Jorge Antonio Díaz ya había apuñalado a la mujer en el interior del video club
donde ella trabajaba, en plena zona urbana de Las Rosas. Le había partido un cuchillo en el pecho
cuando esbozaba un intento de resistencia. Ya le había robado algo de dinero y el teléfono celular.
También, con otra cuchilla, le había cortado las ropas y la había desnudado de la cintura hacia
abajo, para abusar sexualmente de ella. Sin embargo, antes de retirarse y al observar que la
víctima aún conservaba algo de fuerzas como para intentar ganar la calle, no vaciló en volver sobre
sus pasos para la estocada final: otra puñalada que le hundió en el pecho
Por ese crimen, ocurrido la noche del 24 de junio de 2007 en esa ciudad a 120
kilómetros de Rosario, Díaz fue condenado a prisión perpetua y declarado reincidente por tercera
vez. Según el fallo dictado por la jueza de Sentencia Nº 7, Carina Lurati, el imputado cometió el
homicidio cuando le faltaban cuatro días para cumplir la pena privativa de libertad en la que ya se
lo había declarado reincidente por segunda vez.
Asado al mediodía. Díaz tiene actualmente 37 años. Vivía en esa ciudad del
departamento Belgrano en pareja con otro hombre al que había conocido compartiendo pabellón en la
cárcel de Coronda. La relación se había iniciado cuatro años antes. El día del homicidio, los dos
recibieron la visita de unos familiares con los que comieron un asado al mediodía. Después, cuando
ya había caído la noche y los visitantes se habían retirado, Díaz anunció que saldría a comprar
unos cigarrillos. Y se llevó un cuchillo de cocina sin serrucho.
Díaz contó ante la Justicia que esa noche caminó por demás en busca de un
comercio porque aún no conocía lo suficiente la ciudad. Hacía un año aproximadamente que se había
instalado allí con su pareja, cuyo apodo era Marilú. Tras dar un par de vueltas, en un momento dado
desembocó en el video club de Cerrito 381. Dentro del local estaba Francisca Teresa Dadone, de 65
años. La mujer estaba sola y, según se pudo reconstruir en el expediente, detrás del mostrador.
Díaz se paró delante de la vidriera del negocio, cubierta de afiches
promocionales de películas, y detectó la presencia de Dadone. La jueza Lurati estableció que el
hombre ingresó al lugar con el fin de apoderarse dinero y otros objetos propiedad de la víctima, a
la que en Las Rosas llamaban Pancha. El acusado no ingresó de inmediato. Una pareja que llegó en
moto instantes después de él se le adelantó.
Triple X. El ahora condenado esperó a que Dadone se quedara nuevamente sola,
detrás del mostrado. Según consta en el fallo, Díaz le preguntó a la mujer si tenía alguna película
porno. Pancha le indicó que en una vitrina ubicada en la parte trasera del inmueble encontraría lo
que buscaba. Una vez elegido el título, la mujer buscó la copia en la estantería que tenía a sus
espaldas e intentó entregársela al cliente.
Cuando Pancha apoyó la película sobre el mostrador, Díaz la tomó de un brazo.
"Dame toda la plata porque sino te mato", le advirtió. La mujer quiso escapar y entonces su agresor
descargó un puntazo con tanta violencia que rompió el mango del cuchillo. La víctima comenzó a
gritar e intentó otra vez salir del local. Pero Díaz la tomó de la campera, la aferró hacia atrás y
cuando la tuvo en el piso le aplicó una trompada en la cara que le hizo volar los anteojos.
Final. Después le quitó el dinero que tenía en una riñonera y la arrastró por un
pasillo hacia la casa contigua al local. De allí tomó otro puñal que había en una mesa, le bajó los
pantalones junto con la bombacha y le cortó la remera con intenciones de abusar de ella, pero
desistió a último momento. Díaz intentó huir, pero Dadone quiso incorporarse. Fue entonces cuando
el agresor retrocedió unos pasos y le pegó otra puñalada, dejándole el cuchillo clavado en el
pecho.
Díaz volvió a su casa y le contó a Marilú lo ocurrido. Después guardó lo robado
en un ropero y puso en remojo la ropa que tenía puesta. Al día siguiente Díaz y su pareja fueron
detenidos. La policía secuestró en un allanamiento las pertenencias de la víctima. La jueza Lurati
dio por probado que Díaz cometió el homicidio para asegurarse impunidad en el robo calificado y el
intento de violación y le impuso la pena mayor que prevé el Código Penal. Al compañero, que estaba
acusado de encubrimiento, lo absolvió.