"La escuela, a la hora de la salida de los chicos, tiene que poner una custodia. Si bien un hecho como este es imprevisible, no es inevitable. Por eso el tribunal dijo que se deben prever las medidas de seguridad, y mas en esos momentos que son los más álgidos como la salida de la escuela. Esta agresión pudo ser evitada. por eso el tema del caso fortuito no corresponde", sostuvo Alfredo Messina, abogado patrocinante del chico que fue atacado a puntazos por un compañero a la salida de la escuela.
Por esa agresión, las autoridades de la escuela de Enseñanza Media 8.038, ubicada en Buenos Aires al 1200, a donde concurrían ambos menores fueron condenadas a pagar 50 mil pesos de indemnización al chico agredido y a su familia. El hecho ocurrió en 2003 cuando los protagonistas tenían 16 y 17 años, según contó el abogado Messina en declaraciones al programa "La mañana rosarina" de La Tres.
Messina aclaró que la condena judicial no es extensiva a los profesores o docentes y sólo alcanza a las autoridades y por extensión a los propietarios del instituto.
"El chico que fue víctima fue atacado en el primer escalón de la puerta de la escuela en el año 2003 en el momento de la salida. En principio no fueron demandados los padres del pibe agresor porque ellos habían cedido la guarda al establecimiento educativo. Esto está en la ley. Cómo pueden controlar los padres a sus hijos cuando están en la escuela. Esto está en el artículo 1.117 del Código Civil. El establecimiento educativo se desembaraza de esta responsabilidad si logra probar la eximición por el caso fortuito o la culpa de la víctima. En este caso mi cliente fue agredido por otro chico y ni siquiera se comprobó que hubo pelea."