Un joven que hizo con inteligencia artificial (IA) fotos de sus compañeras de clase desnudas finalmente irá a juicio en la provincia de Córdoba, imputado por lesiones graves calificadas en razón de mediar violencia de género.

El joven cordobés, que ahora tiene más de 20 años, está imputado por lesiones graves calificadas en razón de mediar violencia de género
Un joven que hizo con inteligencia artificial (IA) fotos de sus compañeras de clase desnudas finalmente irá a juicio en la provincia de Córdoba, imputado por lesiones graves calificadas en razón de mediar violencia de género.
El imputado, que actualmente tiene más de 20 años y fue expulsado en su momento del Colegio Manuel Belgrano, podría enfrentar una pena que va desde los tres hasta casi veinte años de prisión en caso de ser condenado.
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El entonces alumno utilizó herramientas de IA para poner rostros de sus compañeras de colegio en cuerpos desnudos, imágenes que luego fueron viralizadas a través de redes sociales y grupos de mensajería, lo que, de acuerdo a los informes judiciales, provocó graves daños psicológicos en varias de las víctimas.
El tribunal tomó en consideración que “tales publicaciones identificaban a las víctimas por su nombre y apellido” y también tuvo en cuenta que el imputado “publicó, junto con esas fotografías, enlaces que remitían a los perfiles de Instagram de sus compañeras”.
En el escrito, las autoridades detallaron que la publicación de las imágenes falsas provocó que las damnificadas “recibieran numerosas solicitudes de amistad y visitas a sus redes sociales por parte de desconocidos”.
Frente a este hecho, los camaristas Patricia Alejandra Farías, Maximiliano Octavio Davies y Carlos Alberto Salazar consideraron que la conducta del imputado configuraba el delito de lesiones graves calificadas en razón de mediar violencia de género.
La resolución, publicada en el portal Justicia de Córdoba, explica que el daño psíquico se considera una lesión del Código Penal, “aún sin daño físico concomitante”.
También puntualiza que, en este caso, las damnificadas son menores que se encuentran en una especial situación de vulnerabilidad, “como sujetos en formación”.
“Los trastornos de ansiedad persistentes, el estrés postraumático, los trastornos adaptativos y el aislamiento social deben considerarse graves, sin lugar a dudas”, enfatizó la camarista Farías, autora del voto.
El tribunal agregó que, aunque las imágenes hayan sido manipuladas, “implicaron una exposición sexual, digital, pública y reiterada, por la multiplicidad de visualizaciones que genera dicho medio y en el marco de lo que también debe considerarse violencia simbólica”.
Asimismo, consideró que estas publicaciones en redes sociales configuraron violencia digital, “dado que fue en el espacio digital donde se concretó el mensaje estereotipado, lo que no requiere necesariamente un vínculo interpersonal entre el agresor y las víctimas, pues el impacto se produce al incidir en representaciones sociales teñidas de una cultura patriarcal”.
“Van proliferando en nuestra sociedad conductas que utilizan los medios informáticos o las redes para la comisión de distintos delitos que tienen como sujeto pasivo a la mujer, lo que ha supuesto un ámbito importante de vulnerabilidad para la privacidad, y un espacio posible de ataques por medios muy diversos”, afirmaron los vocales.



Por Mila Kobryn

