La Cámara de Diputados aprobó esta noche y giró al Senado el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que plantea modificaciones en el Código Penal, a fin de despenalizar el delito de calumnias e injurias.
Si se aprueba el proyecto enviado por la jefa de Estado al Parlamento, quien se sienta calumniado o injuriado por dichos de un tercero sólo podrá reclamar un resarcimiento económico.
La derogación de la figura de calumnias e injurias como delito punible cumpliría con un pedido de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que el año pasado advirtió a la Argentina que estos delitos atentaban contra la libertad de expresión, ya que un periodista podía ir preso por lo que escribiera.
El artículo 109 del Código Penal define a la calumnia como "falsa imputación de un delito", condenada con entre uno y tres años de prisión.
La injuria, contemplada en el artículo 110, es una variante de la anterior, y se refiere a quien "deshonra o desacredita" a alguien, con la diferencia de que ésta no prevé penas de prisión sino que se castiga con una multa.


























