La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó este miércoles la absolución de Pablo Barra, el padre que había sido juzgado por supuesto abuso de su hija, a quien no ve desde hace 8 años tras una denuncia realizada por su expareja. Había sido absuelto en 2025 en primera instancia, pero la querella apeló esa sentencia por pedido expreso de la psicóloga tratante de su hija, hecho que se investiga en el marco de presuntas falsas denuncias.
La novedad se inscribe en el marco de una denuncia colectiva que lleva adelante un grupo de padres contra tres psicólogas rosarinas pertenecientes a una organización por presuntos falsos informes con los que luego entablaban las falsas denuncias de abuso. A partir de ese momento, toda la línea paterna quedaba desvinculada de los niños, sin posibilidad de defenderse.
Absolución definitiva
Así las cosas, el juez de Cámara Javier Beltramone dejó firme el fallo de primera instancia dictaminado por el magistrado Pablo Punto y así Barra, de 51 años, quedó absuelto de forma definitiva tras haber sido denunciado por su expareja en 2018 por sospechas de presunto abuso sexual simple contra su pequeña hija. Desde la defensa destacaron la responsabilidad y compromiso del magistrado a la hora de analizar las pruebas y advertir los errores cometidos por la Fiscalía. Por tanto, le cargó las costas al Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Incluso el camarista fue más allá al puntualizar que hay un problema que excede este caso y otros con características similares, por eso reclamó mayor responsabilidad y capacitación a todas las partes involucradas a la hora de tomar este tipo de casos donde, una vez más, se vulneraron los derechos del niño, según subrayó en la resolución.
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Entre los fundamentos argumentados, Beltramone discrepó con la reapertura de la causa por orden del Fiscal Regional por considerar ese trámite como "carente de fundamentación suficiente". En esa línea, advirtió que ya se habían dispuesto "reaperturas sucesivas sin la incorporación de elementos probatorios nuevos". Incluso en actuaciones vinculadas a la misma psicóloga P.B, que finalmente concluyeron en un sobreseimiento. "Cabe concluir que no se trata de un supuesto aislado, sino de una modalidad de actuación reiterada", alertó.
Advirtió que "tal dinámica compromete estándares estructurales del proceso penal, en tanto tensiona la exigencia de motivación suficiente de los actos procesales. Aseguró además que el deber de objetividad que rige la actuación del MPA y los límites propios del ejercicio de la acción penal ante la reapertura de investigaciones ya clausuradas sin base fáctica o probatoria novedosa que lo justifique.
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En este sentido, apuntó que la reiteración de decisiones de esa naturaleza, carentes de un soporte técnico-jurídico adecuado, desnaturaliza la función de control que debe regir la persecución penal y afecta la garantía de seguridad jurídica.
"La Fiscalía, en cumplimiento de su deber de objetividad, no podía limitarse a insinuar la insuficiencia de la pericia oficial. Debía probar, demostrar y refutar de manera convincente, clara, precisa, diáfana y profesional que el informe elaborado por la licenciada C. resultaba efectivamente inacabado, impreciso o carente de sustento técnico. Por el contrario, la acusación optó por desdibujar su contenido sin un análisis crítico serio, omitiendo toda confrontación metodológica y evitando explicar por qué debía descartarse", evaluó.
Asimismo, aseguró que la ineficacia en la conducción del procedimiento no sólo compromete la credibilidad del sistema, sino que proyecta consecuencias concretas sobre los derechos de las personas involucradas, particularmente sobre la hija del padre acusado, cuya situación exige una tutela reforzada conforme a los estándares de la Convención sobre los Derechos del Niño.
El derrotero judicial de Pablo Barra
Barra se encontraba absuelto desde 2025 tras una resolución tomada por el juez de primera instancia Pablo Pinto. Sin embargo, la defensa pudo asegurar que la causa se "desarchivó" por presunta presión del grupo de psicólogas denunciadas ante la Fiscalía de Investigación y Juicio, a cargo de la fiscal Guillermina Aiello.
Barra fue denunciado por su expareja en junio de 2018. El primer intento de Cámara Gesell fue en diciembre de 2019, un año y medio después de la denuncia, aunque eso no ocurrió porque una de las psicólogas sostuvo "sistemáticamente" que su paciente no estaba en condiciones.
En febrero de 2020 la causa se archivó, pero luego se desarchivó por pedido de una de las psicólogas tratantes. La misma fiscal, que había archivado la causa, decidió reflotarla en 2021.
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Barra es uno de los siete padres que llevan adelante una denuncia penal contra una organización presidida por un ex juez Federal y cuentan con el patrocinio letrado de Viviana Cosentino (defensora de Barra), Ramiro Coso, Carina Lurati, Juan Lewis, Froilán Ravena, Renzo Biga, José Nanni, Rafael Tamous, Estela Marelli y Andriana Torchio.