Un tribunal de segunda instancia de la provincia de Córdoba declaró ayer nula la sanción de una escuela privada a una alumna de imponerle 14 amonestaciones y negarle la matriculación para 2013, por considerar que no fueron respetados sus derechos de niña.
"El niño, considerado como tal hasta los 18 años, tiene derecho a saber de qué se lo acusa, de defenderse, de ofrecer pruebas y de resistir una sanción si esta no tiene un argumento jurídicamente admisible", dijo el juez Ricardo Seco, integrante del tribunal.
La decisión fue tomada por la Cámara en lo Civil y Comercial de Familia, del Trabajo y Contencioso Administrativo de Cruz del Eje, ciudad ubicada a 144 kilómetros de la capital cordobesa. La medida anulada había sido tomada por el Instituto Nuestra Señora del Rosario, de Bialet Massé, a 60 kilómetros de la ciudad de Córdoba.
Seco agregó que todo régimen disciplinario, incluido el de un establecimiento educativo privado, "debe adecuar sus reglas a normas previstas por la Constitución nacional y por los pactos internacionales que tienen la misma jerarquía".
El tribunal consideró que la decisión de la institución fue desproporcionada, arbitraria y lesiva de garantías constitucionales y reconocidas por tratados internacionales suscriptos por la Argentina. En la resolución, el vocal Seco ratificó que "la sanción fue resuelta sólo por el director cuando debió serlo por el equipo directivo del instituto, y en el proceso de sanción era menester que se oyera a la niña".
La sanción obedeció a una supuesta inconducta de la alumna en un centro comercial de Mendoza, en septiembre de 2010, durante un viaje con sus compañeras de estudios.
En la sentencia, Seco, a cuyo voto se adhirió su par, Eduardo Sarsfield, manifestó: "No hay prueba legítima y convincente de que la niña haya participado de una sustracción plural de elementos de un local comercial en Mendoza". Asimismo, la Cámara destacó que una institución educativa privada sólo puede hacer uso del derecho de admisión de forma excepcional y cuando medien causas razonables que lo justifiquen, que deben ser debidamente motivadas por las autoridades para no lesionar el derecho de aprender de los alumnos. l (Télam)