El rancho ardió hasta que no quedó más que algo de ropa, zapatos y cosas sueltas sobre el terraplén sur de barrio Las Flores. Cuando el fuego lo consumió casi todo en la casilla dormía Carolina Jackeline Michelotti, una nena de 10 años que vivía al cuidado de su papá y su madrastra, ambos con problemas de adicción. La muerte de la niña dejó al descubierto lo frágil que había sido su vida, privada de derechos elementales, expuesta a maltrato, vendiendo tarjetitas en bares del centro. El incendio fue intencional y según la investigación penal fue provocado por Mónica Graciela Moyano, pareja del padre de la víctima, una mujer con trastornos emocionales y una vida de carencias que este martes aceptó en un juicio abreviado una condena a 13 años de prisión.
Los vecinos de Lirio y España, a la altura de San Martín al 7200, despertaron la madrugada del 8 de marzo de 2019 por el incendio de la casilla de chapa forrada en telgopor y envuelta en nailon que se consumió en un instante. Con baldes de agua evitaron que el fuego se extendiera a otras casas pero nada pudieron hacer ante el espectáculo del horror: un cable de luz se cortó y electrificó las chapas. Cuando los bomberos terminaron con las tareas de enfriamiento se encontraron con el cuerpo semicalcinado de la pequeña Carolina, tirado en lo que quedaba de la precaria vivienda.
"Era una nena muy buena. Nosotros le habíamos puesto «La Jetona», porque andaba siempre a los gritos. Era generosa. Si compraba facturas te compartía. Vivía con el papá y la mujer de él, dos personas que vivían drogadas. Todo el tiempo dados vuelta. Los tres iban a vender tarjetitas por los bares y vivían de eso”, contó esa mañana una vecina. Carolina estaba en 4º grado y a punto de empezar las clases en la escuela Crucero Ara General Belgrano. En el barrio contaron que “el papá la quería mucho pero la mujer no. La vivía peleando, siempre a los gritos, con malos tratos”.
En un primer momento fueron detenidos los dos cuidadores de Carolina pero con el avance de la investigación fue desvinculado su padre, Esteban Visca, al comprobarse que aquella noche estaba con su hija cuando los sorprendieron las llamas. Con quemaduras en las manos, el hombre contó que la nena dormía en un colchón mientras él fumaba cerca de ella, de repente quedaron atrapados en el fuego y no pudo salvarla.
La acusación recayó entonces sobre Mónica Graciela Moyano, de 41 años, quien según se describe en la condena arrojó por la ventana del rancho un objeto en llamas en un ataque que iba dirigido a su pareja. La mañana anterior habían discutido. El hombre denunció en la comisaría del barrio que quiso poner fin a la relación y la mujer lo amenazó con prenderle fuego la casa, matarlo y autolesionarse para inculparlo. Dos días antes, el 6 de marzo, Moyano había prendido fuego un colchón cuando en la casa no había nadie, sin que el fuego llegara a propagarse.
Por toda esta secuencia fue condenada por los delitos de incendio en tentativa, amenazas simples, el homicidio simple consumado de Carolina y el intento de homicidio calificado por el vínculo de Visca. La condena a 13 años de prisión fue propuesta en un acuerdo abreviado entre la fiscal Georgina Pairola y la defensora pública Andrea Siragusa. Los jueces Héctor Núñez Cartelle, Hebe Marcogliese y María Isabel Mas Varela aceptaron la propuesta y dictaron la sentencia la tarde del martes.
"Por lo que sabemos Esteban y Mónica se habían casado hace cuatro años y vivían en villa Banana. Pero ella había prendido fuego una casa allá y por eso se vinieron para acá. Era gente con la que era muy difícil comunicarse porque estaban todo el tiempo muy drogados”, relataron tras la muerte de Carolina los vecinos del rancherío levantado entre el barro y la basura, sin agua potable, donde la nena creció en la vulnerabilidad más extrema. Contaron que las peleas de la pareja eran frecuentes y solían encerrar a la nena con candado “cuando se iban a drogar”.
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“Moyano se pelea con su marido y se la agarra con la nena. Le pega y la encierra en la casa. La nena llora y grita que la dejen salir. A veces pasa todo el día sin comer porque la encierran sin nada”, aportó un hombre del barrio. No se comprobó que aquella noche la casilla estuviera cerrada con cadena y candado, como señalaron algunos testimonios. Sí se estableció que la nena se despertó por el humo y alcanzó a gritar pero la intoxicación por monóxido de carbono le impidió desplazarse a la salida.
La mujer fue entrevistada por una junta especial en salud mental que no la consideró inimputable aunque detectó en ella un “trastorno de inestabilidad del ánimo” que no afecta la comprensión y una “tendencia piromaníaca”, sin criterio de internación en una institución psiquiátrica. La sentencia refleja que además de “las extensas situaciones de violencia relatadas por los testigos contra la hija de su pareja” Moyano cuenta con una condena cumplida a 5 años de prisión dictada en 2011 por un robo común y otro con arma blanca. Por este motivo fue declarada reincidente.
Al fijar la pena se tuvieron en cuenta las causas sociales que rodearon al caso y la particular historia de vida de la mujer, “atravesada por el rechazo materno, el abandono escolar y el tránsito por instituciones. La imputada es una persona que ha visto truncada su existencia en distintos momentos de su vida. Su vulnerabilidad ha sido tal que se evidencia un claro menor ámbito de autodeterminación”. Un cuadro que, según el acuerdo, debe disminuir el reproche punitivo.
En ese contexto el vínculo de Moyano con su pareja resultó un sostén ante “su gran vulnerabilidad psíquica y social” que se reflejó en “conductas errantes, desordenadas, a veces violentas, migrancias sin planificación e intentos de suicidio”, al punto que llegó a prenderse fuego en una detención previa. El acuerdo resalta la “evidente ausencia de los resortes del Estado” para evitar el trágico desenlace: “No fue un hecho aislado que ocurrió de manera imprevista. Los padecimientos de los involucrados fueron advertidos por distintos organismos y operadores del sistema penal, de la familia, social, educativo y de salud”, que no bastaron para activar mecanismos de contención.