El joven de 23 años que mientras corría picadas con su auto en la zona sur embistió y causó la muerte de Fabián Cragnolino en marzo de 2019 fue condenado este martes a cumplir 8 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir, como autor responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual, una calificación inusual para accidentes viales. Las cámaras que captaron el siniestro, los testigos y los antecedentes del acusado, inclinaron la decisión del jurado.
A ese conclusión llegó el Tribunal del juicio oral y público que se desarrolló durante una semana y tuvo en el banquillo de los acusados a Gastón Abraham Dlugovitzki, conductor del auto Ford Focus que el 6 de marzo de 2019 atropelló a más de 100 kilómetros por hora a Cragnolino, de 43 años, padre de tres niños pequeños y residente junto a su familia en Ybarlucea, comuna del la cual era el tesorero.
El Tribunal valoró los antecedentes del conductor, que en el juicio se probó con más de 60 audios que se arrogaba conducir por la ciudad a toda velocidad "raspando espejos". Decia que era Toreto, de Rápidos y furiosos
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El siniestro ocurrió en la intersección de Garibaldi y San Martín, a las 23.15. Según testigos, registros fílmicos y pericias, el conductor del Focus circulaba entre 122 y 130 kilómetros por hora mientras corría picadas con otro auto por avenida San Martín, cuando embistió un lateral del utilitario Renault Kangoo que manejaba Cragnolino por Garibaldi. En ese momento la víctima coordinaba camiones de recolección de residuos de la empresa Lime.
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En los alegatos de apertura del juicio, la fiscal Valeria Piazza Iglesias había solicitado 12 años de prisión y 10 años de inhabilitación para Dlugovitzki. Entre las pruebas, se exhibieron pericias accidentológicas, una reconstrucción, declaración de médicos y amigos y familiares de la víctima.
Además, se mostraron audios y filmaciones del teléfono del conductor, que se registraba corriendo picadas en la misma zona del accidente y subía las grabaciones a su cuenta de Facebook. En uno de esos posteos se ufanaba: “Voy a 160, a 180” kilómetros por hora.
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Para la fiscal, esa conducta encuadró en la figura penal de homicidio simple con dolo eventual, luego de considerar como agravantes la “temeraria, imprudente y recurrente” conducta del imputado.
Además, la acusadora presentó más de 40 testigos, en tanto que la querella, que representó a los hijos y a la esposa de Cragnolino, también coincidió con el pedido de pena. Por su parte, los abogados defensores, Renzo Biga e Ignacio Carbone, habían solicitado el cambio de carátula por el de homicidio culposo, y la absolución de su asistido.
Sin embargo el Tribunal, integrado por los jueces María Isabel Más Varela, Mariano Aliau y Rodolfo Zvala, en una decisión que se dio a conocer este mediodía, halló culpable Dlugovitzki.