En la sesión que este martes se extendió hasta poco después de las 4, el Concejo Municipal aprobó la ordenanza que autoriza al Departamento Ejecutivo a aumentar la tarifa del transporte urbano de pasajeros de manera bimestral. Además, los ediles y edilas votaron en forma favorable un aumento de la tarifa de taxis la que regirá a partir del 10 de enero próximo.
En la maratónica reunión, el cuerpo deliberativo también aprobó el Presupuesto Municipal de Gastos y Recursos para 2024, que importa recursos por $381.035 millones y gastos por $380.854,5 millones.
En uno de los temas más relevantes, se aprobó el proyecto enviado por el Ejecutivo que autoriza a actualizar de manera automática el boleto de colectivos en los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre de cada año, en orden al último estudio de costos elaborado por el Ente de la Movilidad de Rosario.
En la nueva ordenanza se plantea que en ningún caso la adecuación tarifaria podrá superar la variación acumulada de los dos meses previos a los que se encuentren publicados al momento de la actuación del índice de precios al consumidor. En contra de esta iniciativa votaron las bancadas Justicialista, Iniciativa Popular y Ciudad Futura.
Por otra parte, se aprobó, por unanimidad, el aumento de la tarifa del servicio de taxis a partir del 10 de enero del 2024. De tal manera la bajada de bandera de la tarifa diurna se fija en 918 pesos y 43 pesos la ficha y el minuto de espera; la tarifa nocturna en 1.073 pesos la bajada de bandera y 49 pesos la ficha y el minuto de espera; domingos y feriados, 1.176 pesos la bajada de bandera y 49 pesos la ficha y el minuto de espera y nocturna viernes, sábados y vísperas de feriados, 1.176 pesos y 49 pesos la ficha y el minuto de espero.
Crean el Sistema Municipal para la Gestión Integral del Riesgo
A partir de un mensaje del Departamento Ejecutivo extensamente discutido en comisiones se votó una ordenanza que crea el Sistema Municipal para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil con el objetivo de integrar y articular acciones con los distintos niveles del estado nacional y provincial y los distintos ámbitos municipales, las organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a prevenir la aparición de nuevos riesgos de desastres, reducir los existentes y desarrollar la resiliencia urbana.
Complejo edilicio en Corrientes y San Lorenzo
Además, se votó un mensaje del Departamento Ejecutivo por el que se otorga viabilidad en el marco de lo establecido en la ordenanza Nº 10.256/21 Sistema de Promoción para la Reconversión del Uso de Playas de Estacionamiento del área central al proyecto edilicio que de propicia levantar en la intersección de San Lorenzo y Corrientes, propiedad de la firma Riviera Palace SA, “admitiéndose en carácter de excepción una altura máxima de 76,50 metros.
Se precisa en el artículo 2º que el permiso de edificación correspondiente queda sujeto bajo la condición resolutorio del pago de la contribución compensatoria por mayor edificabilidad y/o mayor aprovechamiento por incremento de altura, que al 25 de septiembre pasado eran 230.528.404,48 pesos.
Plan de Detalle para la zona del Village
A partir de un mensaje del Departamento Ejecutivo se aprobó de manera unánime una ordenanza que establece el Plan de Detalle sector residencial ARD 30 “Village”, donde se emplaza actualmente el complejo de cines y comercios y se prevé la construcción de varios edificios.
Entre otros aspectos en la ordenanza se dispone que el desarrollador deberá donar al municipio 10 metros para llegar al nuevo ancho de la avenida Eva Perón, de 36 metros.
De igual modo, se establece una servidumbre administrativa de uso público en uno de los lotes que conformará un paseo público que deberá ejecutar el desarrollador bajo los lineamientos que elabore la Secretaría de Planeamiento.
La altura máxima se fija para el lote 1 en 25 metros con una tolerancia en más o en menos del 5 por ciento y se admite un incremento de un metro en la altura máxima en el caso de consolidar terraza verde o materiales tecnológicos innovadores.
Se determina como factor de ocupación de suelo máximo 0,65 metros; el máximo edificable 9.800 metros cuadrados y los usos admitidos residencia en modalidad colectiva, oficinas, consultorios, locales comerciales, gastronómicos y bancarios.
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Por su parte la altura máxima para el lote 2 se establece en 47 metros, factor de ocupación del suelo 0,50 y máximo edificable en 8.800 metros cuadrados.
Se consigna que el Plan de Detalle queda sujeto al previo pago de la compensación por mayor aprovechamiento por incremento de altura exceptiva aplicable sobre la superficies de 17.348 metros cuadrados, en razón de un 15 por ciento del precio base por metro cuadrado del valor establecido según rango 4 y actualizado al momento de su efectivo pago.
Igualmente se consigna que el municipio podrá solicitar el pago de la contribución por mayor aprovechamiento en dinero o en otras que considere de interés prioritario en el ámbito del distrito noroeste y en tal sentido se precisan las plazas Vicente López, Fausto Hernánez y Chaco, el parque Virginio Ottone, el espacio público de Forest y Ricardo Rojas y el nuevo paseo de calle Azcuénaga.