Una mujer en extrema situación de pobreza que cumple rigurosamente desde 2014 una condena domiciliaria en una precaria vivienda de El Mangrullo, pena que le impusieron por matar a un hombre que abusaba y violentaba a una amiga con retraso madurativo, podría volver a prisión efectiva con el argumento de que el menor de sus hijos cumplió cinco años de edad, límite para acceder al beneficio. Desde la defensa advierten la política persecutoria de la fiscal que impulsa la medida, con escasa perspectiva de género y comprensión de la realidad social que envuelve el caso.
La Justicia provincial dirime por estos días un caso que está lejos de los homicidios de bandas criminales, las balaceras y extorsiones. La Asociación Pensamiento Penal alertó que la fiscal María Josefina Bertotto (oficina de causas de Ejecución Penal) solicitó en febrero pasado que a Norma S., de 34 años, le colocaran una tobillera electrónica para el control del cumplimiento de la pena que le impusieron allá por 2014.
Fin al calvario de una amiga
Según se pudo reconstruir del legajo, fue condenada en un juicio abreviado a 10 años de prisión por un homicidio ajeno al mundo criminal, más bien ligado a la furia desatada por una circunstancia de sometimiento que le tocó de cerca durante mucho tiempo.
Todo ocurrió en el asentamiento El Mangrullo, uno de las zonas más pobres y abandonas del sur rosarino. Allí, cada vez que pudo, Norma le brindó contención a una amiga que tenía retraso madurativo y padecía el abuso y los golpes de su pareja. Uno de esos días Norma decidió poner fin al calvario de su amiga y mató al hombre.
Tras el acuerdo en el juicio abreviado, se decidió que cumpliera la pena bajo modalidad domiciliaria. A cargo de cinco hijos menores de edad, solo puede salir más a 150 metros de la casa para asistir a una huerta donde la capacitan. Al pie de la letra, sin sanciones ni llamados de atención cumplió con la medida. Incluso se las arregló para criar a hijos. Entre ellos, dos nenas son abanderadas de la escuela.
Ocho años después
Sin embargo, ocho años después, la fiscal Bertotto decidió solicitar que la controlen con tobillera electrónica, para lo cual el Ministerio de Seguridad hizo constataciones técnicas en el domicilio de la mujer. Ante las precarias condiciones del lugar y la ausencia de servicios básicos (tendido eléctrico oficial, entre otras decenas de carencia), se determinó la imposibilidad de hacer el monitoreo de la tobillera.
Ya en esta instancia, también intervino el Servicio Público de la Defensa Penal con la abogada Gabriela Cabrera. Según indicaron desde el organismo, a pesar de los antecedentes y la excelente conducta de la condenada, constados por distintos informes ambientales y psicosociales, la fiscal solicitó la revocatoria de la prisión domiciliaria porque la joven tiene “conexión clandestina de electricidad”.
En una audiencia que se celebró el 28 de abril bajo la presidencia del juez Rafael Coria, la Fiscalía mantuvo su postura, pero modificó el argumento por el que solicitó la revocación de la prisión domiciliaria de la interna. Indicó que se debía a que su hijo ya había cumplido cinco años, límite para acceder al beneficio.
Cumplimiento ejemplar
La defensora se opuso y lo fundamentó con algunos informes relacionados a la vida de Norma en todos estos años. Una trabajadora de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes indicó que que al estar involucrados los hijos menores de edad, sus derechos podrían afectarse en caso de que la mujer, único sostén de la familia, fuera a prisión efectiva. Además, se recalcó que superó la proporción de la pena para obtener la libertad condicional.
Otras trabajadoras sociales y psicólogas que realizaron relevamientos, ratificaron los cuidados que le otorga a los hijos como adulta significativa, a pesar del marco de pobreza persistente. Una representante del patronato refirió a Norma como “un caso testigo” de cumplimiento de la prisión domiciliaria en todos estos años, ya que apenas se mueve entre la huerta donde se capacita y su casa, valoró que no registra incumplimientos y comprende las condiciones del arresto domiciliario.
Luego de escuchar a las partes, el juez Coria decidió no hacer lugar al pedido de la Fiscalía y mantuvo la prisión domiciliaria dispuesta oportunamente a favor Norma, aunque ordenó que el Patronato de Liberados continúe con la supervisión de la obligación de permanecer en el domicilio.
En otro punto, el magistrado mantiene vigente las autorizaciones dispuestas oportunamente en días y horarios para que pueda salir de la casa a las capacitaciones, y la autorizó a acompañar al su hijo menor para realizar el proceso de adaptación al jardín de infantes, lo cual debe acreditar con la asistencia en forma mensual.
Además, Coria instó a las instituciones del Estado que pongan a disposición de Norma “un espacio terapéutico fin de realizar abordaje subjetivo en relación al delito por el que ha sido condenada, y las consecuencias que generó en víctimas y familiares”.
No obstante, la fiscal Bertotto apeló el fallo, y llevó la discusión ante la segunda instancia penal. El llamativo caso, que Pensamiento Penal tildó de “gravísimo” por el tenor de la persecución penal carente de una mirada con perspectiva de género y compresión social, se resolverá el próximo 7 de junio ante la jueza Carina Lurati, integrante de la Cámara Penal de Rosario.
Lectura ciega de la ley
“La decisión de pedir la revocatoria en segunda instancia habla de una falta total de perspectiva de género y un punitivismo ciego. Si fuera el caso de una mujer que incumple la domiciliaria, pero nada de eso ocurrió, porque el cumplimiento de las reglas en estos ocho años fue perfecto. La Fiscalía únicamente fundamenta el pedido porque el hijo más chico cumplió cinco años. Si bien tienen (los fiscales) instrucciones de oponerse a la domiciliaria, el juez de primera instancia la rechazó y no hizo lugar. Pero a pesar de ello la fiscal apeló, sigue intentando que la mujer vaya a la cárcel.
“No tiene ningún sentido, porque incluso está en plazo para obtener la libertad condicional. Es una aplicación ciega y textual de la ley. Es un contrasentido que alguien que cumple el arresto domiciliario de forma intachable vuelva a la cárcel. También se olvida la fiscal de la perspectiva de los hijos, que es parte del ordenamiento jurídico, garantizar el interés superior del niño”, indicaron alertados desde la Casa Cristina Vázquez, que nuclea a la Asociación Pensamiento Penal y la ONG Mujeres Tras las Rejas.