La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó el juicio oral y público a un hombre acusado de quemar con cigarrillos a su hijastra de tres años y de golpear a la madre de la niña al impedirle que la llevara a un hospital para que la atendieran.

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó el juicio oral y público a un hombre acusado de quemar con cigarrillos a su hijastra de tres años y de golpear a la madre de la niña al impedirle que la llevara a un hospital para que la atendieran.
La sala II de Casación rechazó un pedido de probation del acusado —suspender el juicio y a cambio hacer tareas comunitarias— al ratificar "la obligación del Estado argentino de investigar, esclarecer los hechos de violencia contra la mujer, y sancionar a sus responsables", informaron ayer fuentes judiciales.
Los hechos ocurrieron el 24 de enero pasado, cuando el hombre se encontraba en su casa de la villa porteña del Bajo Flores al cuidado de su hijastra de tres años y la quemó con cigarrillos en las manos, la cara, los ojos, una oreja, los brazos, las piernas, el tórax y el abdomen, que le provocaron quemaduras de tipo A con ampollas y le dejaron lesiones calificadas como "graves".
Cuando la madre de la niña, y concubina del agresor, llegó a la casa a la noche luego de trabajar y vio las lesiones que tenía su hija, quiso llevarla a un hospital pero su pareja se lo impidió y comenzó a golpearla, provocándole lesiones en la pierna izquierda.
Intervino la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que calificó como de "altísimo riesgo" la situación de violencia familiar que se vivía en la casa, tanto para la mujer como para su niña y su otro hijo. El acusado pidió acceder a una probation pero la fiscalía la rechazó por "la naturaleza misma de los hechos imputados", los que "son aberrantes dada la edad de la víctima y su imposibilidad de defenderse". Y solicitó el juicio "para escuchar a la madre de la víctima, y a los médicos, para esclarecer los hechos acaecidos y para establecer qué sucedía en la vivienda".
"La suspensión del proceso a prueba es inconciliable con el deber que tiene el Estado de investigar, esclarecer los hechos de violencia contra la mujer, y sancionar a sus responsables en un juicio con las debidas garantías", sostuvieron los camaristas.




