Cinco días después del acuerdo judicial abreviado que asigna condenas atenuadas a 18 procesados por integrar la banda de Los Monos las acciones sangrientas ligadas a este grupo rebrotaron con furor allí donde usualmente se despliega su predominio. El 20 de abril, en la puerta de su casa de Villa Gobernador Gálvez, fue fusilado de siete tiros Rubén Muñoz, de 51 años. Su ejecución pareció cerrar un círculo de venganzas inciado seis meses antes con el crimen de Luis Bassi, de 68, y continuado en diciembre con el de Miguel Damario, de 57 años. Las víctimas fueron los padres de los tres detenidos procesados por el homicidio de Claudio “Pájaro” Cantero, líder de Los Monos, ocurrido en mayo de 2013.
Al día siguiente del crimen de Muñoz, el martes 21 de abril, hubo un atentado feroz contra el auto que conducía Diego Cuello cuando llegaba a su casa de Hilarión de la Quintana y Moreno. Quienes le dispararon lo hicieron con la usual sangre fría que los sicarios dedican a estas tareas. Los 15 tiros que atravesaron la carrocería no hirieron a Cuello pero sí a sus hijas de 2 y 7 años, quienes se salvaron por milagro.
Cuello es un narcotraficante cercano a Los Monos pero tomado por éstos como enemigo tras acercarse a Martín “Fantasma” Paz, a quien el clan Cantero consideró un traidor por abrir en solitario una línea del negocio narco lo que, se presume, le costó la vida en otra conjura sanguinaria en septiembre de 2012.
Un día después del ataque a Cuello, el miércoles 22, hubo una réplica en barrio La Granada con enfrentamientos que duraron hasta entrada la madrugada. Esta vez el que pagó fue Javier Aníbal “Javito” M., de 18 años, quien se cree que baleó a Cuello y sus hijas el día anterior. Con un tiro en el abdomen, Javito quedó detenido. Se lo sindica en varios homicidios, entre ellos el de Luis Bassi en octubre pasado, por el que quedó con prisión preventiva.
Arenas movedizas. Fue imposible no conectar este baño de fuego que durante 30 horas recrudeció a ambos lados del Saladillo con la tinta aún fresca del abreviado que despertó una fuerte polémica dentro y fuera de Tribunales. El convenio cerró con 9 años de prisión para el jefe de la asociación ilícita, Ariel Máximo “Guille” Cantero, y penas que mayoritariamente son de tres años de prisión efectiva a los miembros que confiesan los delitos de la banda, que incluyen haber ordenado homicidios, concretado extorsiones y acopiado armas.
Asociar abreviado con esta explosión de violencia es discutible. Nadie podrá decir que si los implicados hubieran recibido penas más duras —para lo cual debería haberse encarrilado un juicio regular que las defensas prometían sería una guerra— las refriegas habrían cesado. Eso no lo asegura la Justicia sino el adecuado control político del territorio. Pero la Justicia da señales de que en los territorios se leen y cinco días después del acuerdo —y uno después de las elecciones primarias— Los Monos salieron a empapar la calle de balas.
El abreviado a Los Monos está en arenas movedizas no tanto por su sustento legal sino por la recriminación social que despierta. Ese descontento público —expresado por actores políticos y judiciales de diversos alineamientos— es la devolución de una estrategia de persecución que no estuvo a la altura de lo que anunció ser: la contienda legal a fondo ante la banda insignia de la criminalidad local. Esta disputa tuvo problemas de coordinación entre fiscales y jueces, con un cuerpo de fiscales armado para seguir cuestiones patrimoniales y desarmado sin terminar su misión, con pruebas malogradas y que acaba con penas más leves que las que reciben acusados por delitos menores.
Pero el sustento legal del acuerdo será también motivo de un concienzudo análisis del juez de Sentencia que debe homologarlo. Si no fuera porque entre funcionarios de Tribunales transcurre entre susurros, el controvertido debate da para alquilar balcones. El abreviado suscripto entre los Fiscales de Cámara y los abogados de Los Monos no fue hecho público pese a su trascendencia social. Pero sus objetores señalan que dado lo que trascendió habrá que ver, incluso, si su legalidad funciona.
