Por las severas secuelas físicas y psicológicas que sufrió un nene de siete años luego de que un poste de luz le cayera sobre la cabeza mientras participaba de un partido de fútbol, el Club Atlético Junior y la Asociación Rosarina Deportiva y de Turismo Infantil (Ardyti) fueron condenados en forma concurrente a pagar 12 millones de pesos por daños y perjuicios. El propio club admitió que la columna de alumbrado de madera se encontraba en mal estado. La jueza que dictó la sentencia valoró especialmente los efectos incapacitantes que padeció la víctima y las consecuencias que aún transita.
“Estuvo expuesto a un acontecimiento de características traumáticas en el que quedó en riesgo su vida, y que ha dejado huellas no sólo estéticas, sino psicológicas que en su proceso del paso de la niñez a la adolescencia lo afectó de modo patológico, y ha modificado su respuesta subjetiva normal”, remarca la sentencia de la demanda que iniciaron los padres del nene afectado.
Al borde de la tragedia
Todo ocurrió el 8 de febrero de 2017 cuando un niño de 7 años estaba en el interior del predio del Club Atlético Junior (Gustavo Cochet al 7500), zona oeste de Rosario, participando de un partido de fútbol. De repente, un poste de luz que se encontraba cerca del banco se suplentes le cayó sobre la cabeza, e incluso lastimó a otras dos personas.
Como consecuencia del golpe, el chico sufrió un traumatismo de cráneo severo con fractura del frontal sin secuelas neurológicas centrales. Su papá primero lo trasladó al Policlínico San Martín donde le hicieron las primeras atenciones, y luego al Sanatorio de la Mujer donde fue intervenido quirúrgicamente.
Tras el accidente, los padres del niño presentaron una demanda por daños y perjuicios contra club y Ardyti, tendiente al cobro de una reparación económica estimada en 1.204.753 pesos, más intereses. El trámite se formalizó en diciembre de 2020 ante el jugado Civil y Comercial Nº13, a cargo de Verónica Gotlieb.
Omisión
Entre los argumentos, invocaron el Código Civil y Comercial de la Nación y el reglamento general y código disciplinario de Ardyti, organizador de las competencias y a la que estaba afiliada la institución, los debieron ejercer el control sobre las instalaciones donde se realizó la actividad.
Respecto a la relación de causalidad, remarcaron que quienes contribuyeron a la producción de los daños fueron “tanto la conducta omisiva de la la liga como el club propietario del predio”, los que “debían garantizar que los partidos de fútbol se llevasen a cabo con normalidad y sin peligro de daños a los asistentes”.
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Entre los daños reclamados, citan que las lesiones le provocaron incapacidad física vital del 20 por ciento, según la pericia médica. También el daño extrapatrimonial (moral) por la edad de la víctima, características de las lesiones, los fuertes dolores que sufrió, miedo e incertidumbre, días de reposo, rehabilitación, y la imposibilidad de realizar actividades físicas y de llevar una vida social como lo hacía antes del accidente.
En definitiva, reclamaron un monto aproximado de 1.204.753 pesos más la aplicación de intereses moratorios y punitorios. Y citaron en garantía a San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros Generales, por estar a cargo de la cobertura de responsabilidad civil de Ardyti.
Condena
Una vez probado (a través de documentación y múltiples testimonios coincidentes) que el hecho ocurrió en los términos planteados en la demanda, la jueza resolvió condenar a Club Junior y la liga Ardyti, en forma concurrente, a pagar a la familia del nene 7.809.605,81 pesos más los intereses fijados, lo cual eleva la suma a unos 12 millones de pesos. E hizo extensiva la condena a San Cristóbal Seguros.
Entre sus argumentos, la jueza remarcó que “el club debe responder como dueño de la columna o poste de alumbrado, cuyo carácter de cosa riesgosa o viciosa quedó probado”, y “lo hace responsable objetivamente por el daño causado”. En este sentido, las autoridades del club habían admitido en sede policial que la columna se encontraba “en mal estado de conservación”.
Sobre el rol de Ardyti, la magistrada indicó que debe responder “por cuanto ejerce, por sí o por terceros, la dirección, el control de la cosa u obtiene un provecho de ella", según el Reglamento General y Código Disciplinario de la Federación Infantil de Fútbol Asociado de Rosario.
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Esa normativa establece que es deber de la federación, asociación o liga, realizar inspecciones en las instalaciones de las instituciones afiliadas y, en caso de comprobarse que no se ajustan a las reglas, “podrán imponer clausura u otorgar términos para cumplimentar los requisitos”, incluso “adoptar resoluciones acordes con la importancia de subsanar las falencias”.
Daños permanentes
Uno de los puntos sobresalientes del fallo está relacionado a la valoración de las secuelas, tanto físicas como psicológicas, que sufrió el nene. En ese sentido, allí se indicó que el niño vivió “un acontecimiento de características traumáticas en el que estuvo expuesta su vida y que ha dejado huellas, no solo estéticas sino psicológicas”.
"En su proceso del paso de la niñez a la adolescencia, lo afectó de modo patológico, y ha modificado su respuesta subjetiva normal. Y se evidencia que ese suceso experimentado continúa vigente, con gran monto de ansiedad y angustia, que ha disminuido o limitado las aptitudes psíquicas preexistentes en él, lo cual le impide gozar en plenitud de su vida adolescente, familiar, social y recreativa”, se expresó en el escrito.
Además, Glotieb interpretó que “no se trata de síntomas aislados, sino que, tomándolos en su desarrollo dan cuenta que padece de trastorno de adaptación en el desarrollo post traumático, producto de la experiencia padecida y la repercusión que presenta en la actualidad en su psiquismo”.
Es que de acuerdo a la pericia psicológica, el chico, hoy adolescente de 14 años, padece un trastorno post traumático, con manifestaciones ansiógenas, con episodios de pánico, miedos irracionales, trastornos del sueño, ánimo triste, dificultad para enfrentar problemas y buscar posibles soluciones, falta de concentración, con episodios depresivos y de ira, y dispersión”.
Frente a ese cuadro, la perito psicóloga recomendó retomar el tratamiento individual, “apuntando a aliviar las secuelas que han producido los hechos, y para superar el deterioro provocado por el accidente en su modalidad habitual de procesamiento psíquico, teniendo en cuenta que, a pesar del tiempo transcurrido, los síntomas continúan vigentes”.