En la audiencia llevada a cabo en el Concejo el día lunes, Norberto Capellán, como acotó La Capital, "más cerca del marketing que del debate en cuestión", dijo: "Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) no hay evidencia científica que relacione las emisiones radioeléctricas de telefonía móvil con efectos adversos para la salud". La respuesta a este argumento se encuentra en la ley 25.675 de política ambiental nacional. El artículo 4º dice: "Principio precautorio: cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente".