La investigación por estafas contra directivos de la empresa agrobursátil rosarina Guardati y Torti empezó en 2019 por las denuncias de damnificados que realizaron inversiones en productos financieros que nunca recuperaron. Desde el arranque directivos acusados no dejaron de acumular nuevos ilícitos a los que distintos jueces actuantes les reconocieron apariencia de delitos en diversas audiencias. En la última de estas, realizada el jueves pasado, los responsables de la firma fueron acusados de haber ofrecido indebidamente un arreglo económico a dos damnificados a cambio de un voto favorable para que el juez civil del caso acuerde el plan de pagos con que la empresa espera evitar la quiebra. Algo así como comprar el voto dentro del concurso y a espaldas de otros damnificados que tienen sus ahorros cautivos.
Hasta ahora hubo cuatro audiencias donde a los ocho directivos de la agrofinanciera y al síndico del concurso les imputaron delitos con convalidación judicial. Al cabo de esos trámites las defensas pidieron de manera recurrente anular acciones de los fiscales pero nunca les dieron la razón. La conclusión parece obvia: aunque es una investigación preliminar la evidencia luce solvente y los delitos aparentes, ya con imputaciones hechas, se reiteran.
Pero en la audiencia del viernes hubo una novedad que abre otro debate que no es ya el de la responsabilidad penal de los acusados, que luce sólida en esta etapa, sino de la situación de dos de los imputados para los que les fue aplicada prisión preventiva de 90 días, dictada por la reiteración de hechos ilícitos, que fue el motivo por el cual por primera vez tanto los fiscales Sebastián Narvaja y Miguel Moreno como los querellantes pidieron prisión preventiva.
Acá se generó una fuerte controversia en base a los argumentos de las defensas sobre los dos máximos responsables de la empresa. Estas señalaron aportando certificados médicos leídos en la audiencia que Angel Torti, de 79 años, padece de un cuadro severo de hipertensión que se agravaría en una cárcel por las condiciones deficientes de salubridad que tiene cualquier cárcel. Pero en especial pusieron de relieve que Juan Carlos Guardati, de 76 años, atraviesa una dolencia más grave.
El abogado Claudio Pucinelli leyó el comprobante firmado por el médico Domingo Cúneo el 15 de junio, dos días antes de la audiencia, que señala que Guardati es un paciente con una arteriopatía de la carótida y un aneurisma de aorta. Que está medicado por hipertensión con alto riesgo vascular de infarto de ACV o de ruptura de aorta. Y que entre otras comorbilidades debe operarse de la recidiva de un cáncer lengua. Deduce que es muy elevado su riesgo si permanece en condiciones de estrés o malas condiciones habitacionales sin control médico cercano.
El juez Hernán Postma dictó prisión preventiva a los dos directivos por 90 días en un establecimiento carcelario. Valoró que las manifestaciones sobre los riesgos de los dos imputados no estaban adecuadamente acreditados sino solamente enunciados en los certificados. Y tuvo en cuenta la reiteración de las conductas de apariencia delictiva para rechazar el pedido de morigeración de prisión de las defensas con una prisión domiciliaria en base a la edad avanzada de los dos empresarios y de sus cuadros clínicos. Ordenó una "rápida evaluación" del Consultorio Médico Forense sobre las condiciones generales de salud en la que se encuentran los imputados, para saber si se acredita que padecen alguna patología de salud y en su caso cual es el tratamiento que requieren.
Por acá pasa la polémica del caso que todavía no está saldada con certeza médica. ¿Qué privilegiar? ¿Resguardo por la peligrosidad procesal de dos ancianos que parece evidenciarse? ¿O alternativa a la prisión preventiva de esos ancianos, un caso en apariencia más agudo que el otro, por cuestiones de salud? Hay dos imputados que son mayores de 70 años a los que se les atribuye repetir delitos al menos dos veces desde que están en un proceso penal que tiene 156 damnificados por 6.768.645 pesos y 1.152.151 dólares.. Eso supone peligrosidad procesal que es lo que, en general, cancela las chances de seguir el trámite en libertad o en un domicilio. Pero a la vez uno de ellos ha tenido un cáncer que reapareció y que según los defensores supone que el 30 deben fijar fecha para operarlo.
En una primera evaluación forense se determinó que Angel Torti no tendría problemas por su estado clínico para estar en un instituto carcelario. Pero a Guardati lo trasladaron el jueves al Sanatorio Americano para una revisión más completa. Tras esa revisión que no pudo completarse el viernes se lo derivó a la Alcaidía Order, de 27 de Febrero al 7900, donde esperará un segundo examen ante la junta médica forense prevista para este miércoles.
