La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer que la líder de la Túpac Amaru, Milagro Sala, posea inmunidad de arresto por haber sido electa parlamentaria del Mercosur.
La Corte Suprema de Justicia rechazó ayer que la líder de la Túpac Amaru, Milagro Sala, posea inmunidad de arresto por haber sido electa parlamentaria del Mercosur.
Los jueces del alto tribunal evaluaron que "la inmunidad prevista por la normativa del Mercosur frente a la jurisdicción de todos los Estados parte se encuentra claramente circunscripta a la de juzgamiento civil o penal por las opiniones y votos emitidos en el ejercicio de sus funciones".
La defensa de Sala había basado su planteo de inmunidad en el artículo 16 de la ley 27.120, sobre la elección de parlamentarios del Mercosur, pero la Corte dictó la inconstitucionalidad de ese punto al considerar que "había extendido indebidamente las inmunidades reconocidas por la Constitución nacional para los miembros del Congreso a un supuesto no previsto en ella, cual es el de los legisladores comunitarios".
Para los magistrados, la inmunidad prevista en la normativa del Mercosur se encuentra "claramente delimitada" y "circunscripta siempre a la de opinión en el ejercicio de sus funciones".La Corte consideró que en el caso de Sala no estaba afectada su "libertad de circulación" o "libertad de desplazamiento", ya que al ser citada por el Parlamento del Mercosur para asumir como miembro electa ya se encontraba detenida en el marco de un proceso penal cuyo objeto es ajeno a la labor parlamentaria. Además, los magistrados puntualizaron que la dirigente social fue electa en los comicios de octubre de 2015 y convocada recién en febrero de 2016 para la sesión de marzo de ese mismo año en el Parlasur, y para ese entonces ya se encontraba detenida con prisión preventiva.
"Corresponde señalar que, como sostuvo el a quo, de la interpretación literal de las normas comunitarias surge que en el ámbito del Mercosur, y respecto de la relación de todos y cada uno de los Estados miembro con todos y cada uno de los parlamentarios, no se previó la inmunidad de arresto en los términos pretendidos", señaló la Corte.
Este fallo se conoció en simultáneo a la resolución del máximo tribunal que confirmó la prisión preventiva de Sala, pero que ordenó que se cumpla con "urgencia" la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de otorgarle la detención domiciliaria.
La abogada de Sala dijo que con el fallo de la Corte el Estado no tiene más excusa para dilatar la prisión domiciliaria