La causa penal que investiga la contaminación con agrotóxicos en Pergamino comenzó en noviembre de 2018, cuando Sabrina Ortiz —abogada y vecina querellante— denunció una realidad silenciada: enfermedades crónicas, abortos espontáneos y agua contaminada en barrios periféricos, donde las fumigaciones se realizaban a metros de las viviendas sin control estatal. A instancias de su presentación y del Ministerio Fiscal a cargo de Matías Di Lello, el juez federal Carlos Villafuerte Ruzo dictó medidas cautelares inéditas: prohibición de fumigaciones terrestres con glifosato, atrazina, clorpirifos e imidacloprid a menos de 1.095 metros del centro urbano, y obligación del municipio de proveer agua potable segura.
78989244
La lógica extractiva del agronegocio se traduce en alta dependencia de insumos químicos, presión sobre los ecosistemas y expansión sobre áreas de resguardo ambiental.
Estas medidas se dictaron en el marco de una mega causa penal contra cuatro productores agroindustriales y dos funcionarios municipales. Y ahora, ante la proximidad del juicio oral en el Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario, el municipio intentó revertirlas. Pero el fiscal Reynares Solari se plantó con firmeza: “Levantar las cautelares sería vaciar de contenido la investigación efectuada, consolidándose el daño que precisamente se quiso evitar”, escribió en su dictamen.
Municipio y respaldo corporativo
En julio de 2025, la Municipalidad de Pergamino solicitó al tribunal que se levanten o morigeren las cautelares, argumentando que el paso del tiempo permitía repensarlas, que los costos de mantener la provisión de agua eran insostenibles, y que se había avanzado en certificaciones ambientales. El principal respaldo fue el protocolo “Municipio Verde”, auditado por Iram, que el municipio presentó como prueba de mejora ambiental.
La solicitud, firmada por el intendente Javier Martínez, llegó acompañada por el respaldo explícito de las principales entidades del agronegocio: Sociedad Rural de Pergamino, Asociación Argentina de Productores en Siembra Directa (Aapresid), Confedereación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro), Sociedad de Cerealistas y el Colegio de Ingenieros Agrónomos. Todos coincidieron en proponer un esquema de “buenas prácticas agrícolas” y la creación de un cuerpo multisectorial para gestionar el uso de agrotóxicos, en reemplazo de las distancias de resguardo impuestas por la Justicia.
>> Leer más: Sabrina, la madre "coraje" que optó por la abogacía para defender a sus hijos
Pero detrás de esa propuesta se esconde una intención clara: eliminar las restricciones basadas en estudios científicos que alertan sobre el daño genético y los efectos acumulativos de la exposición crónica a estas sustancias. La querellante Sabrina Ortiz presentó un escrito ante el tribunal, cuestionando la validez de la certificación Iram 14130. Alegó que se trata de una norma técnica sin legitimidad ambiental, elaborada por entidades del propio agronegocio como Aapresid y Casafe. “La regulación fue construida desde la lógica del autocontrol corporativo, sin participación ciudadana, sin enfoque precautorio ni evaluación de impactos acumulativos en salud y ambiente”, afirmó.
Derechos colectivos
El fiscal Reynares Solari respondió con contundencia. En su dictamen, sostuvo que las medidas cautelares deben mantenerse intactas. Subrayó que los supuestos avances que exhibe el municipio solo pueden explicarse gracias a la vigencia de las restricciones. “Tal situación se da con la medida en vigencia, por lo que estamos autorizados a concluir que el éxito señalado en modo alguno puede desvincularse de la existencia de la medida que se pretende cuestionar”, escribió. También rechazó el argumento económico: “Ello es una mera consecuencia de la afectación al medio ambiente (y a la salud de las personas) por la probable contaminación de éste, lo cual se convierte en una obligación precautoria difícil de evadir en esta instancia procesal”.
79009675
Sabrina Ortiz durante una manifestación en Pergamino. Su lucha, reconocida judicialmente, visibiliza el impacto de los agroquímicos en la salud de las comunidades expuestas.
El dictamen se apoya en los tres requisitos de toda medida cautelar: verosimilitud en el derecho, peligro en la demora y proporcionalidad. Pero, además, destaca que las cautelares ambientales adquieren una dimensión especial porque involucran derechos de incidencia colectiva. “El ambiente sano es un bien jurídico que trasciende lo individual: su afectación perjudica a toda la colectividad presente y futura”, escribió el fiscal, en una frase que resume el espíritu de su intervención.
El principio precautorio ocupa un lugar central en su razonamiento. “Ante la posibilidad de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica no debe usarse como razón para postergar o morigerar la adopción de medidas eficaces”, sostuvo, en línea con la ley general del ambiente (N° 25.675). Ese recordatorio no solo valida la lucha judicial, sino que conecta con el clamor de los pueblos fumigados de toda la Argentina, que llevan años reclamando por distancias de resguardo y una transformación definitiva de un modelo agroindustrial insostenible.
Una historia judicial
El dictamen de Reynares Solari no se limita a Pergamino. Su impacto se proyecta sobre toda la región núcleo del agronegocio y sobre decenas de comunidades que enfrentan situaciones similares. Se suma a una serie de antecedentes judiciales que consolidan el criterio de resguardo de 1.000 metros para fumigaciones terrestres con agrotóxicos, recomendados por la ciencia.