El artículo 10 del Código Penal habilita a que el juez imponga una pena morigerada como prisión domiciliaria cuando el imputado tenga más de 70 años o se encuentre de modo acreditado que tiene una enfermedad incurable en período terminal. Esto lo reflejó el mismo juez Postma en su resolución: aduce que el interno enfermo puede tener prisión atenuada cuando la privación de la libertad en el establecimiento carcelario le impide recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiera su alojamiento en un establecimiento hospitalario.
La crítica de la defensa es que pese a eso el juez lo dejó preso, en situación en la que estará por seis días al menos, hasta que la junta forense dictamine hoy. Desde el MPA señalaron que la obligación de acreditar ese estado de salud era de la defensa y omitió esa labor. Solo presentaron un certificado. Se trata de una persona a la que imputan reiterar delitos económicos y sobre la que nunca se había pedido antes una coerción de encierro.
“Para nosotros hay aquí una cuestión de sensibilidad humana que no fue observada”, dijo el defensor Pucinelli. “El señor Guardati tuvo un ACV en 2021, un problema en la aorta que lo obliga a un régimen alimentario especial y a controles. Y por último padece de un cáncer en la lengua por el que debe recibir un implante quirúrgico con músculos del hombro. Tiene que resguardarse las vías aéreas superiores y en la humedad de una cárcel el riesgo para su vida es alto”.
Esto es lo que en la audiencia se estableció que debe ser probado. Este diario consultó con dos magistrados del Colegio de Jueces de Rosario que no quisieron dar su nombre por si les toca intervenir. Ambos coincidieron. “Es cierto que pudo no haberse acreditado en la audiencia. Pero si el cuadro es como se describió no parece razonable esperar cinco días en una cárcel para la evaluación de una junta cuando además el imputado tiene más de 70 años. El juez deriva a los médicos con la decisión tomada de dar la prisión antes de tener el dictamen definitivo".
Desde el MPA cruzan fuerte el planteo con varios puntos. El primero es en dos años de proceso nunca se pidió prisión preventiva contra los directivos de la firma Guardati Torti pero van tres veces que con el trámite en transcurso los imputados siguen generando delitos. Las sospechas además indican que quienes lo hacen sacan meditado provecho de su condición de personas mayores de 70 años en la previsión de de que por eso no irán a prisión. También refieren que una estrategia típica de la defensa de casos de delitos de cuello blanco es construir relatos sobre situaciones médicas sin suficiente validación probatoria para lograr beneficios como la prisión domiciliaria.
No hay en definitiva para el MPA prueba certera del estado de Juan Carlos Guardati. Si la hubiera el juez puede considerar la alternativa de una domiciliaria. Pero en la fiscalía entienden que es la libertad o el movimiento la garantía para seguir repitiendo delitos que ya hicieron. Así lo describen: Primero la estafa con fondos a 156 comitentes de títulos y acciones. Luego el falseamiento de un balance. Esta semana con el arreglo económico indebido con dos víctimas. "Lo único que necesitan estos señores es una lapicera en la mano y contacto con los acreedores, escribanos y las víctimas para repetir ilícitos. La única forma de evitar que este contacto se corte es que estén encerrados".
El viernes mismo el médico forense Rafael Pineda, que revisó a Guardati, dictaminó que se trata de un paciente con edad avanzada, reconoció los antecedentes clínicos planteados, entre ellos un carcinoma de lengua, hipertención arterial y patología panvascular. "Al momento de la evaluación presentó registros elevados de prisión arterial" por lo que se entregó una orden para ser evaluado "en forma urgente" en la guardia del Sanatorio Americano donde está su médico de cabecera.
El último reporte de actualización anual 2021 del Observatorio de Seguridad/MPA de Santa Fe indica que en las prisiones provinciales hay 112 personas privadas de libertad de 66 años o más, lo que representa el 1.40 por ciento de la población carcelaria. No se indica cuántas de ellas superan los 70 años. Las hay. Es muy presumible que la mayor parte sea clientela clásica del sistema penal. Vale decir personas pobres y no de la condición social ni del tipo de delitos atribuidos a Guardati y Torti. Es propio de la selectividad del sistema penal cuya otra secuela, además, es la incapacidad de los débiles de ser oídos públicamente en casos similares.
Si esto tiene todo el aspecto de injusticia difícilmente da respaldo argumental a que un hombre de 76 años con un cáncer, aún en estado embrionario, vaya a la cárcel en nombre de evitar los usuales y probados beneficios que en todos los campos tienen los sectores acomodados. Igualar en la inequidad no es una salida jurídica razonable. Hay argumentos de los dos lados. "Una persona de más de 70 años y enferma de cáncer no debe estar en una prisión", es uno. "El estado clínico no está probado y en esas condiciones siguió delinquiendo", es su refutación. La prisión preventiva se convirtió en una salida judicial que no cesa de aumentar. Pasa también en casos donde el Código Penal fija excepciones. Entre tanto Guardati, acusado de reiterar hechos ilícitos, aguardará su examen médico en un calabozo. Es decisión de un juez y el debate por seguro que no termina aquí.