El gobierno argentino determinó que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) no intervendrá en los procesos de ingreso al país de productos médicos que tengan fines de uso personal. La medida se basa en la desregulación de estos productos, que quedarán bajo la responsabilidad del consumidor.
La disposición 2857/2025 eliminó los requisitos que exigía el organismo de control para productos médicos que las personas pueden adquirir de manera particular, sin la necesidad de una prescripción médica. Este es el caso de elementos como bastones, sillas de ruedas, etc.
El fin de esta medida consiste en simplificar los procedimientos y agilizar el acceso a productos médicos “que en razón de su naturaleza intrínseca y uso propuesto pueden ser utilizados en forma directa por el paciente o usuarios”. De esta manera, se le atribuye la responsabilidad exclusivamente al usuario, “quien asume los riesgos y efectos que pudieran desencadenarse a partir de su adquisición”.
Qué productos podrán ingresar al país sin controles
Los productos habilitados para su importación sin prescripción son aquellos que pueden ser utilizados directamente por el paciente, como catéteres, agujas, jeringas e implantes, entre otros.
Para garantizar la adecuación de los productos importados a los requisitos establecidos, el Instituto Nacional de Productos Médicos elaborará una guía orientativa, la cual estará disponible en su página web y será actualizada periódicamente.
En esta guía se detallará un listado de los productos que cumplen con la condición de uso sin prescripción. Cabe destacar que estos siempre deben ser adquiridos para uso personal, ya que quedó prohibida la “comercialización y/o utilización con fines de lucro y/o distribución gratuita de los productos objeto de la presente Disposición”.
Algunos elementos contemplados por la disposición son:
- Bastón, muletas
- Silla de ruedas manual
- Andador
- Nebulizador
- Almohadilla eléctrica
- Tensiómetro
- Codera, rodillera, muñequera
- Bandas elásticas
- Entre otros productos que se informarán en la página www.anmat.gob.ar
En suma, se debe recordar que los productos médicos importados:
- Deberán ser destinados únicamente a uso personal.
- No podrán ser comercializados.
- Quedarán bajo la responsabilidad exclusiva del usuario comprador, quien asume los riesgos vinculados a su adquisición y uso.