Las acciones de la actual gestión nacional en materia migratoria resultan preocupantes. No se trata solamente de haber modificado la Ley de Migraciones mediante decretos de necesidad y urgencia, eludiendo el debate parlamentario, y afectando derechos de personas migrantes y sus familias. Se trata también de una política que tiende a perseguir, estigmatizar y expulsar, tomando como referencia modelos de control migratorio como el estadounidense, cuestionados por organismos de derechos humanos por sus efectos sobre el debido proceso y el Estado de Derecho.
El DNU 366 de mayo 2025 modificó, entre otras normas, el artículo 61 de la Ley de Migraciones, referido a la irregularidad migratoria. En la práctica, amplió la discrecionalidad de la autoridad migratoria para decidir cuándo intimar a una persona a regularizar su situación y cuándo proceder directamente a su expulsión. Esto adquiere especial gravedad cuando la reglamentación de la ley continúa pendiente.
Existe además una contradicción que merece ser señalada. El artículo 17 de la Ley de Migraciones, que no fue modificado, establece que el Estado debe adoptar medidas tendientes a la regularización migratoria. Sin embargo, frente a una situación de irregularidad migratoria, el artículo 61 dispone que la Dirección Nacional de Migraciones “podrá” intimar a la persona a regularizarse. Es decir: la regularización aparece como un objetivo estatal, pero frente al caso concreto puede convertirse en una mera opción administrativa.
¿Qué significa estar en situación migratoria irregular?
La irregularidad migratoria es una situación administrativa, no una característica personal, ni un delito. Puede producirse al ingresar al país sin atravesar los controles correspondientes —irregularidad originaria— o después de un ingreso regular, cuando se pierde esa condición por el vencimiento de una autorización; dificultades para completar un trámite; demoras administrativas u obstáculos para cumplir determinados requisitos.
Por eso, no puede asumirse que quien se encuentra en situación migratoria irregular haya elegido deliberadamente permanecer fuera de la legalidad. En especial entre personas en situación de vulnerabilidad, las causas pueden ser económicas, sociales, ambientales o estar vinculadas con sus historias personales, a menudo complejas.
También puede ser consecuencia de las propias políticas públicas: procedimientos burocráticos inaccesibles o incompatibles con el caso concreto; falta de información adecuada; dificultades idiomáticas; sistemas digitales complejos o gestiones estatales que no facilitan la regularización (como en el caso argentino).
Esto resulta especialmente relevante porque la Ley 25.871 reconoce en su artículo 4º que “el derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona” y que la Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad.
Si una persona quiere regularizar su situación pero encuentra obstáculos para hacerlo, la respuesta estatal no debería limitarse a perseguirla, denunciarla o sancionarla. Debería acercarse, facilitar, acompañar y, finalmente, regularizar.
Regularizar también beneficia al Estado y a la sociedad
La regularización migratoria no beneficia únicamente a las personas migrantes. Beneficia a toda la comunidad: una persona que no puede regularizarse queda muchas veces excluida del empleo formal, de la seguridad social, del sistema financiero y de muchos otros derechos. Puede verse obligada a recurrir al mercado informal y quedar expuesta a explotación laboral, abusos o redes delictivas. Al mismo tiempo, el Estado pierde recaudación tributaria y previsional.
Por eso, la irregularidad no debería ser entendida como una condición que convierte a alguien en sospechoso, peligroso o indeseable (“crimigración”), sino como una situación administrativa reversible mediante mecanismos adecuados de regularización.
Si el Estado tiene la potestad de establecer esos mecanismos, también se encuentra en la mejor posición para promoverlos activamente. Y ello debería hacer.
Una política migratoria orientada verdaderamente a la regularización debería y/o podría incluir (entre otros) campañas territoriales, información clara y plurilingüe, personal capacitado, procedimientos simples y transparentes, y políticas diseñadas con participación de las organizaciones y comunidades involucradas. También debería recuperar experiencias que ya existieron en nuestro país, como “operativos de regularización” en barrios y terminales, centros de orientación y articulación con organizaciones de la sociedad civil. Algo que, hoy en día, no se está haciendo.
¿Controlar para regularizar o controlar para expulsar?
Si el objetivo real fuera favorecer la regularidad migratoria, el Estado no debería limitarse a desplegar operativos de control. Debería realizar también operativos de regularización migratoria como los antes mencionados, acercándose a los lugares donde viven y trabajan las personas que encuentran mayores dificultades para acceder al sistema.
Controlar puede ser (y es) una herramienta legítima del Estado. Pero la pregunta fundamental es para qué se controla.
Si el control sirve para identificar obstáculos, informar derechos, facilitar trámites y regularizar, puede formar parte de una política migratoria inteligente y democrática. Si, en cambio, se convierte en una herramienta de persecución, señalamiento y expulsión (como lo hace, en la práctica, actualmente), termina profundizando las vulnerabilidades que debería contribuir a resolver.
También debemos preguntarnos a quiénes se controla y dónde. Los operativos recientes se han concentrado, en distintos momentos, en barrios con población altamente vulnerable y han sido difundidos públicamente, generando comentarios despectivos y discursos de odio en redes sociales. Es necesario observar si los controles se aplican realmente de manera uniforme o si terminan concentrándose sobre quienes tienen menor capacidad económica y social para defenderse.
Reflexiones finales
No olvidemos lo que está sucediendo ni naturalicemos la persecución y el señalamiento de la población migrante como causa de los problemas sociales o económicos actuales.
No debemos convertir al migrante en un enemigo. No lo es.
Frente a los discursos de odio —que muchas veces comienzan en el discurso gubernamental y luego se reproducen en la sociedad y en las redes—, debemos responder con calidez, humanidad y respeto.
Desde cada lugar en el que nos desempeñemos, acompañemos procesos de regularización y acogida más accesibles, justos y humanos. No señalemos al irregular. Defendamos el Estado de Derecho, la dignidad de las personas y la cohesión social.
Regularizar, acoger y garantizar derechos no es solamente una cuestión migratoria y ajena. Es también una forma de construir una sociedad más justa, más cohesiva, pacífica y humana.