La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó la medida cautelar otorgada por la jueza de primera instancia, Sylvia Aramberri, a favor de seis madres de chicos con problemas de salud, permitiéndoles el autocultivo de cannabis y la producción de un medicamento casero en sus domicilios, en base a tal sustancia, para el tratamiento médico de sus hijos.
El fallo de la Sala A del tribunal, integrada por los jueces Fernando Lorenzo Barbará, Aníbal Pineda, y Elida Isabel Vidal, hace hincapié en que no existe verosimilitud para concluir que el remedio que quieren producir sea más beneficioso que el que provee gratuitamente y de forma vitalicia el Estado Nacional y que se pueden adquirir por mecanismos legales.
Si bien admiten que el amparo se origina en una situación de padecimiento, que tiene un fin noble y se motiva en el amor y el dolor de varias madres de niños con discapacidad, la medida cautelar interpuesta reviste características muy específicas que requieren un estudio profundo alejado de toda subjetividad posible.
Pineda, que guía el fallo de la mayoría, señala que, por un lado, está la problemática del autocultivo de marihuana para consumo personal, que es perjudicial pero no punible, y, por el otro, se encuentra la pretendida habilitación judicial pedida por las madres para poder producir un "medicamento casero" para aplicar a sus hijos menores de edad.
En ese sentido, los jueces valoran que la producción de medicamentos se encuentra bajo la órbita de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) órgano que tiene el poder de policía y es el encargado de garantizar que los productos para la salud sean eficaces, seguros y de calidad para la población.
Por lo tanto, el tribunal considera que no parece verosímil tener derecho a producir un medicamento casero por afuera de la normativa establecida por la Anmat. Menos aun cuando ese remedio, cuya eficacia no ha sido probada por la ciencia médica internacional, quiere ser aplicado a chicos menores de edad.
Por todo esto, la Cámara resolvió revocar la cautelar dispuesta en primera instancia y ordenan al Estado nacional a que le suministren de forma gratuita y vitalicia el aceite en base a cannabis que importan de un laboratorio canadiense, para los niños que padecen epilepsia refractaria.