Un hombre acusado de trata con fines de explotación sexual en perjuicio de una mujer y una adolescente fue condenado a 10 años y medio de cárcel. Se trata de Diego Martín Torres, de 47 años, cuya defensa acordó la pena con la fiscalía federal de Rosario.
El acuerdo pleno —lo que en el ámbito de la Justicia ordinaria se conoce como procedimiento o juicio abreviado— fue homologado por el juez federal de garantías Eduardo Rodrigues Da Cruz. El acuerdo contempla la revocación de una condena de ejecución condicional y la unificación de la pena en 11 años de prisión. Y también una reparación económica estimada en 215.712.834 pesos para la joven mayor de edad, que estuvo cautiva siete años, y 27.430.306 pesos para la adolescente que tenía 15 años cuando fue captada.
El caso
La condena es producto de una investigación de los fiscales Javier Arzubi Calvo y Soledad García. La historia se remonta a 2017 cuando Torres captó a la víctima adulta en Tunuyán, Mendoza, con el objetivo de trasladarla a Rosario para explotarla sexualmente. En tal sentido se aprovechó de que la mujer atravesaba una situación económica desesperante y era víctima de violencia de género por parte del hombre con quien había tenido cinco hijos.
Las fiscal García indicó que Torres la convenció de que fuera con él a Rosario con el pretexto de mejorar su calidad de vida. Una vez en esta ciudad el ahora condenado se convirtió en el único sostén afectivo de la mujer y durante 2018 comenzó a explotarla sexualmente, situación que se prolongó por siete años.
Respecto de la otra víctima, fue captada entre agosto y septiembre de 2023 —cuando tenía 15 años— con el objetivo de prostituirla. También en este caso Torres se aprovechó de la vulnerabilidad extrema de la chica que vivía en otra ciudad, había sido víctima de abusos sexuales y estaba en una situación de pobreza extrema.
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Para ello, según expuso la fiscal García, Torres estableció un vínculo de confianza con la familia y luego comenzó a alejar a la adolescente de su red de contención hasta que logró que la chica se mudara a la pensión de Rosario donde él vivía con la otra víctima. Una vez alcanzada esa situación la obligó a ofrecer servicios sexuales en un puente ubicado sobre la ruta 33 entre Zavalla y Pujato. Esa situación, en la que también la chica era obligada a consumir drogas y era abusada por Torres, se mantuvo hasta julio de 2024.
Denuncia
La investigación comenzó partir de la denuncia que la madre de la adolescente en una comisaría de Rosario. El caso primero se tramitó en la Justicia ordinaria pero con el avance de la pesquisa la fiscalía provincial solicitó que se remitieran las actuaciones al fuero federal. Entonces el 16 de septiembre de 2024 se dispuso la aplicación del Código Procesal Penal Federal y dos días después fue detenido Torres.
Entre las evidencias contra el sospechoso se destacaron las declaraciones de las víctimas, así como de vecinos y allegados a ellas, e informes de la psicóloga forense que entrevistó a una de ellas. También la Gendarmería colectó pruebas vinculadas con la investigación en la provincia de Mendoza.
También intervino en el caso personal del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento de Víctimas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas, la Secretaría de Derechos Humanos de Rosario y la Dirección de Investigaciones de Trata de Personas, Violencia de Género y Delitos Sexuales Región II Rosario de la policía santafesina, que hizo tareas investigativas y concretó la detención de Torres.
En el marco de la investigación, al contar su experiencia ante los fiscales, la adolescente explotada también había acusado a la otra mujer como explotadora. Sin embargo el Ministerio Público Fiscal propuso que fuera sobreseída ya que también era víctima de la situación, cuestión que está contemplada como cláusula de no punibilidad en la ley de trata de personas.
Delitos
Torres aceptó su condena como autor del delito de “trata de personas con fines de explotación en la modalidad de captación, acogida, transporte y explotación, agravado por haber mediado amenazas, abuso de una situación de vulnerabilidad y por haberse consumado la explotación sexual, reiterado en dos oportunidades”.
En uno de los casos el delito tiene como agravante que la víctima era menor de edad. También asumió la autoría de “abuso sexual agravado por haberse cometido con amenazas y suministro gratuito de estupefacientes, agravado por haberse cometido con violencia y en perjuicio de una menor de edad”.
Asimismo, el cálculo para la reparación económica a las víctimas se realizó según los preceptos de la Guía para fiscales sobre el funcionamiento del fondo fiduciario para reparación a víctimas y gestión de bienes en casos de trata de personas.