La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), ex Afip, anunció para el mes de julio una importante reforma en cuanto al régimen del monotributo. Se trata de la recategorización obligatoria, un trámite esencial para quienes para mantenerse dentro del sistema.
Con los nuevos aumentos de los montos de julio, Arca exige la recategorización para quienes cobren su monotributo según las nuevas escalas que rigen de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC). Este índice en el último periodo acumuló un 21,14%, Lo que impactó en los limites de cada categoría de monotributistas.
Según lo determinó el gobierno nacional, los monotributistas deben realizar su recategorización dos veces al año, la primera fue en febrero y la segunda será en julio, basándose en la facturación del último año. Es necesario que los contribuyentes estén al tanto de los cambios y fechas para sus respectivas recategorizaciones ya que dicho proceso es obligatorio y permite adecuar la situación fiscal de cada contribuyente según su nivel de ingresos. En este sentido, el gobierno nacional anunció que, en caso de no recategorizarse si corresponde en el mes de julio, los monotributistas pueden sufrir sanciones económicas o multas.
¿De qué se trata la recategorización de los monotributistas?
Según lo determinó Arca, todos los usuarios que posean monotributo, deben recategorizarse dos veces al año: en febrero y próximamente Arca publicará la fecha oficial apra realizar las recategorizaciones del mes de julio. Dicha recategorización se basa en la facturación acumulada en los últimos 12 meses.
Ahora bien, los monotributistas que tengan un mínimo de 12 meses dentro del régimen simplificado pueden acceder a la “Recategorización simplificada”, donde el sistema muestra de forma automática la facturación anual. A partir de ello, el usuario analiza si se mantiene en la misma categoría o debe bajar o subir.
Si según su facturación anual el monotributista no debe cambiar de categoría, no es necesario hacer ningún tipo de tramite.
¿Cuales son los montos de cada categoría del Monotributo en junio 2025?
A partir de junio de 2025, las escalas de ingresos brutos anuales para cada categoría del monotributo son:
- Categoría A: $7.813.063,45
- Categoría B: $11.447.046,44
- Categoría C: $16.050.091,57
- Categoría D: $19.926.340,10
- Categoría E: $23.439.190,34
- Categoría F: $29.374.695,90
- Categoría G: $35.128.502,31
- Categoría H: $53.298.417,30
- Categoría I: $59.657.887,55
- Categoría J: $68.318.880,36
- Categoría K: $82.370.281,28
¿Cómo hacer la recategorización?
Para realizar la recategorización es necesario seguir con los siguientes pasos:
- Ingresar a la página web de de Arca e ingresar número de CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal.
- Ir a la opción “Recategorizarme”.
- La página informara la categoría actual y los límites de las categorias vigentes. Para saber la categoría nueva dirigirse a “escalas vigentes”.
- Si corresponde, dirigirse a “Continuar recategorización”.
- Ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses y responder las preguntas solicitadas.
- Ingresar los datos correspondientes a la actividad para determinar la nueva categoría.
- El sistema mostrará la categoría que correspondiente según los datos aportados.
- El sistema va a informar que la transacción se hizo correctamente y se va a poder imprimir la nueva credencial.
>> Leer más: Arca anunció que el monotributo es gratis para un grupo de personas: quiénes no pagan