Estamos observando en Santa Fe hechos que enmudecen las palabras, pero que
hablan de la violencia laboral que padecemos. Esta toma formas y sustancias inesperadas,
produciendo accidentes de trabajo donde mueren trabajadores. Hay violencia laboral cuando el
empleador y en forma indirecta el Estado no garantizan las condiciones de higiene y seguridad, para
que el empleado pueda realizar sus tareas sin arriesgar su integridad física y psíquica. También
hay violencia cuando se naturaliza que el lugar laboral sea génesis de accidentes y padecimientos
para los empleados.
En el decurso de historias recientes, se puede ver cómo el Estado aceptó y
tácticamente aprobó la normalización de malas condiciones de trabajo; por ejemplo, cuando los
choferes de los colectivos del transporte urbano de pasajeros hacían múltiples funciones mientras
manejaban (daban el boleto, recibían el dinero, daban el cambio y ordenaban el pasaje, etcétera),
agregándose la posibilidad que al chofer le robaran la recaudación dineraria. Todo ello, poniendo
en riesgo su vida y la de los demás. Una situación que se mantuvo hasta el año 1997, cuando se
implementó la tarjeta magnética. Pero antes debieron contabilizarse accidentes de trabajo y de
tránsito, a que indudablemente conducían estas malas condiciones laborales. En consecuencia, el
famoso y popular axioma "trabajo es salud" hace tiempo que ha comenzado a desgajarse y por sus
grietas aparecen graves riesgos en el trabajo.
En el escenario laboral hay varios actores, pero en relación a la prevención de
accidentes y enfermedades laborales, hay protagonistas con responsabilidades claras a saber: el
Estado provincial, las aseguradoras de riesgos del trabajo y los empresarios.
Es obligación de las autoridades estatales garantizar legal y culturalmente el
cumplimiento de las normas de higiene y seguridad. Y, proponer los cambios legislativos que
correspondan. Es obligación, insustituible e intransferible, del Estado hacerse cargo integralmente
de esta función. El Estado debe velar por el integral cumplimiento de la ley 19.587 de higiene y
seguridad en el trabajo, su decreto reglamentario 351/79 y la ley de riesgos del trabajo 24.557 y
sus decretos, en los casos que correspondan.
Es interesante recordar el decreto 1760/96 que puntualiza la participación
trabajadora en las propuestas de mejorar las condiciones de trabajo. Ello debería redundar en la
prevención de infortunios y enfermedades laborales, cuidando así un bien esencial humanístico y
jurídico importante, como es la salud. Poder evitar los accidentes, nos permitiría enervar la
judicialización de lo que el empleado perdería y no volvería a recuperar, porque con la prevención
no sería necesaria la intervención de la justicia.
Es un avance importante la propuesta de la constitución de los comités mixtos de
higiene y seguridad en el trabajo, pero no son suficientes si no van acompañados de una profunda
reforma cultural de la actividad estatal. Es que la verdadera reforma está dada cuando el Estado
cumple y hace cumplir integralmente la ley, en forma sistémica, continua y planificada. Dicha
actitud desmontaría la conocida actividad estatal que se caracteriza por espasmódica (se activa
profundamente cuando acontece el accidente y luego cesa o es morosa), casuística e ineficaz.
En definitiva, es una organización jurídica que nos remite a un futuro pasado
enmarcado en el siglo veinte. Y va de suyo que así no se va a parir un nuevo y buen Estado, que es
lo que necesitaríamos en la neomodernidad del siglo veintiuno. Debería ser política de Estado y no
mera coyuntura la erradicación de la violencia laboral. Queda claro entonces que, cuando un
trabajador es sometido a condiciones precarias y riesgosas de trabajo, que van en desmedro de su
salud psíquica y física, nos encontramos ante las palabras mudas de los hechos que dan origen a una
de las especies de violencia laboral, pues el empleado no tiene la autonomía necesaria para
neutralizar el tácito mal trato al que es sometido.
Quizás es demasiada utopía plantearse hoy que el trabajo sea el lugar de
realización de las personas (que lo debería ser), pero creo que es escandaloso acostumbrarnos a que
sea normal que el trabajo sea un lugar depredador de la salud del empleado. El trabajo es para
cobrar un sustento, no para pagar con el cuerpo. No debería ser cuerpo por salario o salud por
salario. Es el Estado el que tiene que obrar para corregir relaciones asimétricas dentro de la
relación de dependencia. Y además es de recordar que en el Estado (que no es el mercado, si bien lo
formamos todos) la responsabilidad es de quienes lo conducen, y por ende son ellos los tienen que
garantizar una efectiva promoción de salud laboral.
(*) Abogado. Doctor en ciencias jurídicas y sociales. Mediador.