En abril pasado la fiscal provincial María Josefina Bertotto solicitó que a Norma S., una mujer de 34 años condenada por un homicidio, se le revoque la prisión domiciliaria que cumple desde 2014. Primero argumentó que la mujer tiene "conexión clandestina de electricidad" y luego que su hijo cumplió 5 años, por lo cual ya se superó el límite establecido para acceder al beneficio. En ese marco desde la asociación civil "La Colectiva de Abogadas Translesbofeministas" presentaron ante la fiscalía regional el pedido de "adopción de las medidas correctivas y sancionatorias pertinentes" al considerar que Bertotto actuó "sin perspectiva de género".
"Venimos a solicitar que se tenga por formulada la presente denuncia contra la Dra. María Josefina Bertotto por haber actuado sin perspectiva de género, obviando el interés superior de los niños y dejando de lado el principio de actuación objetiva, peticionando que se adopten las medidas que correspondan según lo dispuesto por la normativa vigente", dice la denuncia realizada por la asociación civil ante la fiscal regional María Eugenia Iribarren. La presentación se hizo en el marco de la ley provincial 13.013 que permite la denuncia de particulares para iniciar procedimientos disciplinarios.
Norma S. fue condenada en un juicio abreviado a 10 años de prisión por un homicidio en el asentamiento El Mangrullo, de la zona sur de Rosario. La mujer mató a un hombre, pareja de una amiga de ella que sufría retraso madurativo y padecía los abusos y golpes de parte de él.
Tras el acuerdo en el juicio abreviado, se decidió que cumpliera la pena bajo modalidad domiciliaria. A cargo de cinco hijos menores de edad, solo puede salir más a 150 metros de la casa para asistir a una huerta donde la capacitan. Al pie de la letra, sin sanciones ni llamados de atención, ella viene cumpliendo la medida. En ese marco, se las arregló para criar a sus hijos. Entre ellos, dos nenas son abanderadas de la escuela.
Ocho años después, la fiscal Bertotto pidió que a Norma le pongan una tobillera electrónica, para lo cual el Ministerio de Seguridad hizo una inspección técnica en la casa de la mujer. El pedido quedó en la nada luego de que se comprobara que las condiciones precarias de la vivienda y la ausencia de servicios públicos básicos impedían el monitoreo de la tobillera.
Ante esa respuesta, Bertotto solicitó la revocatoria de la prisión domiciliaria porque la joven tiene “conexión clandestina de electricidad”. Después, en una audiencia que se celebró el 28 de abril bajo la presidencia del juez Rafael Coria, la fiscalía mantuvo su postura, pero modificó el argumento por el que solicitó la revocación de la prisión domiciliaria de la interna. Indicó que se debía a que su hijo ya había cumplido cinco años, límite para acceder al beneficio.
Luego de escuchar a las partes, el juez Coria decidió no hacer lugar al pedido de la Fiscalía y mantuvo la prisión domiciliaria dispuesta oportunamente a favor Norma, aunque ordenó que el Patronato de Liberados continúe con la supervisión de la obligación de permanecer en el domicilio. No obstante, la fiscal Bertotto apeló el fallo, y llevó la discusión ante la segunda instancia penal. El caso se resolverá el próximo 7 de junio ante la jueza Carina Lurati, integrante de la Cámara Penal de Rosario.
Repudio
Desde "La Colectiva de Abogadas Translesbofeministas" analizaron que la fiscal Bertotto actuó sin perspectiva de género y sin tener en cuenta "el interés superior de los niños". "Nos preguntamos ¿Cuál es el rol del MPA en la etapa de ejecución? ¿Es que se reduce a oponerse lisa y llanamente y hasta obstinadamente a todo planteo defensista y decisión judicial que lo otorgue, incluso cuándo este no genera absolutamente ningún perjuicio en la sociedad?", indicaron en la presentación realizada ante la fiscal regional.
"Consideramos que en este caso puntual el accionar de la Dra. Bertotto no condice con la tarea que el Ministerio Público debe llevar adelante en esta instancia, desplegando un punitivismo crudo carente de toda razón y completamente alejado del principio de objetividad", agregaron.
La fiscal ignoró todas las recomendaciones internacionales al solicitar la revocación de la prisión domiciliaria, reincidiendo en su conducta al apelar la resolución denegatoria. No valoró las circunstancias en que se produjo el hecho delictivo, el correcto desarrollo de la ejecución de la pena y las consecuencias que importarían revocar esta modalidad de cumplimiento en el caso concreto, donde existen cinco niños menores de edad que quedarían sin su madre, única referente familiar", continúa la presentación.