Injusto e ilegal debe considerarse al recargo punitorio que la Administración Provincial de Impuestos aplica a los jubilados que durante el segundo segmento del año 2009 y todo el 2010 no pudieron pagar el impuesto inmobiliario al no recibir los respectivos avisos de pago. Tampoco tuvieron durante todo ese lapso notificación alguna con relación a su situación tributaria y, no obstante no haber solicitado exención alguna, figuran en el sistema operativo de la API como "exento", con un saldo deudor de cero peso ($0). Estos jubilados, al concurrir a esa dependencia provincial a solicitar que se les informe sobre el particular, recibieron como respuesta que "habían sido exentos por error administrativo al aplicarse la resolución Nº35 del 1º de noviembre de 2010 del administrador provincial de impuestos y, en consecuencia, debían iniciar un expediente solicitando la baja de la exención" y pagar el impuesto que correspondía pero con un recargo punitorio porcentual desde la fecha de cada vencimiento por pagar fuera de término. Es decir: la provincia por error de su administración no les permitió pagar en término y ahora les aplica un interés punitorio por no haberlo hecho. Es de esperar que el gobernador Binner o sus funcionario aclaren debidamente este tema que ha causado serios perjuicios a no pocos jubilados por aplicación de un criterio injusto e ilegal.































