La Cámara Civil porteña respaldó una investigación periodística realizada con el auxilio de una cámara oculta por el programa "Telenoche Investiga", que detectó un caso de supuesta corrupción con la exportación de residuos tóxicos, de un empresario que además se jactaba de haber participado en el contrabando de armas a Ecuador y Croacia.
La Sala H de la Cámara rechazó la demanda que entabló Antonio Aguirre contra la productora y los periodistas del programa, Carlos Antonio D’Elía, María Laura Santillán y Sergio Elguezabal, a raíz de un informe difundido en 2001 en el que tres supuestos empresarios presuntamente ligados al menemismo admitían su participación en episodios sospechados de corrupción.
Uno de ellos era Angel Ramini, quien se hizo públicamente conocido por el apodo de "Papito", ya que en una filmación por cámara oculta aparecía preguntando a su interlocutor: "¿Sabés de quién eran los contenedores que transportaron las armas a Ecuador y Croacia?, ¿quién fue el despachante de aduana de Fabricaciones Militares?, ¿quién no está en los diarios?", y a todos los interrogantes, señalándose a sí mismo, respondió: "Papito".
Antonio Aguirre formaba parte de ese grupo, al que periodísticamente se conoció como "Los tres mosqueteros", pero si bien estuvo detenido en el marco de la investigación por la venta ilegal de armas, fue sobreseído en 2002.
A partir de allí inició una demanda por daños y perjuicios contra "Telenoche Investiga", pero los jueces Jorge A. Mayo, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper la rechazaron reivindicando la libertad de expresión y la utilización de las cámaras ocultas periodísticas en casos de alto interés público.
Además, lo condenaron a pagar las costas del juicio, que sólo en honorarios profesionales rondan los 150 mil pesos.
Los jueces destacaron que "es cierto que en la causa caratulada Sarlenga y otros s/contrabando de armas y de material bélico’ se sobreseyó a Antonio Aguirre", pero recordaron que el objetivo de la investigación no era ése sino un supuesto caso de "disposición inadecuada, más bien ilegal, de residuos peligrosos, como son los dispositivos de electricidad con PCB, altamente cancerígenos".
Interés público. "El objeto de la investigación eran las irregularidades en la exportación de residuos tóxicos. El hecho de que al realizar la entrevista que fue emitida los protagonistas se jactaran de haber participado en ciertos hechos que merecieron, a criterio de un fiscal federal, realizar una presentación ante la Justicia por tratarse de un delito de acción pública, no obsta de que lo nuclear en el programa televisivo hubiera sido investigar lo que sucedía con los residuos tóxicos en el país", sostuvo el fallo.
"En la misma resolución se decidió dar intervención al Departamento de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Humanos de la Nación a los efectos de que compulsen los elementos de prueba glosados en autos y, dentro de su marco jurisdiccional, efectúen las denuncias que estimen convenientes", añadió.
Los camaristas avalaron el uso de la cámara oculta: "El interés público justifica la invasión de la esfera de intimidad del actor. Frente a los delitos genéricamente denominados de corrupción de funcionarios públicos y la demanda social que existe en pos de su esclarecimiento, las filmaciones y/o grabaciones adquieren especial trascendencia, pues resultan idóneas para compensar el déficit probatorio generado por la modalidad criminal".
"Las conversaciones filmadas en las que participaron el actor y quienes reconoce como sus socios, en presencia de un tercero, como es el infiltrado de la productora televisiva, a quien le hicieron infidencias en forma desprejuiciada, resaltando sus vínculos (ciertos o falsos) con el poder político de turno (...) como su interés en perpetrar actos ilegales que le produjeran un rédito económico considerable medido en millones de dólares, hacen que las pretendidas ofensas de las que dijo ser víctima resulten ridículas y hasta grotescas", sostiene el fallo. l (DyN)