Entre ellos, se destacan el fallo de San Jorge (2009), el primero en el país en el que la Justicia falló para alejar las fumigaciones de dos barrios; el caso similar de Alberti (Buenos Aires, 2012); la condena penal en Ituzaingó Anexo (Córdoba, 2012), donde productores y un aeroaplicador fueron responsabilizados penalmente por fumigar sobre un barrio, y los casos más recientes en Sastre (2020), el primero en alejar todo tipo de aspersión agroquímica a 1.000 metros de la totalidad del perímetro urbano; Zenón Pereyra (2022) y Piamonte (2023), así como en Marcos Paz, French y 9 de Julio (Buenos Aires, entre 2023 y 2025).
79145444
La exposición prolongada a estos compuestos químicos para el agro representa un riesgo para la salud humana y el ambiente, especialmente en zonas periurbanas sin control efectivo.
Cada uno de estos hitos, sumados ahora al dictamen del fiscal federal de Rosario, consolidan una medida paliativa imperiosa legitimada por la lucha de decenas de asambleas y organizaciones de los pueblos fumigados. Una batalla que se expande por todo el país, porque atraviesa a miles de comunidades que conviven a diario con los impactos del modelo extractivista y contaminante.
“No queremos nada raro: sólo vivir sin venenos, tomar agua limpia y que nuestros hijos no se enfermen”, exclamó Sabrina Ortiz. Su testimonio refleja lo que se repite en cientos de pueblos de la Argentina: madres que denuncian abortos espontáneos, familias que temen por los diagnósticos de cáncer, niños con problemas respiratorios y vecinos que cargan bidones de agua porque la de la canilla no es segura.
>> Leer más: Procesaron a tres productores agrarios de Pergamino por contaminación con agroquímicos
La opinión del fiscal general Reynares Solari es, en definitiva, una señal. Un mojón para Pergamino y también para todas las comunidades que enfrentan el agronegocio en sus territorios. Al poner en el centro la salud y el ambiente, su dictamen demuestra que la Justicia puede —y debe— convertirse en un aliado de los reclamos socioambientales de los pueblos fumigados, cuando aplica con firmeza el principio precautorio y reconoce que los derechos colectivos están por encima de la lógica de la renta.
El fallo de San Nicolás marcó un precedente judicial inédito, pero su alcance no se explica sin el trabajo sostenido de las comunidades afectadas y de espacios independientes que documentaron el proceso. Entre ellos, el portal Naturaleza de Derechos, dirigido por el abogado Fernando Cabaleiro, aportó análisis jurídico y territorial clave, visibilizando el caso Pergamino como parte de una trama estructural de vulneración en zonas fumigadas. Su seguimiento riguroso fortaleció el reclamo colectivo y amplificó voces que suelen quedar fuera del relato oficial.
>> Leer más: Pergamino: la Justicia Federal procesó a dos ex funcionarios municipales responsables de controlar las fumigaciones
El juicio al veneno
El Tribunal Federal Oral N° 2 de Rosario fijó como fecha de inicio del juicio oral del caso Pergamino para el 3 de diciembre de 2025. Serán juzgados tres productores agroindustriales (en la instrucción fueron procesados cuatro, pero uno falleció).
Para el debate serán citados más de 40 testigos, entre ellos los de conocimiento que fueron ofrecidos por la querella y que prestaran declaración por su especialidad, como María del Carmen Seveso (médica de pueblos fumigados de Chaco); Rafael Lajmanovich (biólogo investigador del Conicet y Universidad Nacional del Litoral); Medardo Avila (médico de pueblos fumigados de Córdoba) y Javier Souza Casadinho (ingeniero agrónomo de la Universidad de Buenos Aires).
79181933
El uso intensivo de agroquímicos en monocultivos genera impactos acumulativos en el suelo, el aire, los cuerpos de agua cercanos y las reservas subterráneas.
Los productores agroindustriales, por su lado, ofrecieron como testigos a los responsables del Centro Toxicológico TAS, “un Laboratorio de Rosario estrechamente vinculado al agronegocio y que seguramente será impugnado por falta de idoneidad y por parcialidad”, según consideró Cabaleiro.
>> Leer más: La Cámara Federal de Rosario confirmó medida cautelar que aleja las fumigaciones en Pergamino
Como expertos del proceso, formarán parte del juicio oral, Delia Aiassa (médica investigadora del Conicet y de la Universidad de Río Cuarto, especialista en genotoxicidad); Virginia Aparicio (ingeniera agrónoma, doctora en ciencias agropecuarias e investigadora del Conicet), que tuvo a su cargo la realización de todos los análisis de agua y suelo de Pergamino y Flavia Vidal (perito del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación).
Los productores son imputados de los delitos de contaminación ambiental establecidos en la ley de residuos peligrosos (N° 24051), por haber ejercido la actividad agroindustrial en absoluta clandestinidad a pocos metros de las viviendas de la gente. En la instrucción se probó el impacto de los agrotóxicos en las aguas subterráneas que son de consumo de la población de Pergamino, principalmente de los barrios periféricos, que estuvieron en la primera línea de exposición a las fumigaciones durante años. También se comprobaron daños a la salud vinculados a la exposición crónica a los agrotóxicos.