Un hombre deberá ser indemnizado por un hipermercado luego de sufrir el robo de su vehículo del estacionamiento de una de sus sucursales de esa cadena comercial, ubicada en la zona sur del Gran Buenos Aires.
"El propietario de un supermercado construye una playa de estacionamiento para facilitar la afluencia y el acceso del público, no tanto -ni sólo- en el interés de los potenciales usuarios, sino en resguardo del propio, consistente en la expectativa de mayores y más cómodas ventas", señaló la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora al fallar sobre el caso.
El hecho ocurrió en abril de 2001, en la sucursal de la cadena de supermercados Coto ubicada en Hipólito Yrigoyen 10.699, en la localidad bonaerense de Temperley, donde luego de realizar las compras, el hombre advirtió que su vehículo, el cual había dejado en el estacionamiento subterráneo, había sido sustraído por personas desconocidas.
Para los jueces Norberto Horacio Basile, Carlos Ricardo Igoldi y Rodolfo Miguel Tabernero, "el estacionamiento contiguo al hipermercado integra los servicios que el supermercado ofrece para la mejor comercialización y venta de mercaderías, generando en el usuario la convicción de que su rodado queda bajo la guarda del establecimiento".
Además, tuvieron en cuenta que dicho estacionamiento "era gratuito, de acceso libre, utilizada por clientes y visitantes del centro comercial, y al que también podían ingresar otras personas, ante la ausencia de barreras o controles".
"La playa de estacionamiento construida en el terreno del centro comercial, representa una comodidad para los clientes y, en general, para los visitantes del shopping, e, indirectamente, beneficia a los titulares de los negocios, desde el momento que favorece la afluencia del público y el consumo", agregaron.
Así, confirmaron el fallo de primera instancia y ordenaron a la empresa pagar una indemnización por daño material y privación de uso, más intereses, aunque el monto de la misma no fue especificado en el fallo.
También tuvieron en cuenta que "la contratación de un servicio de seguridad privado, con asignación de una parte del personal al área de las playas de estacionamiento" hace más valedera el hecho de que "la propia accionada tiene conciencia de la sinrazón de su agravio".



































