Cuatro policías entran a una casa con una orden de allanamiento firmada por un juez federal. Los acompañan dos testigos civiles que, muy extrañamente, llevan un bolso vacío cada uno. Los moradores de la vivienda no están, pero uniformados y testigos ingresan igual. Se supone que los policías están allí para encontrar pruebas sobre un delito, y que los civiles les darán transparencia al procedimiento. Pero lo que ocurre es otra cosa: mientras los agentes de la Policía Federal supuestamente buscan evidencia de la venta de drogas, los dos civiles llenan los bolsos con pertenencias de los dueños de la casa allanada, se visten con sus prendas y se calzan sus zapatillas.
Parece insólito, pero está pasando: los testigos están robándole a las personas a las que se supone que debían investigar con evidente complicidad de los policías. Pero unos y otros no imaginan que efectivos de otra fuerza de seguridad no mirarán para otro lado e impedirán que el delito se consume.
Es el 13 de agosto de 2013. Quienes acaban de descubrir el insólito robo (hurto, en términos legales) son dos agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). Sus acciones como funcionarios públicos serán clave para que ocho años después, a fines de noviembre de 2021, los autores terminen sancionados por su conducta delictiva, los civiles con la imposición de tareas en favor de la comunidad y los policías con condenas a prisión de cumplimiento condicional.
Parece insólito, pero está pasando: los testigos están robándole a las personas a las que se supone que debían investigar con evidente complicidad de los policías Parece insólito, pero está pasando: los testigos están robándole a las personas a las que se supone que debían investigar con evidente complicidad de los policías
El fallo lo dictó hace unos días un Tribunal Oral Federal de Rosario. Los dos civiles pidieron la suspensión del juicio a prueba, lo que se conoce como probation y que los jueces solo pueden conceder si los acusados admiten su culpa: ahora tendrán que trabajar gratis para la comunidad durante un año. Los policías (dos de ellos ya están retirados) fueron sentenciados a penas de dos años y medio y de dos años de prisión en suspenso. Si vuelven a delinquir en ese lapso, podrían ir presos.
Más allá del insólito robo y del complejo dispositivo de procedimientos judiciales que dilató su sanción penal nada menos que por ocho años, el caso expone un fuerte contraste entre los funcionarios públicos que delinquieron y los que hicieron lo que debían: denunciarlo. La actitud de estos últimos no solo impidió que el robo a los habitantes de la casa allanada se consumara sino que fueron determinantes para que los policías y "testigos" devenidos en delincuentes terminaran sancionados.
En la época del hecho, Policía Federal y Policía de Seguridad Aeroportuaria solían colaborar entre sí en operativos y procedimientos judiciales. Tenían sin embargo un acuerdo tácito: una de las dos fuerzas ejecutaba la medida y la otra solo acompañaba.
El allanamiento en la calle Colombia 1240 bis, el 13 de agosto de 2013, estaba a cargo de efectivos de una brigada de la Policía Federal de Venado Tuerto y quienes acompañaron el procedimiento eran agentes de la Unidad Operacional Control de Narcotráfico y Delitos Complejos de la PSA. Pero sucedió algo que no debía: mientras se realizaba el operativo, los agentes de la PSA vieron cómo los testigos asignados por ley llenaban sus bolsos con prendas y zapatillas de las personas que vivían en la casa allanada. Y lo denunciaron.
El allanamiento en la calle Colombia 1240 bis estaba a cargo de efectivos de una brigada de la Policía Federal de Venado Tuerto y quienes acompañaron el procedimiento eran agentes de la PSA El allanamiento en la calle Colombia 1240 bis estaba a cargo de efectivos de una brigada de la Policía Federal de Venado Tuerto y quienes acompañaron el procedimiento eran agentes de la PSA
Aunque pasaron años, el tribunal que ahora condenó a los autores de este episodio puso el foco en la gravedad de la conducta de policías y testigos. “¿Qué mensaje de tranquilidad puede representar para los ciudadanos?”, planteó el juez del Tribunal Oral Federal N° 3, Osvaldo Facciano, en los fundamentos del fallo. Sus pares Eugenio Martínez Ferrero y Germán Sutter Schneider adhirieron.
“Fueron un par de zapatillas e indumentaria, pero podría haber sido otra cosa”, razonó Facciano. Y agregó, avalado otra vez por sus colegas: “La gravedad del hecho no radica tanto en el hurto de prendas de vestir sino en las circunstancias en que ocurrió”. Se refería, entre otras cosas, a que los policías a cargo del procedimiento estaban asignados a la investigación de hechos de narcotráfico.
Los policías fueron condenados como partícipes necesarios del delito de hurto agravado por su condición de funcionario público. Son David Sebastián Branca (recibió la pena de 2 años y seis meses de prisión), Emilio Wilmar Salguero (2 años), Cristian Horacio Calo (2 años) y Juan José Alberico (2 años). Los civiles admitieron su culpa, pidieron la probation hacia el final del largo proceso y harán tareas comunitarias durante un año. Sus nombres son Pablo David Juárez y Pablo Daniel Sánchez.