un hombre en la vía pública de esa ciudad cabera del departamento General Obligado.
Además, se le impuso una inhabilitación por seis años para ejercer la función policial y deberá cumplir reglas de conducta entre las que se le prohíbe tener o portar armas de cualquier tipo. A su vez, se le ordenó participar de capacitaciones en derechos humanos brindadas por el Estado nacional o provincial.
Así lo resolvió el tribunal integrado por los jueces de primera instancia Santiago Banegas, Martín Gauna Chapero y Gustavo Gon, en el marco de un juicio oral y público llevado adelante en los tribunales reconquistenses.
El fiscal que llevó a cabo la investigación, Leandro Mai, sostuvo que "si bien pretendíamos una pena de prisión mayor a la resuelta, desde la Fiscalía celebramos que el hecho ilícito no haya quedado impune". Y aclaró que esperará los fundamentos del fallo "para evaluar la posibilidad de apelar".
El funcionario del Ministerio Público de la Acusación (MPA), destacó "la valentía de las víctimas", y remarcó que "aunque estaban atemorizadas, en todo momento sostuvieron con templanza y coraje la denuncia que habían realizado".
Mai, además, se refirió a "dificultades propias del caso" y, en tal sentido, señaló que "siempre es complejo investigar a una persona que ocupa un lugar jerárquico dentro de una agencia del Estado".
El representante del MPA recordó que "los ilícitos fueron cometidos alrededor de las 6 del domingo 17 de mayo de 2020 en la vereda de una casa de calle Freyre al 100". Al respecto, detalló que "sin justificativo valedero, el condenado hirió al hombre con patadas y golpes de puño en diferentes partes del cuerpo. También agredió a la madre y a la tía de la víctima cuando ellas intentaron defenderlo". Asimismo, recordó que "en el marco de la situación violenta, el uniformado además le pegó a una de las víctimas con un objeto contundente".
Alem fue condenado como autor de vejaciones calificadas (por haber sido cometidas con violencia y por haber generado graves daños a la salud de las víctimas). En tanto que fue absuelto por el delito de falsedad ideológica en instrumento público que también se le había atribuido.
El tribunal, por otra parte, decidió absolver por el beneficio de la duda a otro policía, identificado con las iniciales G.A.B, que fue juzgado como partícipe secundario del hecho.