El acuerdo abreviado que involucra a 18 miembros de la banda de Los Monos deberá ser resuelto por el juez de Sentencia Edgardo Fertitta, quien revisará la legalidad de este convenio, para que en ese caso los imputados que confesaron delitos diversos reciban las condenas convenidas entre sus defensores y los fiscales. Eso se resolvió ayer a la mañana en Tribunales en un sorteo de todas las causas sujetas a sentencia, con la asistencia de veedores del Colegio de Jueces y del Colegio de Abogados de Rosario.
Frente a un acuerdo que desató una polémica jurídica y política de gran resonancia, Fertitta podría convocar a dos colegas, a fin de que sea un tribunal colegiado de tres jueces el que detemine si el entendimiento es legal. Lo haría para ofrecer mayores garantías en un caso controvertido y sensible. En donde lo más importante es establecer si la calificación de los delitos y los roles atribuidos a los condenados en el abreviado se corresponde con la construcción histórica de los hechos juzgados.
Análisis. El mes pasado este polémico acuerdo asignó nueve años de prisión a Ariel Máximo "Guille" Cantero, considerado jefe de la banda, y penas que para la mayoría promedian tres años de prisión efectiva. Las actas del abreviado relativas a la causa por asociación ilícita (913/12) fueron ya remitidas por la jueza Alejandra Rodenas al juzgado de Sentencia Nº 6, junto con el pedido de juicio del fiscal Gonzalo Fernández Bussy contra Daniel Jure, miembro de la banda de Los Monos, considerado distribuidor de drogas de la zona de Fisherton. También fue ingresado en ese tribunal un anexo con el inventario de bienes secuestrados al grupo.
El aspecto poroso de este abreviado es que la condición para su celebración, pedida por las defensas, fue que a la causa de asociación ilícita por delitos diversos —como homicidios, extorsiones, lesiones, abusos de arma, amenazas, encubrimientos— se agregara otra en la que Guille Cantero estaba acusado de ser ejecutor material de homicidio. Se trata del asesinato de Diego Demarre, ocurrido en Maipú y Seguí el 27 de mayo de 2013, un día después del crimen de Claudio Pájaro Cantero. Allí se cambió la figura del procesamiento y el rol de Guille con una alusión carente de fundamentos que ocupa no más de una carilla (foja 20987).
Por esa causa (448/13) Guille Cantero estaba acusado como autor de homicidio agravado por el uso de armas y calificado por el concurso premeditado de dos o más personas. Ese delito se castiga con prisión perpetua. Bajo la idea de que era improbable que en un juicio regular se sostuviera esa calificación, por la que Guille había sido procesado, los fiscales de Cámaras Guillermo Camporini y Cristina Rubiolo recomendaron al fiscal de primera instancia Gonzalo Fernández Bussy el cambio del rol adjudicado al acusado, y también la eliminación de la figura de premeditación, lo que implicaba una mejora sustancial en la situación procesal de Guille.
Cambio. En el abreviado Guille terminó como partícipe secundario en el homicidio de Demarre y la figura de la premeditación fue eliminada. Este diario tuvo acceso al texto del acuerdo. De una lectura minuciosa surge que allí no se ofrece una argumentación contundente que sustente el cambio de rol. Los fiscales solo dicen entender que debe apartarse la calificación legal del homicidio de Demarre que sostuvieron la fiscal Cristina Herrera y la jueza Rodenas quedando solo homicidio agravado por el uso de arma de fuego dado que los partícipes (no los autores directos) no intervienen directamente en el hecho. Esta última interpretación la sostienen con dos citas de jurisprudencia.
Lo que no aparece en el abreviado es ningún razonamiento planteado de por qué Guille Cantero pasa de ser el asesino de Demarre a partícipe secundario en el mismo hecho. Sólo se dice que se le adjudica esa participación secundaria "en atención a que no se acredita que el accionar del acusado haya sido el determinante" de la concreción del asesinato. Eso es señalado en una oración pero sin fundamentar tal enunciado.
El asunto es delicado en tanto ese cambio supuso una atenuación de la condena que podía recibir Guille Cantero. En el crimen de Demarre entonces actúan tres partícipes secundarios. Uno es Guille. Los otros son Leandro Vilches y Emanuel Chamorro quienes desde Tribunales, según las evidencias, avisan de la salida desde allí de Demarre hacia al lugar donde es emboscado por dos autos y ejecutado de seis tiros a los pocos minutos. Los fiscales no consideran eso un acto planificado.
Prueba pendiente. Pero las pruebas explicitadas en los anexos adjuntados a las 38 páginas del abreviado son las mismas que la jueza Rodenas utilizó para procesar a Guille como autor material del crimen. Los fiscales no hacen una lectura, al menos en el acuerdo, de qué convierte a Guille en partícipe secundario. Cuando esa conducta penal debe probarse para definir si encuadra con la narración histórica del hecho juzgado presentado al inicio del expediente.
Fiscales y defensores entienden que el partícipe secundario, que no interviene directamente en el hecho, no cuenta para definir la premeditación. Pero este asunto no es algo zanjado en la jurisprudencia. Y al volverlo a Guille partícipe secundario el caso queda sin un agente activo (el matador). Aunque lo que torna a Guille en este nuevo rol, de nuevo, no sea algo explicado.
También juicio escrito. El juez Fertitta EM_DASHeventualmente con dos magistrados másEM_DASH deberá definir si en este acuerdo existe fundamentación. Es decir, si los cambios que flexibilizaron la acusación tienen una base probatoria explicada que no los tornen arbitrarios.
Este magistrado deberá resolver no solo el abreviado sino la totalidad de la llamada "Causa Monos". Tendrá bajo su resolución la parte inicial de la causa en la que van a juicio escrito 17 imputados —la mayoría de ellos empleados de fuerzas de seguridad— que fue elevada a sentencia en enero pasado. El juez al que le tocaba inicialmente el caso era Julio César García quien se jubiló anteayer y que había solicitado su retiro en febrero, cuando no estaba presentado el acuerdo abreviado.
Todavía no llegó al juzgado de Sentencia la causa 448/13 (Demarre) que tiene que remitir el juez de Instrucción Luis María Caterina. Algo indispensable para que el abreviado, tal como fue convenido, pueda ser analizado a fin de definir si lo acordado puede o no ser homologado.
Inquietante alusión a dos años del crimen del “Pájaro”
En unas conversaciones telefónicas que están bajo análisis de fiscales del nuevo sistema penal se escucha a personas del entorno de Los Monos mencionando como objetivo un atentado criminal contra un policía y un funcionario judicial o magistrado. El supuesto ataque se asume como especie de revancha recordatoria al cumplirse dos años del asesinato de Claudio “Pájaro” Cantero, ex líder de la banda de barrio La Granada, ejecutado de dos balazos el 26 de mayo de 2013 en Villa Gobernador Gálvez.
Las escuchas están bajo análisis de la Unidad de Investigación y Juicio del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y trabajan en el caso los fiscales Fernando Dalmau y Adrián Mac Cormack. A estos contenidos se adicionó un texto recibido via whatsapp por un magistrado que se despachó a la misma dependencia.
El asunto salió hace días de su esfera de confidencialidad dada la preocupación generada en el ámbito de Tribunales: según pudo comprobar este diario practicamente no hay juez penal que no esté al tanto del tema.
Aunque se supone que puede ser una especie de broma pesada de gente que puede saberse escuchada la incertidumbre desatada ha generado recomendaciones para poner en especial resguardo a los que tuvieron desempeño más activo en los trámites que involucran a Los Monos. Eso la semana que viene cuando se cumplen los dos años de aquel homicidio.