Cambio. El punto conflictivo del abreviado es que a los delitos de asociación ilícita investigados por el juez Juan Carlos Vienna se le incorporó la causa por el homicidio de Diego Demarre, ocurrido al día siguiente del crimen del Pájaro. Guille Cantero estaba acusado de ejecutor material, lo que implica prisión perpetua pero para que la pena se sostuviera en nueve años los fiscales aceptaron cambiar el rol de Guille a partícipe secundario.
Pero eso no bastaba para ajustar la pena pretendida por las defensas. Entonces los fiscales también admitieron cambiar la calificación legal del hecho, es decir, la narración jurídica de cómo sucedió. A instancias de la fiscal Cristina Herrera, la jueza Alejandra Rodenas había procesado a Guille por homicidio agravado por el uso de arma de fuego y calificado por el concurso premeditado de dos o más personas. Esto último, la premeditación, salió de la calificación. Si se hubiera mantenido, lo mínimo que podían imponerle a Guille era diez años.
El constitucionalista Jorge Vanossi dice que para admitir que un acto judicial alcance autoridad de cosa juzgada requiere que la verdad jurídica objetiva del hecho quede consagrada con la mayor fuerza posible. El fallo de una causa debe ser una derivación razonada del hecho juzgado y del derecho vigente y no producto de la voluntad del juzgador.
Y en el crimen de Demarre es notable, según las escuchas telefónicas, que hubo dos personas que desde adentro de Tribunales, donde estaba la víctima minutos antes de ser acribillada, guiaron a los asesinos. Un indicio, entre otros, de la existencia de planificación del crimen.
En el segundo y tercer piso de Tribunales el asunto es largamente abordado en estos días. De hecho el cronista recoge de allí varios de estos matices. El acuerdo de Los Monos debe ser homologado por un juez de Sentencia, que hoy es Julio César García.
En principio el juez debe aceptar la negociación porque es un acuerdo de partes y no tiene facultades de desestimiento. Pero la homologación sólo tiene sentido si las condenas fungen dentro de los parámetros de la ley. Esto implica, por ejemplo, que para que Guille Cantero sea partícipe secundario en el caso Demarre la construcción histórica del hecho juzgado debe coincidir con su rol allí. Si toda la evidencia descarta esa posibilidad sería cuestionable, desde el punto de vista de la legalidad, que un juez le diera un espaldarazo al acuerdo.
Según el procedimiento que imperó en estos casos, el objeto de la instrucción es generar la reconstrucción histórica del hecho atribuido en la imputación. Individualizar a sus autores, cómplices e instigadores. Y determinar las circunstancias que califiquen el hecho, lo agraven, atenúen, justifiquen, exculpen o influyan en la punibilidad. Esto debe hacerse de modo justo. Otra cosa es incumplir la obligación de promover la justa represión legal.
Puede ocurrir, por qué no, que tanto la figura penal atribuida a Cantero, como la calificación legal del hecho no hayan sido las que definieron en primera instancia la fiscal y la jueza para la causa Demarre y que en el abreviado se haya configurado una definición más acertada tanto de lo que pasó en realidad como de qué papel le cupo a cada penado. Dado que el acuerdo no se hizo público eso no puede saberse. Habrá que esperar.
La espera no es en un contexto inmóvil. Como se vio los actos sanguinarios se reanudaron. Y como queda plasmado en decenas de escuchas acopiadas hasta marzo la banda de Los Monos mantiene sólida vigencia en la comisión del mismo tipo de delitos que trajeron a muchos de sus miembros a juicio. A esto se suma que la Justicia Federal ha sacudido su larga modorra en relación a la temática de esta banda y se podrían producir novedades en breve en relación a sus actividades de narcotráfico. A lo que se agrega que una unidad especial de la Procuraduría de Lavado de Activos de la Nación (Procelac) está trabajando sobre la generación ilícita de sus bienes económicos.
Lo que se viene en relación al acuerdo abreviado concedido a Los Monos es el test de legalidad. Lo que es distinto de su legitimación pública, algo que, como está visto, fue motivo de una desaprobación tan plural como audible.