El gobierno nacional avanzó con la desregulación del mercado de cabotaje marítimo mediante el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
A través de un decreto, se habilitó a las flotas extranjeras a operar como si fueran nacionales y a encuadrar a los tripulantes con leyes laborales de otro país. Festejan las Bolsas. Sindicatos en alerta.
La agroindustria integra el lote de sectores que protagoniza la inserción argentina en el comercio internacional. Inversiones y perspectivas.
El gobierno nacional avanzó con la desregulación del mercado de cabotaje marítimo mediante el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
La medida incluye una serie de modificaciones a las normas vigentes, entre las que están la habilitación para operar con matrícula argentina a buques extranjeros, la posibilidad de que los operadores locales puedan acogerse a banderas de conveniencia, la flexibilización para la composición de la tripulación, la extensión del período para que buques internacionales hagan cabotaje y la reducción de restricciones para reparar e inscribir buques.
Rápidamente surgieron voces a favor de la medida, pero también críticas por lo que implica la desregulación de la marina mercante para la soberanía del país.
Las Bolsas de Cereales de Bahía Blanca; Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos y las de Comercio de Chaco; Rosario y Santa Fe celebraron la decisión del gobierno nacional. "Es una medida largamente esperada por el arco productivo, que pone en valor el transporte interno de mercaderías, mejora la logística y reduce costos, especialmente para las regiones más alejadas de los centros de consumo o exportación", indicaron las entidades. Y destacaron el trabajo de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación, encabezada por Iñaki Arreseygor. Desde las Bolsas reafirmaron su "compromiso" con una "logística moderna, competitiva y federal, al servicio del desarrollo económico del país",.
La Cámara de Puertos Privados también celebró la promulgación del DNU 340/2025 ya que “ayudará a revitalizar el sistema de transporte por agua argentino y favorecerá a las cargas al acceder a fletes competitivos con gran impacto en la reducción de los costos logísticos favoreciendo el desarrollo regional, el aumento de la producción y el comercio en beneficio de la economía de nuestro país".
Sin embargo, hace apenas una semana atrás la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT) organizó una marcha en Rosario y Santa Fe Capital con el objetivo de contarle a la población que con una desregulación de la marina mercante nacional “los buques argentinos que actualmente abastecen con combustibles, insumos de salud y alimentos pasarían a manos extranjeras, poniendo en peligro la soberanía y seguridad económica nacional”. También corren riesgo cientos de puestos de trabajo en el sector.
Mariano Vilar, secretario general Secretario General Sindicato Conductores Navales, expresó que la jornada de lucha se replicó en diferentes ciudades del país se pensó para defender “los puestos de trabajo sino la soberanía y la independencia económica que el gobierno nacional quiere entregar a los extranjeros”.
Al argumentar la política desreguladora del transporte fluvial y marítimo, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “la reforma normativa propuesta por la presente medida para adaptar el sector naval argentino a los estándares de competitividad global e integrarlo de manera más eficiente al comercio internacional resulta indispensable para sanear la situación de crisis actual en la que se encuentra la Marina Mercante Nacional”.
En este sentido, precisó que “la urgencia de la medida se ve acreditada, en tanto persisten regímenes que por excesivos o insuficientes obstruyen el tráfico marítimo comercial y derivan en un incremento de costos significativos en ese sector”, advirtiendo que existe un “contexto en el cual la Marina Mercante Nacional corre el riesgo cierto de desaparecer”.
Ante dicho panorama, consideró que “con la presente medida se evitará el agudizamiento de la crisis en el sector y se generará un beneficio inmediato para la economía nacional, para el sector armatorial, para el comercio exterior y para el nivel de los fletes”.
El “Régimen de excepción de la Marina Mercante Nacional” también declaró como “servicio esencial la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin”. De esta forma puso límites al derecho de huelga.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó que el decreto "rescata el espíritu constitucional” que establece que “la navegación de los ríos interiores de la Nación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente a los reglamentos que dicte la autoridad nacional”.
En ese marco, manifestó que “lo más importante es que se permitirá el tratamiento de matrícula nacional a buques extranjeros”, explicando que “una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local”.
Al respecto, precisó que “deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes en los términos del art. 143 de la Ley de Navegación (75% de la dotación), pero se regirán para ese contrato con las leyes de su país de origen”.
En el mismo sentido, puntualizó que se establece “un régimen por el cual los operadores locales también podrán operar con el sistema de cese de bandera que les permite realizar cabotaje bajo otra bandera de conveniencia y también contratar bajo las leyes del país de la nueva bandera”.
Por otro lado, recordó que “la dotación del barco necesitaba un acuerdo del sindicato”. Ahora, en cambio, "la dotación la elige el armador, que es quien opera la nave e invirtió en ella eliminando sobrecostos inútiles (esto sin perjuicio de la facultad de la autoridad pública competente (PNA) de establecer la dotación mínima de seguridad)”.
Además, especificó que “se amplía de 30 a 60 días el plazo por el que los buques de tráfico internacional puedan hacer tráfico de cabotaje permitiendo un mayor flujo de tránsito con buques extranjeros” y remarcó que “es insólito que ¡hoy las mercaderías de Tierra del Fuego, por ejemplo, viajan al continente en camión!”.
En otro aspecto, resaltó que en la desregulación también “se facilita la inscripción y baja de buques en la matrícula nacional y se eliminan restricciones para el funcionamiento de talleres para hacer reparaciones, eliminando sendos cotos de caza de los que sabemos abundan en el país”.
Hernán Letcher, magíster en economía política en Flacso y director Centro de Economía Política Argentina (Cepa), explicó que el decreto permite a buques de bandera extranjera operar bajo matrícula nacional y esto implica “la desaparición de lo que queda de la flota mercante argentina”.
Asimismo, explicó que con la derogación de la legislación laboral Argentina, el artículo 7 del anexo, se plantea que “si se demostrara la falta de disponibilidad de tripulantes idóneos argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país, se podrá habilitar el embarque de personal extranjero no residente”.
Letcher agrega que el artículo 9 plantea “los nuevos contratos de ajuste deberán celebrarse con expresa exclusión de los regímenes laborales vigentes bajo la matrícula nacional”. Así, “los 22.000 marinos mercantes argentinos pasan a estar bajo legislación extranjera: sin días de vacaciones, sin aguinaldo, sin legislación laboral argentina. Pasan a ser extranjeros en su propia tierra".
Por otra parte, el artículo 8 del anexo plantea que en el marco del cese provisorio de bandera el tripulante puede o pedir licencia sin goce de sueldo hasta que el buque vuelva a bandera nacional, negociar con el armador las condiciones por la finalización del contrato de ajuste o tener una indemnización equivalente a 10 días de salario básico.
También restringe el derecho a huelga. "Declara como servicio esencial a la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial, de pasajeros, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera. Para estos casos exige 75% de la prestación", indicó. ¿Qué significa esto? Letcher señaló que, así, un paro no tiene ningún efecto real ya que el 75% de las operaciones debe seguir funcionando, lo que deja completamente debilitados a los trabajadores en cualquier negociación laboral.
Por Facundo Borrego